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Caso Herbert Hart


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  503 Palabras (3 Páginas)  •  423 Visitas

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CASO

Pedro Pérez, nieto de Juan Pérez se entera que su abuelo elaboró un testamento en el cual él era el mayor beneficiario. Pedrito Pérez en el transcurso de su vida ejecuta unos malos negocios, cayendo en una profunda quiebra económica. Pedrito Pérez por solucionar sus problemas, recuerda el testamento elaborado por su abuelo; y elabora un plan criminal; que concluía con el asesinato de su abuelo. Pedrito Pérez efectivamente ejecuta el plan criminal, siendo descubierto por las autoridades competentes y por tanto, condenado y enviado a la cárcel.

Según Herbert Hart

Buenos Días a los aquí presentes. El día de hoy nos reunimos en el tribunal superior de Cúcuta, en la sala civil para dictar sentencia al caso asignado con el radicado #943513531686 de sucesión frente a los bienes de quien en vida se llamare Juan Pérez identificado con la Cc: 60462135 de Cúcuta.

El señor Juan Pérez en uso y razón de sus facultades mentales y de sus derechos como ciudadano de la republica de Colombia, cumpliendo con todos los requisitos que la ley señala redacto ante el notario 2do de Cúcuta el testamento que ya ha sido leído anteriormente, y donde se encuentra como mayor beneficiario al señor Pedrito Pérez identificado con Cc: 6841838340 de Cúcuta, quien actualmente se encuentra privado de la libertad.

El señor Pedrito Pérez fue encontrado culpable por el homicidio del señor Juan Pérez quien lo había dejado como principal beneficiario en su testamento.

Se logra esclarecer que luego de unos años y tras unos malos movimientos económicos el señor Pedrito Pérez cae en quiebra y por este motivo decide elaborar un plan criminal que terminaba con la muerte del señor Juan Pérez para así dar comienzo a la sucesión de los bienes de la persona anteriormente mencionada.

Según, el autor Herbert Hart respecto a la relación entre los sistemas jurídicos y la moral:

“Los sistemas jurídicos poseen contenidos morales mínimos que vienen determinados por los propósitos vitales que cabe considerar compartidos por todos los hombres que viven en sociedad y por la forma que debe asumir un sistema jurídico para ser de utilidad en sociedades de este tipo. El único propósito que cabe considerar compartido inequívocamente por todos seres humanos es el de sobrevivir junto a sus semejantes, esto permite afirmar que las normas que prohíben el uso de la violencia y aquellas que constituyen la forma mínima de propiedad pueden considerarse contenidos morales mínimos del derecho”.

Tomando como referencia lo dicho por Herber Hart y teniendo en cuenta el artículo 1025 citado a continuación:

ARTICULO 1025. <INDIGNIDAD SUCESORAL>. Son indignos

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