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Consejo Bancario


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  615 Palabras (3 Páginas)  •  267 Visitas

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El Consejo Bancario Nacional de Venezuela

Aspectos generales

Este Consejo fue fundado el 14 de marzo de 1940, por disposición de la Ley de Bancos del 24 de enero de ese mismo año.

La actual Ley de Bancos, en vigencia a partir del día 31 de julio de 2008, contiene las disposiciones que rigen su existencia y le establece funciones y obligaciones. Según esta Ley, el Consejo Bancario Nacional tiene su sede en Caracas y está integrado por un representante de cada uno de los bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras regidas por la Ley de Bancos o por leyes especiales, con la única excepción del Banco Central de Venezuela.

Conforme a esta Ley todas las instituciones financieras de capital privado, mixto o público, de capital nacional o extranjero, incluidas las Entidades de Ahorro y Préstamo son, obligatoriamente, miembros del Consejo Bancario Nacional y serán representados ante él, necesariamente, por sus presidentes y, en caso de ausencia, actuarán como suplentes los vicepresidentes de los bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras.

Marco legal

El Banco Central de Venezuela no está subordinado a las directrices del Poder Ejecutivo. Como objetivo fundamental de esta ley es darle las herramientas legales necesarias al Banco Central de Venezuela para lograr la estabilidad y preservar el valor de la moneda, además de colaborar en la integración de los bloques de países latinoamericanos y del Caribe. De esta manera, igualmente, queda claro el carácter especial de la Ley y al ser un instrumento dirigido a regir el funcionamiento de un ente único en el ordenamiento jurídico, sus disposiciones son de aplicación preferente a cualquier otra contenida en otras leyes independientemente del rango que estas tengan. La ley del Banco Central de Venezuela, contempla además en las materias operativas y funcionales entre los cuales destacan:

•Formular y ejecutar la política monetaria.

•Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.

•Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.

•Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.

•Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.

Del objeto del banco

Art.2 Corresponde al banco central de Venezuela crear y mantener condiciones monetarias, crediticias y cambiarias favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la economía, así como asegurar la continuidad de los pagos internacionales del país

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