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Consejo Comunal


Enviado por   •  13 de Enero de 2012  •  4.802 Palabras (20 Páginas)  •  478 Visitas

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¿Cuál es el mecanismo de reunión del Órgano Ejecutivo del Consejo? Hay que diferenciar claramente el Órgano Ejecutivo de la Asamblea y la Asamblea Local de Voceros, porque la confusión radica en que en las dos instancias, sus integrantes son los mismos vecinos de la comunidad.

La Asamblea Local de Voceros, es la primera instancia del Consejo Comunal y la conforman todos los Voceros vecinales (Uno de cada familia) de toda la comunidad.

El Órgano Ejecutivo de la Asamblea, es la segunda instancia del Consejo Comunal y la conforman el grupo de Voceros Titulares y Suplentes elegidos por la Asamblea Local de Voceros.

Se reúne con mucho más frecuencia que la Asamblea Local, por ejemplo: todos los lunes a las 4:00 p.m., y cualquier otro día cuando hay temas o problemas que lo amerite, porque es el responsable directo de la formulación de propuestas de inversión ante la Asamblea Local, así como de la ejecución, evaluación y control de las obras civiles, eventos, programas sociales y servicios públicos de la jurisdicción.

En cambio, la Asamblea Local de Voceros, se reúne esporádicamente cada vez que se necesita tomar decisiones muy importantes, elegir nuevos miembros, retirar algunos miembros de las instancias por incumplimiento de funciones, suscribir convenios nacionales o internacionales, discutir Planes de Inversión, evaluar proyectos concluidos, etc.

Lleva un Libro de Actas en el que se anota minuciosamente todos los temas que se discuten, los acuerdos que se toman, las decisiones administrativas, los convenios que se suscriben etc.

Durante la reunión debe respetarse el orden del programa establecido, por ejemplo:

•Conteo de quórum (Siempre la mitad más uno). En estas reuniones pueden estar presentes la Cooperativa de Ahorro y Crédito, los Contralores y los Miembros de la Mesa Técnica, pero si no son Voceros del Órgano Ejecutivo, no forman parte del quórum. Tienen derecho a voz pero no a voto.

•Lectura y aprobación del Acta anterior.

•Informes

•Pedidos

•Orden del Día

•Cierre

En consecuencia, todas las decisiones y acuerdos que adopte el Órgano Ejecutivo de la Asamblea, deberá ser por mayoría de sus miembros.

Se recomienda siempre tomar algunas fotografías de la reunión para publicarlas en la Cartelera o en el Boletín del Consejo; asimismo, es bueno grabar la totalidad del evento, para evitar excusas posteriores u omisiones en el Acta.

Cooperativa de Ahorro y Crédito o Unidad de Gestión Financiera

¿Para que sirve la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa de Ahorro y Crédito es la entidad que debe manejar todo el dinero que ingrese al Consejo Comunal, así como llevar un control minucioso de los gastos que realiza. Es la tercera instancia del Consejo Comunal.

También administra los ingresos de cualquier índole que ingresen al Consejo Comunal, incluyendo propiedades, terrenos, cesiones, donaciones, etc.

A través del Comité de Educación, promoverá la creación de las Cooperativas que se encargarán de dirigir los proyectos industriales, agrícolas, pesqueros, turísticos, etc. dando a los miembros de la comunidad, los talleres necesarios para ilustrarlos en materia de cooperativismo, desarrollo sustentable, desarrollo humano, desarrollo endógeno y producción social.

Deberá Impulsar el presupuesto participativo, jerarquizando las necesidades de la comuna, utilizando la nueva concepción del Cooperativismo Revolucionario.

¿Qué es el Cooperativismo Revolucionario? El Cooperativismo Revolucionario es un movimiento sociopolítico que constituye una vía para el desarrollo endógeno y de la autogestión de la nación para que los medios de producción, sean de propiedad colectiva y la economía social sea un mecanismo de expresión de la democracia protagónica y participativa. Promueve los intereses comunes, a través de organizaciones en las que todos y todas tienen los mismos derechos, sin privilegios ni jerarquías.

¿Qué otras funciones realiza la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa debe realizar las siguientes actividades:

a.Abrir una Cuenta Corriente en un Banco cercano a la comunidad

b.Abrir una Cuenta de Ahorros en el mismo Banco

c.Diseñar un Programa de otorgamiento de créditos a los miembros de la comunidad.

d.Realizar la intermediación financiera correspondiente.

e.Prestar asistencia social.

f.Llevar la contabilidad de todos los proyectos individualmente.

g.Llevar la contabilidad individual de la Cooperativa.

h.Depositar con exactitud los gravámenes de Ley: ahorro habitacional, INCE, Seguro Social, SENIAT, etc.

i.Actuar dentro de la comunidad como un minibanco, promoviendo el ahorro y las inversiones a corto plazo.

j.Administrar los todos los recursos que ingresen al Consejo Comunal y los del Fondo Nacional de los Consejos Comunales.

k.Se encargará de tramitar, apoyando al Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, los documentos para la obtención de recursos ante el FIDES, LAEE, Minpades, Fondafa, Inapesca, Banco Agrario, Banco Industrial, etc.

¿Quiénes conforman la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa de Ahorro y Crédito debe formarse con cinco miembros de la comunidad, que tengan conocimiento de contabilidad, finanzas y administración. Si no lo hubieren, el Órgano Ejecutivo de la Asamblea puede contratar los servicios de una Cooperativa de Ahorro y Préstamo o Cooperativa Financiera, para que realice ese trabajo, previa selección por calificación profesional.

¿Cómo funciona la Cooperativa de Ahorro y Crédito? Esta Cooperativa administra, controla y evalúa los proyectos que desarrolla el Consejo Comunal, a través de un sistema contable universal.

También lleva la Contabilidad General del Consejo Comunal y de la propia Cooperativa.

En consecuencia, debe tener una oficina con el equipo indispensable para ese trabajo. Detallamos lo que consideramos de utilidad inicial:

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