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Consejo Comunal

larry121713 de Enero de 2012

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¿Cuál es el mecanismo de reunión del Órgano Ejecutivo del Consejo? Hay que diferenciar claramente el Órgano Ejecutivo de la Asamblea y la Asamblea Local de Voceros, porque la confusión radica en que en las dos instancias, sus integrantes son los mismos vecinos de la comunidad.

La Asamblea Local de Voceros, es la primera instancia del Consejo Comunal y la conforman todos los Voceros vecinales (Uno de cada familia) de toda la comunidad.

El Órgano Ejecutivo de la Asamblea, es la segunda instancia del Consejo Comunal y la conforman el grupo de Voceros Titulares y Suplentes elegidos por la Asamblea Local de Voceros.

Se reúne con mucho más frecuencia que la Asamblea Local, por ejemplo: todos los lunes a las 4:00 p.m., y cualquier otro día cuando hay temas o problemas que lo amerite, porque es el responsable directo de la formulación de propuestas de inversión ante la Asamblea Local, así como de la ejecución, evaluación y control de las obras civiles, eventos, programas sociales y servicios públicos de la jurisdicción.

En cambio, la Asamblea Local de Voceros, se reúne esporádicamente cada vez que se necesita tomar decisiones muy importantes, elegir nuevos miembros, retirar algunos miembros de las instancias por incumplimiento de funciones, suscribir convenios nacionales o internacionales, discutir Planes de Inversión, evaluar proyectos concluidos, etc.

Lleva un Libro de Actas en el que se anota minuciosamente todos los temas que se discuten, los acuerdos que se toman, las decisiones administrativas, los convenios que se suscriben etc.

Durante la reunión debe respetarse el orden del programa establecido, por ejemplo:

•Conteo de quórum (Siempre la mitad más uno). En estas reuniones pueden estar presentes la Cooperativa de Ahorro y Crédito, los Contralores y los Miembros de la Mesa Técnica, pero si no son Voceros del Órgano Ejecutivo, no forman parte del quórum. Tienen derecho a voz pero no a voto.

•Lectura y aprobación del Acta anterior.

•Informes

•Pedidos

•Orden del Día

•Cierre

En consecuencia, todas las decisiones y acuerdos que adopte el Órgano Ejecutivo de la Asamblea, deberá ser por mayoría de sus miembros.

Se recomienda siempre tomar algunas fotografías de la reunión para publicarlas en la Cartelera o en el Boletín del Consejo; asimismo, es bueno grabar la totalidad del evento, para evitar excusas posteriores u omisiones en el Acta.

Cooperativa de Ahorro y Crédito o Unidad de Gestión Financiera

¿Para que sirve la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa de Ahorro y Crédito es la entidad que debe manejar todo el dinero que ingrese al Consejo Comunal, así como llevar un control minucioso de los gastos que realiza. Es la tercera instancia del Consejo Comunal.

También administra los ingresos de cualquier índole que ingresen al Consejo Comunal, incluyendo propiedades, terrenos, cesiones, donaciones, etc.

A través del Comité de Educación, promoverá la creación de las Cooperativas que se encargarán de dirigir los proyectos industriales, agrícolas, pesqueros, turísticos, etc. dando a los miembros de la comunidad, los talleres necesarios para ilustrarlos en materia de cooperativismo, desarrollo sustentable, desarrollo humano, desarrollo endógeno y producción social.

Deberá Impulsar el presupuesto participativo, jerarquizando las necesidades de la comuna, utilizando la nueva concepción del Cooperativismo Revolucionario.

¿Qué es el Cooperativismo Revolucionario? El Cooperativismo Revolucionario es un movimiento sociopolítico que constituye una vía para el desarrollo endógeno y de la autogestión de la nación para que los medios de producción, sean de propiedad colectiva y la economía social sea un mecanismo de expresión de la democracia protagónica y participativa. Promueve los intereses comunes, a través de organizaciones en las que todos y todas tienen los mismos derechos, sin privilegios ni jerarquías.

¿Qué otras funciones realiza la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa debe realizar las siguientes actividades:

a.Abrir una Cuenta Corriente en un Banco cercano a la comunidad

b.Abrir una Cuenta de Ahorros en el mismo Banco

c.Diseñar un Programa de otorgamiento de créditos a los miembros de la comunidad.

d.Realizar la intermediación financiera correspondiente.

e.Prestar asistencia social.

f.Llevar la contabilidad de todos los proyectos individualmente.

g.Llevar la contabilidad individual de la Cooperativa.

h.Depositar con exactitud los gravámenes de Ley: ahorro habitacional, INCE, Seguro Social, SENIAT, etc.

i.Actuar dentro de la comunidad como un minibanco, promoviendo el ahorro y las inversiones a corto plazo.

j.Administrar los todos los recursos que ingresen al Consejo Comunal y los del Fondo Nacional de los Consejos Comunales.

k.Se encargará de tramitar, apoyando al Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal, los documentos para la obtención de recursos ante el FIDES, LAEE, Minpades, Fondafa, Inapesca, Banco Agrario, Banco Industrial, etc.

¿Quiénes conforman la Cooperativa de Ahorro y Crédito? La Cooperativa de Ahorro y Crédito debe formarse con cinco miembros de la comunidad, que tengan conocimiento de contabilidad, finanzas y administración. Si no lo hubieren, el Órgano Ejecutivo de la Asamblea puede contratar los servicios de una Cooperativa de Ahorro y Préstamo o Cooperativa Financiera, para que realice ese trabajo, previa selección por calificación profesional.

¿Cómo funciona la Cooperativa de Ahorro y Crédito? Esta Cooperativa administra, controla y evalúa los proyectos que desarrolla el Consejo Comunal, a través de un sistema contable universal.

También lleva la Contabilidad General del Consejo Comunal y de la propia Cooperativa.

En consecuencia, debe tener una oficina con el equipo indispensable para ese trabajo. Detallamos lo que consideramos de utilidad inicial:

•Una computadora

•Software contable y administrativo, con inventario, nómina y balances.

•Dos escritorios

•Una caja fuerte portátil

•Libros sociales y libros contables debidamente legalizados

•Material de oficina

En lo referente al software, existen varias marcas conocidas como Saint, Cisnes, Galac, Valery, etc., algunos de los cuales son específicos: Contabilidad, Administración, Inventario, etc.

Hoy otros que vienen en combos administrativo-contable, administrativo-inventario, nómina-inventario, etc. Cada cooperativa tiene la opción de escoger el software que mejor se ajuste a sus necesidades.

¿Cómo se pagan los servicios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito? Los costos administrativos y contables de la Cooperativa, deben incluirse en el paquete presupuestario del proyecto a desarrollarse.

De esa manera, si el proyecto ha de tener una vida operativa de 11 meses, debe calcularse el costo de 11 meses de trabajo de la Cooperativa, más el valor de sus muebles y equipos básicos.

Órgano de Control o Unidad de Contraloría Social

¿Qué es un Órgano de Control? Es la cuarta instancia del Consejo Comunal, que le otorga al ciudadano la facultad de controlar la actividad de la gestión pública y los quehaceres de la comunidad.

El Artº 259 de la LOPPM señala que "los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a organizarse en contralorías sociales con el objeto del control del gobierno local".

¿Qué es el control social? Es un mecanismo a través del cual todo ciudadano, individual o colectivamente participa en la vigilancia y control de la gestión pública municipal, en la ejecución de programas, planes y proyectos, en la prestación de los servicios públicos municipales, así como en la conducta de los funcionarios públicos, para prevenir, racionalizar y promover correctivos. Dentro del Consejo Comunal la tarea es ardua y permanente, porque es el ente encargado de verificar que los proyectos se realicen tal cual se describen en la sistematización, metodología y mecanización de los mismos.

Cuáles son las funciones del órgano de control del Consejo Comunal? Las funciones de esta instancia son extensas y permanentes, aunque las principales son:

•Controlar que todas las actividades administrativas del Consejo Comunal sean legales y transparentes.

•Coordinar y aplicar la contraloría social en todos los ámbitos de la comunidad.

•Ejercer el control y vigilancia de la ejecución del Plan Único de Trabajo o Plan de Desarrollo Intergral de la comunidad.

•Ejercer el control y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y acompañamiento de todos los proyectos comunitarios.

¿Quién controla a los contralores? Los contralores debidamente organizados, no solo se limitan a actuar dentro de la geografía del Consejo Comunal, sino que pueden ejercer sus actividades sobre cualquier nivel o sector de la administración municipal y sobre particulares que cumplan funciones públicas, cuando la seguridad y el patrimonio de las comunidades está en riesgo.

Pero, para ello, deben estar inscritas en un registro sistematizado que, a tal efecto, llevará cada Alcaldía.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación nacional que regula la participación ciudadana, las organizaciones

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