Consigna: desarrolle los principios del derecho administrativo e identifíquelos en la legislación policial
jorgepereyraya29 de Abril de 2015
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Consigna: desarrolle los principios del derecho administrativo e identifíquelos en la legislación policial.
El derecho administrativo pertenece al derecho público, regulando la relación que se genera entre el estado con los particulares y administrados, es sobre la administración pública, y las normas. Por lo cual posee principios generales, los mismos son de carácter constitucional y de derecho supranacional, teniendo en cuenta la imperatividad y el control de convencionalidad.
Los principios son: de progresividad y el de razonabilidad, el principio del debido proceso, el principio de defensa, principio de legalidad, principio de informalismo, principio de imparcialidad, principio de la oficialidad (impulsión de oficio), principio de la verdad material, también el principio “pro actione”, principio de especificidad y principio de la buena fe.-
El principio de progresividad y el de razonabilidad, interactúan en forma constate en virtud que debe ser un proceso razonable y progresivo cuantitativamente y cualitativa. Se debe decir que la razonabilidad es el punto de partida del orden jurídico, de un estatus constitucional, como garantía de razonabilidad en los actos estatales y privados dictados en ejercicio de funciones públicas. El principio del debido proceso con un rango constitucional desprendido del artículo 18 de la Constitucional Nacional, es por supuesto aplicable en el procedimiento administrativo, ya que da pasos a cumplirse durante las etapas del mismo. Principio de defensa, que se desglosa del principio del debido proceso, por lo cual es un principio constitucional, el cual se aplica tanto para anular una sentencia que impide a una parte defenderse, como, para un proceso que le permite expresarse. El principio de legalidad es fundamental en el Estado de derecho, en razón que su postulado indica que nunca puede violar sus reglamentos, aplicándose la materia reglamentaria, es así que toda decisión individual debe ser conforme a la regla general ya preestablecida. El principio del informalismo en favor del administrador, es decir que es únicamente el administrado quien puede invocar para su elasticidad de las normas de procedimiento, y no la administración. Principio de Imparcialidad exige a las personas oficiales del proceso, cualquiera sea su cometido, es propia en la naturaleza de la investigación, esto hace a la esencia de la función, no da a lugar a la parcialidad. Principio de la oficialidad, impulsión de oficio del procedimiento administrativo, en relación a su iniciación correspondiente a la administración. Principio de la instrucción va en relación al principio de oficialidad, que además debe la administración cooperar por su responsabilidad en el proceso con la reunión de elementos de juicio (pruebas o averiguaciones). Principio de la verdad material, en el proceso administrativo el órgano que debe resolver está sujeto a este principio, consecuentemente debe ajustarse a los hechos, excluyendo de que ellos hayan sido alegados o probado por el particular o no, su decisión debe ser independiente a la voluntad de las partes. El principio “pro actione”, da mayor garantía y la interpretación favorable al ejerció del derecho de acción, vinculado a los recursos presentados. El principio de la buena fe indica la confianza sobre las medidas adaptadas en el proceso, que las mismas se cumplan en los tiempos determinados por la fe que se tiene entre el administrado y la administración. El principio de especificidad hace referencia que si se encuentra dentro de las normas se debe cumplir.
En nuestra legislación policial podemos observar la presencia de algunos de estos principio, esta demás decir que el principio del debido proceso, el principio de razonabilidad, el principio de legalidad y el principio de especificidad se encuentra sobre entendido y actúan en forma cíclica en nuestra
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