Contabilidad electrónica Juicio de Amparo Seguridad Jurídica Acto de autoridad
mijitorio1Apuntes17 de Mayo de 2017
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Índice
Resumen 2
Palabras clave 2
Abstrac 2
Key words 2
Introducción 3
Marco teórico 4
Método 7
Justificación 7
Objetivo 8
Resultados 8
Conclusiones 9
Referencias 11
Resumen
En el presente trabajo abordaremos el tema del amparo contra la contabilidad electrónica, un tema de interés que desde las modificaciones al Código Fiscal de la Federación en el año 2014, han causado controversia entre los contribuyentes y la autoridad fiscal, al considerar aquellos a la contabilidad electrónica como inconstitucional, vulnerando su derecho de seguridad jurídica, puesto que al entregar toda su información contable, estos se encuentran vulnerables de ser objeto de revisiones (secretas) por parte de la autoridad.
Por ende, analizaremos el fallo de nuestro máximo tribunal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para dar a conocer a los contribuyentes como es que deben entender dicho resolución y de las jurisprudencias que se han publicado respecto al tema.
Palabras clave
Contabilidad electrónica Juicio de Amparo Seguridad Jurídica Acto de autoridad
Abstrac
In this paper we will cover the issue of protection against electronic accounting, an issue of interest that since the amendments to the Fiscal Code of the Federation in 2014, have caused controversy between taxpayers and the tax authority, considering those to accounting Electronic as well as unconstitutional, violating their right to legal security, since when giving all their accounting information, they are vulnerable to being subject to (secret) reviews by the authority.
Therefore, we will analyze the ruling of our highest court, the Supreme Court of Justice of the Nation, to make known to taxpayers how they should understand this resolution and the jurisprudence that has been published regarding the subject.
Key words
Electronic Accounting amparo proceedings Legal security Act of authority
Introducción
Esta investigación está enfocada a todos los contribuyentes, con el fin de dar a conocer parte de sus derechos, como lo es el acceso a la justicia, mediante los diferentes medios de defensa establecidos en nuestras leyes, en específico, y en nuestro caso de estudio, el Juicio de Derechos Fundamentales o el Juicio de Amparo, consagrado en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual es procedente contra leyes o contra actos de autoridad que vulneren esos derechos, mediante la simple publicación o modificación de leyes o cualquier acto emitido u omitido de forma unilateral e imperativa, creando, modificando o extinguiendo derechos u obligaciones, que afecten la esfera jurídica del gobernado.
Es así, que en el presente trabajo de investigación, analizamos las modificaciones del Código Fiscal de la Federación, con las cuales trajeron el surgimiento de una nueva forma de llevar la contabilidad de todos los contribuyentes, es decir, la contabilidad electrónica, dichas modificaciones, causaron en los contribuyentes diversas molestias, puesto que se considera que estos actos emitidos por la autoridad, vulneran su derecho a la seguridad jurídica, y el efecto, la falta de certeza que pueden generar las nuevas disposiciones fiscales, al poner en manos de la autoridad fiscal nuestra contabilidad, pudiendo ser sujetos de revisiones ilegales.
Por ende, trataremos de resolver las dudas y controversias que tengan los contribuyentes respecto al tema, analizando los criterios por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar la inconstitucionalidad o constitucionalidad de la contabilidad electrónica; además, es de nuestro interés acercar a los contribuyentes a enterarse de lo que es el Juicio de Amparo, y lo beneficioso que puede resultar para ellos.
Marco teórico
El artículo 28 del Código Fiscal de la Federación con relación a los artículos 33 y 34 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, establecen como estará integrada la contabilidad, además, fundan el hecho de que los contribuyen deberán enviar su información contable a través de la página de internet del SAT, dando origen a la contabilidad electrónica.
Ahora bien, para continuar con nuestro estudio, nos daremos a la tarea de conceptualizar algunos preceptos que son de suma importancia, para la comprensión del tema, primeramente, definiremos que es la contabilidad electrónica, y que “se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT” (Servicio de Administración Tributaria).
Por otro lado, la seguridad jurídica, es un principio universal del Derecho, el cual brinda al gobernado, en este caso a los contribuyentes, certeza, como lo define el Jurista Ignacio Burgoa “es el conjunto general de condiciones, requisitos, elementos o circunstancias previas a que debe sujetarse una cierta actividad estatal autoritaria para generar una afectación validad de diferente índole en la esfera del gobernado, integrada por el summum de sus derechos subjetivos” (Burgoa Orihuela, 1972).
También, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció respecto a la seguridad jurídica, considerándola como “la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, familia, posesiones o sus derechos serán respetados por la autoridad, pero si ésta debe producir una afectación en ellos, deberá ajustarse a los procedimientos previamente establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes secundarias” (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2003).
El amparo es una institución procesal, es decir, un juicio o proceso que tiene por objeto proteger los “derechos humanos” y “fundamentales” de las “personas”, contra actos de autoridad. Esta institución procesal se singulariza por ser un “medio de control constitucional y legal por órgano jurisdiccional” a petición de los propios particulares o gobernados. (R. Padilla, 2014).
Chávez Castillo, en 2011, definió el amparo como un juicio constitucional que se inicia por la acción que ejercita cualquier persona ante los tribunales de la Federación en contra de una norma general o acto de autoridad, en las hipótesis previstas en el artículos 103 constitucional, que considere violatorio de derechos fundamentales a que se refiere tal numeral. Tiene por objeto la declaración de inconstitucionalidad de dicho acto o norma general. (Chávez Castillo, 2011).
El juicio de amparo en materia tributaria es procedente cuando se vulneren derechos fundamentales de los contribuyentes, capacidad contributiva, igualdad tributaria, reserva de ley y destino al gasto público, (Díaz Madrigal, 2010).
Otros conceptos importantes que debemos abordar, toda vez que el Juicio de Amparo procede contra actos u omisiones por parte de la autoridad, entonces primeramente definiremos quien es la “autoridad” en el Juicio de Amparo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante tesis la define de la siguiente manera: “El término 'autoridades' para los efectos del amparo, comprende a todas aquellas personas que disponen de la fuerza pública en virtud de circunstancias, ya legales, ya de hecho, y que, por lo mismo, estén en posibilidad material de obrar como individuos que ejerzan actos públicos, por el hecho de ser pública la fuerza de que disponen." (Tesis Jurisprudencial, 1997).
Por otro lado, Sánchez Mendoza, concluye que: son “aquellos sujetos que detentan el poder de mando y hacerse obedecer sobre otros, cuando los segundos les dan su voto de confianza para representarlos y les otorgan jerarquía superior, entonces se está frente a una autoridad” (Sánchez Mendoza, 2014)
Entonces, ahora que sabemos quién es la autoridad en el Juicio de Amparo, establecemos que por acto de autoridad debe entenderse una acción u omisión realizada por el Estado a través de un servidor público; acción que debe ser por escrito o vía electrónica cuando expresamente lo autorice la ley, debe estar hecha por funcionario facultado para ello, debe estar debidamente fundamentado, motivado y razonado, debe contar con la firma autógrafa o electrónica debidamente legalizada del funcionario competente, de no contar con alguno o varios de esos elementos que lo integran es un acto de autoridad, viciado, por tanto ilegal, inconstitucional e inconvencional.
En agosto del año 2014, se presentaron diversos amparos en contra de las nuevas dispociciones del Codigo Fiscal de la Federación, en donde se demanda como autoridades responsables a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y al Jefe del Servicio de Administración Tributaria, para el caso concreto de nuestro estudio nos enfocaremos al Jefe del Servicio de Administración Tributaria, de quien el quejoso alegó, entre otros, el siguiente acto de autoridad:
3.4. Finalmente, del referido Jefe del SAT (sic) se impugna como parte del nuevo sistema de registro y control de cumplimiento de obligaciones fiscales, la expedición del Anexo 24 de la Segunda RMF 2014, publicada
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