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Contitucion De Partido Politico


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  2.762 Palabras (12 Páginas)  •  354 Visitas

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TEORIA POLITICA Y PROCESOS ELECTORALES

 MARCO JURÍDICO

 REQUISITOS PARA CONSTITUIR UN PARTIDO POLITICO NACIONAL

 PROGRAMA DE ACCION

 ESTATUTOS

 PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCION DE UN PARTIDO POLITICO NACIONAL

 SOLICITUD Y PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE PARTIDO POLITICO NACIONAL

 PERDIDA DE REGISTRO COMO PARTIDO POLITICO

 PRERROGATIVAS

 FINANCIAMIENTO

Lic. Ernestina Quiñones

5to. Semestre, Grupo “B”

Universidad Autónoma de Zacatecas

Campus Jalpa

10/Noviembre/2012

Gabriela Rodríguez Durán

Elizabeth Benites García

Ricardo Quezada Robles

Miguel Asáf Pedroza Salas

MARCO JURÍDICO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Los partidos políticos están regulados en la constitución no fue sino hasta 1977 con López Portillo cuando se le dio mayor referencia a los partidos denominándolo partido político nacional: LOS PARTIDOS POLITICOS SON ENTIDADES DE INTERES PUBLICO; LA LEY DETERMINARA LAS NORMAS Y REQUISITOS PARA SU REGISTRO LEGAL Y LAS FORMAS ESPECIFICAS DE SU INTERVENCION EN EL PROCESO ELECTORAL. LOS PARTIDOS POLITICOS NACIONALES TENDRAN DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES ESTATALES, MUNICIPALES Y DEL DISTRITO FEDERAL.

REQUISITOS PARA CONSTITUIR UN PARTIDO POLÍTICO NACIONAL

Dichos requisitos los regula el COFIPE en los artículos del 24 al 26 que dicen lo siguiente: Artículo 22

1. Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político para participar en las elecciones federales deberán obtener su registro ante el Instituto Federal Electoral.

2. Quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa a ellos.

3. La denominación de "partido político nacional" se reserva, para todos los efectos de este Código, a las organizaciones políticas que obtengan y conserven su registro como tal.

4. Los partidos políticos nacionales tienen personalidad jurídica, gozan de los derechos y las prerrogativas y quedan sujetos a las obligaciones que establecen la Constitución y este Código.

5. Los partidos políticos se regirán internamente por sus documentos básicos, tendrán la libertad de organizarse y determinarse de conformidad con las normas establecidas en el presente Código y las que, conforme al mismo, establezcan sus estatutos.

6. En los requisitos de elegibilidad que regulen los estatutos de los partidos sólo podrán establecer exigencias de edad, nacionalidad, residencia, capacidad civil y sentencia ejecutoriada en materia penal. (Invalido este párrafo, por sentencia de la suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada el 3 de Octubre de 2008)

Artículo 23

1. Los partidos políticos, para el logro de los fines establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ajustarán su conducta a las disposiciones establecidas en el presente Código.

2. El Instituto Federal Electoral vigilará que las actividades de los partidos políticos se desarrollen con apego a la ley.

Titulo segundo

De la constitución, registro, derechos y obligaciones

Artículo 24

1. Para que una organización de ciudadanos pueda ser registrada como partido político nacional, deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Formular una declaración de principios y, en congruencia con ellos, su programa de acción y los estatutos que normen sus actividades; y

b) Contar con tres mil afiliados en por lo menos veinte entidades federativas, o bien tener trescientos afiliados, en por lo menos doscientos distritos electorales uninominales, los cuales deberán contar con credencial para votar con fotografía correspondiente a dicha entidad o distrito, según sea el caso; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.

Artículo 25

1. La declaración de principios invariablemente contendrá, por lo menos:

a) la obligación de observar la Constitución y de respetar las leyes e instituciones que de ella emanen;

b) Los principios ideológicos de carácter político, económico y social que postule;

c) la obligación de no aceptar pacto o acuerdo que lo sujete o subordine a cualquier organización internacional o lo haga depender de entidades o partidos políticos extranjeros; así como no solicitar o, en su caso, rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de los cultos de cualquier religión, así como de las asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias y de cualquiera de las personas a las que este Código prohíbe financiar a los partidos políticos;

d) la obligación de conducir sus actividades por medios pacíficos y por la vía democrática; y

e) la obligación de promover la participación política en igualdad de oportunidades y equidad entre mujeres y hombres.

PROGRAMA DE ACCIÓN

Artículo 26

1. El programa de acción determinará las medidas para:

a) Realizar los postulados y alcanzar los objetivos enunciados en su declaración de principios;

b) Proponer políticas a fin de resolver los problemas nacionales;

c) Formar ideológica y políticamente a sus afiliados infundiendo en

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