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Partido Politico

petteru216 de Septiembre de 2012

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CAPÍTULO PRIMERO

DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, DOMICILIO, LEMA, EMBLEMA Y

DISTINTIVO ELECTORAL

ARTÍCULO 1o. El Partido _______________es una asociación de ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos cívicos constitucionales, constituida en partido político nacional, con el fin de intervenir orgánicamente en todos los aspectos de la vida pública, socual y económica de México, promover el acceso al ejercicio democrático del poder y luchar para:

I. El reconocimiento de los derechos fundamentales del las Personas y las garantías para hacerlos valer tanto nacionales como internacionales.

II. El progreso social y económico del Estado procurando por el bienestar de las personas.

III. El reconocimiento de la preeminencia del interés nacional sobre los intereses parciales y la

ordenación y jerarquización de éstos en el interés de la Nación, y

IV. La instauración de la democracia como forma de gobierno y como sistema de convivencia y solidaridad.

ARTÍCULO 2o. Son objeto del Partido __________:

I. La consolidación y el fortalecimiento de la cultura democrática de todos los mexicanos;

II. La difusión de principios, programas y plataformas para una conciencia de solidaridad social.

III. La actividad cívico-política organizada y permanente para todos los sectores;

IV. La formación educativa social, política y jurídica de sus miembros;

V. Consolidar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres;

VI. La realización de toda clase de estudios sobre cuestiones políticas, económicas, sociales y jurídicas así como la formulación de programas, ponencias, proposiciones e iniciativas de ley necesarios para el progreso general.

VII. Fomentar y asegurar el acceso a la participación en elecciones federales, estatales y municipales de forma limpia y apegados a los principios constitucionales.

VIII. La asesoría y capacitación permanente de los funcionarios públicos postulados o propuestos por el Partido y la vinculación respetuosa y democrática con los gobiernos emanados del mismo;

IX. El establecimiento, sostenimiento, apoyo y desarrollo de cuantos organismos, institutos, publicaciones y servicios sociales sean necesarios o convenientes para la realización de los fines del Partido;

X. El desarrollo de relaciones, amplias, pacíficas y constructivas, con partidos y organizaciones nacionales e internacionales, y

XI. La adquisición, enajenación o gravamen, por cualquier título, de los bienes muebles e inmuebles que se requieran y, en general, la celebración y realización de todos los actos, contratos, gestiones y promociones necesarios o conducentes para el cumplimiento de los fines

del Partido.

ARTÍCULO 3o. Para la prosecución de los objetivos que menciona el artículo precedente, el partido podrá aceptar el apoyo a su ideario, sus programas, plataformas o candidatos, de

agrupaciones mexicanas cuyas finalidades sean compatibles con las del Partido.

ARTÍCULO 4o. La duración de _______ será por tiempo indeterminado.

ARTÍCULO 5o. El domicilio del partido ________ es la Ciudad de Querétaro. Sus órganos estatales, municipales y delegacionales tendrán su domicilio en el lugar de su residencia.

ARTÍCULO 6o. El lema de Acción Nacional es: “UNIDOS POR UNA RUTA HACIA EL PROGRESO”

ARTÍCULO 7o. El emblema de Acción Nacional es un rectángulo marco negro, en proporción

de 1 x 3.5, que enmarca una franja rectangular colocada horizontalmente en la parte media y

dividida en tres campos de colores verde, blanco y rojo, respectivamente, y en letras mayúsculas

de color azul las palabras ACCION en el extremo superior izquierdo y NACIONAL en el extremo

inferior derecho.

El distintivo electoral de Acción Nacional es un círculo de color azul vivo, circunscribiendo las

letras mayúsculas P A N del mismo color azul sobre fondo blanco, enmarcado en un cuadro de

esquinas redondeadas, también de color azul.

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LOS MIEMBROS DEL PARTIDO

ARTÍCULO 8o. Son miembros activos del Partido los ciudadanos que habiendo solicitado su ingreso por escrito sean aceptados con tal carácter.

Para ser miembro activo se requiere cumplir con los siguientes requisitos:

a. Suscribir la aceptación de los principios y Estatutos de Acción Nacional;

b. Tener modo honesto de vivir;

c. Adquirir el compromiso de participar en forma permanente y disciplinada en la realización de

los objetivos del Partido;

d. Ser miembro adherente por un plazo de 6 meses. En los casos de quienes hayan sido

dirigentes o candidatos de otros partidos políticos, el plazo a cumplir como adherentes deberá

ser de por lo menos 24meses, y

e. Acreditar su inscripción en el Registro Federal de Electores o su equivalente.

ARTÍCULO 9o. Son adherentes del Partido los mexicanos que hayan solicitado personal, libre e individualmente su adhesión en los términos del reglamento correspondiente y que se comprometan a contribuir a la realización de los objetivos del Partido, mediante aportaciones

intelectuales o con su apoyo de opinión, de voto o de propaganda.

ARTÍCULO 10. Los miembros activos tienen los siguientes derechos y obligaciones, en los

términos de estos Estatutos y los reglamentos correspondientes.

I. Derechos:

a. Intervenir en las decisiones del Partido por sí o por delegados;

b. Participar en el gobierno del Partido desempeñando cargos en sus órganos directivos, que no podrán ser más de tres por elección en un mismo momento;

c. Ser propuestos como precandidatos y, en su caso, candidatos de Acción Nacional a cargos de elección popular;

d. Recibir la información, formación y capacitación necesaria para el cumplimiento de sus

deberes como militantes, y

e. Los demás que establezcan estos Estatutos y los Reglamentos.

II. Obligaciones:

a. Cumplir estos Estatutos, los reglamentos y las disposiciones dictadas por los órganos

competentes del Partido;

b. Participar en forma permanente y disciplinada en la realización de los objetivos del Partido, y

c. Contribuir a los gastos del Partido de acuerdo a sus posibilidades, mediante el pago de las

cuotas ordinarias y aportaciones extraordinarias que establezcan los órganos competentes.

Estarán exceptuados del cumplimiento de esta obligación los miembros activos residentes fuera del territorio nacional.

La vigencia de los derechos estará vinculada al cumplimiento de las obligaciones de acuerdo a

los reglamentos correspondientes.

ARTÍCULO 11. Los miembros del Partido formarán parte de la organización básica, que

funcionará de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos y los reglamentos correspondientes.

Los miembros integrados en la organización básica también podrán organizarse en grupos

homogéneos por razón de oficio, profesión, actividad, edad u otra similar, de acuerdo con los

reglamentos correspondientes.

ARTÍCULO 12. El Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Directivos Estatales o Municipales,

en su caso, acordarán la admisión y separación de los miembros activos conforme a las reglas

siguientes:

a. La solicitud de admisión deberá ser presentada individualmente por escrito y apoyada por un

miembro activo, quien en caso de negativa podrá recurrir al órgano directivo superior;

b. La separación podrá efectuarse por renuncia presentada individualmente ante el Comité

Ejecutivo Nacional o ante los Comités Directivos Estatales o Municipales a cuya jurisdicción

pertenezca el renunciante.

ARTÍCULO 13. En los casos de indisciplina, incumplimiento de sus cargos o infracción de estos

Estatutos y de los reglamentos, los miembros activos del Partido podrán ser sancionados con

amonestación, privación del cargo o comisión del Partido que desempeñen, cancelación de la

precandidatura o candidatura, suspensión en sus derechos, inhabilitación o exclusión del Partido, conforme a las siguientes disposiciones:

I. La amonestación procederá cuando se trate de infracciones leves y no reiteradas a la

disciplina;

II. La privación de cargo o comisión partidistas se acordará en los casos de incumplimiento de

las tareas propias del cargo o comisión;

III. La cancelación de la precandidatura o candidatura será acordada en caso de indisciplina o

infracciones a las normas del Partido;

IV. La suspensión de derechos será acordada por indisciplina, abandono continuo o lenidad en el cumplimiento de las obligaciones cívico-políticas, o las de miembro activo del Partido. La

suspensión de derechos implica la separación de las actividades del Partido;

V. La inhabilitación para ser dirigente o candidato será declarada en los casos de deslealtad al

Partido o incumplimiento de las funciones como dirigente o funcionario público, y

VI. La exclusión procederá cuando las causas señaladas en las dos fracciones anteriores sean

graves o reiteradas, así como por ataques de hecho o de palabra a los principios y programas

del Partido, fuera de sus reuniones oficiales, por acciones o declaraciones

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