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Contrabando De Extracción De Alimentos


Enviado por   •  8 de Marzo de 2012  •  1.118 Palabras (5 Páginas)  •  1.076 Visitas

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El Contrabando

Desde el punto de vista aduanero, el contrabando es la más antijurídica de las conductas y la que acarrea mayor pena. Sus consecuencias superan grandemente al incumplimiento de los deberes formales y a la defraudación, lo cual es lógico, por la razón que veremos de inmediato.

Todo sistema aduanero está dirigido a proteger un territorio de la entrada y salida de bienes cuyo tráfico internacional resulte pernicioso o inoportuno para sus intereses económicos, morales, sociales, de seguridad civil o militar, entre otras. Para ello, exige como premisa fundamental que la introducción y extracción de mercancías se realice, única y exclusivamente, por determinados lugares legalmente habilitados para tales fines: las aduanas. Con tal objeto, las leyes aduaneras imponen como obligación fundamental que los vehículos que transporten carga lleguen y partan de esos lugares especiales; de no existir tal previsión, los controles no podrían ejercerse y el territorio quedaría desprotegido, abierto a todo género de entrada y salida de mercaderías y expuesto a múltiples vicisitudes y peligros.

Con el aumento del comercio internacional los estados nacionales desarrollaron controles aduaneros que fueron incorporados a sus legislaciones, las cuales se han ido depurando a través de los siglos, adecuándose a las mutaciones delictivas, por cuanto los delitos no desaparecen, sólo se transforman y adecuan al pasar de los tiempos. Hoy por hoy se estima, tras una larga elaboración legislativa y doctrinaria, que constituyen contrabando las acciones u omisiones dirigidas a eludir o la elusión de las oficinas aduaneras en la introducción o extracción de mercancías del territorio aduanero. De esta definición genérica se pueden extraer las siguientes premisas:

a) El contrabando es un delito formal, es decir, no requiere el éxito de la empresa para que se verifique. Cosa contraria, por ejemplo: sucede con el homicidio; si la acción del delincuente no produce la muerte de la víctima el delito no existe, si bien puede ser llamado homicidio frustrado o tentativa de homicidio, según que el agente haya realizado todas los actos propios y característicos del delito sin obtener el resultado deseado por causas ajenas a su voluntad (frustración) o bien haya dado comienzo a la ejecución del delito, pero éste se interrumpe por causas ajenas a la voluntad del agente (tentativa). La formalidad del contrabando se la confiere la redacción del dispositivo legal que lo define cuando utiliza el vocablo «intente», con lo cual hace que la tentativa sea suficiente para la perpetración del delito;

b) El contrabando es un delito continuado, pues a decir de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (Sala de Casación Penal, Sentencia N°. 265 del 31/05/2005):

El delito es continuado cuando se producen diversos hechos que violan la misma disposición legal y a los efectos del cálculo de la pena se considera como un delito único que produce un aumento de ésta. Para que dicha modalidad se configure se requiere: que exista una pluralidad de hechos, que cada uno viole la misma disposición legal y que tales violaciones se hayan realizado con actos ejecutivos de la misma resolución.

Quien, por ejemplo: introduce mercancías eludiendo las aduanas comete delito, pero continúa cometiéndolo durante todo el tiempo que tenga consigo las mercancías;

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