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¿Cómo se gestó la nueva Constitución de 1991?

Julio CanchalaInforme12 de Marzo de 2017

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TALLER UNIDAD 2

Formación Ciudadana

Universidad de Antioquia

Julio Fernando Canchala Hernandez

1. ¿Cómo se gestó la nueva Constitución de 1991?

Como resultado del movimiento estudiantil de estudiantes tanto de universidades públicas como de privadas, la SEPTIMA PAPELETA, en vista de las injusticias presentadas en el país debido al enfrentamiento de guerrillas, estado y narcotráfico y del asesinato sistemático de representantes sociales y líderes políticos.

El primer paso se dio el 22 de julio de 1990, cuando Cesar Gaviria envía una carta a los líderes de las distintas fuerzas políticas

El 27 de mayo de 1990 la votación a favor de convocatoria a una Asamblea Constitucional, con una votación de 89% por si, fue contundente.

El 9 de diciembre se llevaron a cabo las elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente.

El primer debate en sesión plenaria se extendió desde los primeros días de mayo hasta el 22 de Junio; hacia el 28 de junio comenzó el segundo debate.

El 4 de julio se llevó a cabo la última sesión de la Asamblea y se aprobó la Constitución de 1991, proclamación echa por Horacio Cerpa, Álvaro Gómez y Antonio Navarro, elegidos como presidentes por votaciones mayoritarias en la asamblea.

Al final la Constituyente aprobó un texto de 380 árticos más un preámbulo.

2. Relacionando lo visto en clase y el video de Jaime Garzón, y contesta:

     A) Que virtudes le encuentras a la Constitución de 1991

     B) ¿Que problemas continúan después de su expedición?

A)

  • Esta constitución tiene la virtud de haber sido expedida bajo un consenso, donde se recogieron todos los criterios y conceptos de los sectores más importantes que conforman nuestra nación, para hacer un estatuto que les sirviera a todos y cada uno de los colombianos.

  • La carta de derechos y la tutela son importantes elementos que se hacen presentes en esta constitución, los cuales salvan miles de vidas cada año, dándole al pueblo la posibilidad de hablar permitiéndole hasta al más humilde de los colombianos presentar una tutela.

  • Colombia paso de tener una constitución basada en la defensa del orden jurídico a una constitución basada en el respeto a los derechos de los ciudadanos.

B)

  • Actualmente el país se encuentra polarizado políticamente, la época de la constitución fue solamente un momento pasajero de conceso y trabajo conjunto.
  • Se encuentran afectados el equilibrio de los poderes, este es el caso de las reelecciones inmediatas.
  • Aunque no es nueva la corrupción presente en las instancias políticas es un flagelo para los colombianos que año tras año se fortalece.

3. Explica, ¿cómo entendiste los controles constitucionales vistos en clase y de qué manera consideras como ciudadano, que puedes contribuir a su aplicación?

El control de constitucionalidad tiene como finalidad fundamental preservar la supremacía constitucional por encima de cualquier interés particular.

En el caso de Colombia se le califica como control difuso funcional, pues lo ejercen jueces de diferentes índoles, además de ser de índole democrático. Además de esto en Colombia este control tiene diferentes clasificaciones:

  • Control por vía de acción:
  • Acción pública de inconstitucionalidad: Legítima cualquier ciudadano para demandar ante la corte constitucional una ley, un decreto de ley o los actos reformativos de la constitución, así como también referendos, consultas populares y plebiscitos.
  • Acción pública de nulidad: Es el derecho que tiene todo ciudadano para solicitar mediante demanda ante el consejo de estado la anulación de un acto administrativo que se encuentre en contra de la ley.
  • Tutela: Toda persona tendrá acción para reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales como el derecho a la vida, libertad e intimidad entre otros.
  • Control por vía de excepción: En conformidad con el artículo 4º de la constitución política cuando se presentan incompatibilidad entre la constitución y una ley u otro norma jurídica, deberán aplicarse las disposiciones constitucionales

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