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DERECHO AMBIENTAL


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  2.433 Palabras (10 Páginas)  •  186 Visitas

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CUALES SON LOS PRINCIPIOS DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL?

Los principios del derecho ambiental se pueden definir como las directrices axiológicas o técnicas, que construyen, dan contenido y facilitan la aplicación de las normas ambientales. En este sentido, La Ley Orgánica del Ambiente Venezolana ha incorporado en su Artículo 4 una serie de principios para la gestión del ambiente, las cuales son:

La gestión del ambiente comprende:

1. Corresponsabilidad: Deber del Estado; la sociedad y las personas de conservar un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.

2. Prevención: Medida que prevalecerá sobre cualquier otro criterio en la gestión del ambiente.

3. Precaución: La falta de certeza científica no podrá alegarse como razón suficiente para no adoptar medidas preventivas y eficaces en las actividades que pudiesen impactar negativamente el ambiente.

4. Participación ciudadana: Es un deber y un derecho de todos los ciudadanos la participación activa y protagónica en la gestión del ambiente.

5. Tutela efectiva: Toda persona tiene derecho a exigir acciones rápidas y efectivas ante la administración y los tribunales de justicia, en defensa de los derechos ambientales.

6. Educación ambiental: La conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado debe ser un valor ciudadano, incorporado en la educación formal y no formal.

7. Limitación a los derechos individuales: los derechos ambientales prevalecen sobre los derechos económicos y sociales, limitándolos en los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes especiales.

8. Responsabilidad en los daños ambientales: La responsabilidad del daño ambiental es objetiva y su reparación será por cuenta del responsable de la actividad o del infractor.

9. Evaluación de impacto ambiental: Todas las actividades capaces de degradar el ambiente deben ser evaluadas previamente a través de un estudio de impacto ambiental y socio cultural.

10. Daños ambientales: Los daños ocasionados al ambiente se consideran daños al patrimonio público.

En conclusión, la legislación ambiental es muy importante para regular la acción del ser humano y sentar los principios fundamentales en cuanto al ambiente y sus recursos naturales.

Por lo tanto, Es muy importante que el ser humano conozca, respete, cumpla y haga cumplir las normas o leyes ambientales por el bien de todos.

Principio de subsidiariedad

El Estado Nacional, a través de las distintas

instancias de la administración pública,

tiene la obligación de colaborar y, de ser

necesario, participar en forma complementaria

en el accionar de los particulares en la

preservación y protección ambientales

Principio de subsidiariedad

Obligación de colaborar

En caso de ser necesario, participar en

forma complementaria

Debe ayudar, pero no absorber, ni asumir

labores propias de los particulares

Principio de sustentabilidad

El aprovechamiento sustentable de los

recursos naturales y la preservación del

patrimonio natural y cultural son

condicionantes necesarios del desarrollo

económico y social. La gestión sustentable

del ambiente deberá garantizar la utilización

de los recursos naturales para las

generaciones presentes y futuras

Principio de solidaridad

La Nación y los Estados Provinciales

serán responsables de la prevención y

la mitigación de los efectos ambientales

transfronterizos adversos de su propio

accionar, así como de la minimización

de los riesgos ambientales sobre los

sistemas ecológicos compartidos

“A fin de alcanzar el desarrollo sustentable,

la protección del medio ambiente deberá

constituir parte integrante del proceso de

desarrollo y no podrá considerarse en forma

aislada”

“Para alcanzar el desarrollo sostenible y una

mejor calidad de vida, los Estados deberían

reducir y eliminar los sistemas de producción

y consumo insostenibles”

Principios de la política ambiental

Artículo 4: La interpretación y aplicación de la presente ley, y de toda otra norma a través de la cual se ejecute la política ambiental estarán sujetas al cumplimiento de los siguientes principios:

Principio de congruencia: la legislación provincial, municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley; en caso de que así no fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.

Principio de prevención: las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se puedan producir

Principio precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.

Principio de equidad intergeneracional: los responsables de la protección ambiental deberán velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras.

Principio de progresividad: los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos. Principio de responsabilidad: el generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan

Principio de subsidiariedad: El Estado Nacional, a través de las distintas instancia de la administración pública, tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en forma complementaria en el accionar de los particulares en la preservación y protección ambientales

Principio de sustentabilidad: el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la preservación del patrimonio natural y cultural son condicionantes necesarios del desarrollo económico y social. La gestión sustentable del ambiente deberá garantizar la utilización de los recursos naturales para las generaciones presentes y

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