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DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS HOMOSEXUALES EN MÉXICO


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  2.181 Palabras (9 Páginas)  •  132 Visitas

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES (CUCSH)

División de estudios jurídicos

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 “DERECHOS  FUNDAMENTALES DE LOS HOMOSEXUALES EN MÉXICO”

Nombre del alumno: Sandoval Pérez José Héctor

Doctora: Gutiérrez Gutiérrez Beatriz Eugenia.

Grupo y Turno: 3ºA T/MATUTINO

                                                          Guadalajara, Jalisco; a 18 de octubre de 2014

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS HOMOSEXUALES EN MÉXICO

Hoy en día la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es pionera en la protección a los Derechos Humanos. México forma parte varios tratados internacionales en protección a los derechos fundamentales del ser humano, tales como la igualdad y no discriminación. Sin embargo, la realidad es otra. Es importante tener en mente, entre otras, las siguientes preguntas desde el punto de vista jurídico (como abogado), que desde luego participarás dando tu opinión:

PREGUNTAS

  1. ¿Consideras que el Estado Mexicano discrimina a los homosexuales?

Si, La discriminación a los homosexuales no se ha eliminado, pese a los esfuerzos de los legisladores por cambiar esto, como bien sabemos el artículo primero constitucional como algunos tratados internacionales y por supuesto el protocolo de actuación que dio a conocer la suprema corte de justicia de la nación, solo se ha quedado ahí, en el papel, sin embargo podemos observar que la discriminación por la orientación sexual se practica a diario en nuestro país, es común escuchar frecuentemente la posición de  la iglesia con respecto a este tema; obispos, cardenales y demás personas de la iglesia que critican y humillan a estas personas, y la pregunta sería: ¿Dónde está el estado mexicano defendiendo esta posición?, desde mi humilde punto de vista eso es discriminación por parte del estado mexicano.

La falta de políticas del Estado que garanticen el respeto de los derechos de los homosexuales, también son discriminatorios al ser omisos en las denuncias.

Clemente García Moreno, director general de Agenda LGBT, A.C. concuerda con nuestra opinión pues dice:

 “El Estado mexicano no tiene un programa de acción para atender a la población. Todos los derechos que tenemos son ganados, no son derechos que nos haya otorgado el Estado, son derechos que ganamos a través de una lucha. El Estado está siendo omiso a la homofobia y a la violencia que se genera por la discriminación. Y la omisión es otra manera de discriminación”.

 2.- ¿El matrimonio entre personas del mismo sexo es contrario a derecho?

No, pero hasta ahora ha sido un derecho que sólo ha sido reconocido a parejas heterosexuales. ¿Debería reconocerse a parejas del mismo sexo? Muchos afirman  que no, dado que el matrimonio es, por definición, la unión entre un hombre y una mujer; sin embargo, ya hemos visto que las definiciones varían históricamente y pueden cambiarse. Para rechazarse, tendría que mostrarse que este derecho entra en conflicto con otros derechos, con los derechos de otras personas o que representa una amenaza para el resto de la sociedad. Tendría que haber razones muy poderosas en términos de vulneración de los derechos de otras personas o de un grave perjuicio para la sociedad para negarle a un buen número de ciudadanos un derecho tan fundamental como el del matrimonio.

3.- ¿Cuáles son los derechos fundamentales que son violados al no aceptarse dicho matrimonio en toda la República Mexicana?

  Si el derecho al matrimonio es un derecho humano fundamental es porque supone la libertad de los seres humanos para decidir sobre sus propias vidas; es decir, supone su autonomía individual, que no es otra cosa sino la capacidad de tomar decisiones por uno mismo (sin ser objeto de coacciones externas), de conducir y ser responsable del comportamiento propio, de dirigir la vida de acuerdo con la propia conciencia. El derecho al matrimonio tiene que ver con nuestra libertad para decidir un aspecto básico de nuestra vida: con quién queremos compartirla y formar una familia, con quién queremos formar un vínculo emocional estable y comprometernos públicamente. Este derecho, además, tiene que ver con otros derechos fundamentales, que actualmente son violados en el país, como el derecho a la libertad, a la libre asociación, a la privacidad, entre los más importantes. El derecho al matrimonio lo tenemos todos simplemente porque tenemos todos esos otros derechos fundamentales y porque tenemos la posibilidad de decidir con quién queremos compartir nuestra vida y comprometernos, entonces no existe ninguna justificación del porque las legislaciones no cambian sus códigos.

4.- ¿Es correcta la adopción entre personas del mismo sexo?

Si, y es que si se reconoce el derecho al matrimonio a parejas del mismo sexo, no parece haber razones para negarles el derecho a adoptar, a tener hijos a través de la maternidad subrogada o sustituta, a través de inseminación artificial o de otras técnicas de reproducción asistida.

5.- En caso de que estés a favor del matrimonio homosexual ¿Qué legislación se debe modificar?

Desde mi punto de vista, en primer lugar se debe respetar al pie de la letra nuestra constitución política de los estados unidos mexicanos, no vulnerar los derechos humanos y/o tratados internacionales de que México es parte, y de ser necesario reformar algún artículo de nuestra carta magna para adicionar el matrimonio y la adopción en parejas del mismo sexo, para ver si de esta manera nuestra sociedad y os estados respetan a estas personas.

Tal vez de manera inmediata se debe de legislar en los códigos civiles de cada estado para aceptar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

6.- ¿Qué legislaciones violan los derechos a las personas del mismo sexo?

En este momento todas las legislaciones de los estados de nuestro país con excepción de la legislación del Distrito Federal violan los derechos fundamentales de los homosexuales, al permitir discriminación por parte de la sociedad, de la iglesia, por no permitir la evolución de la institución del matrimonio y los derechos que éste conlleva.

Estas legislaciones atentan de manera directa los derechos establecidos en el artículo 1° de nuestra carta magna, que a continuación refiero:

“Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

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