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Tendencias del monopolio en México desde una perspectiva de los Derechos Fundamentales


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2018  •  Síntesis  •  2.817 Palabras (12 Páginas)  •  153 Visitas

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        Universidad  Veracruzana

Derecho

Tendencias del monopolio en México desde una perspectiva de los Derechos Fundamentales

Sandra Victoria Ocaña Cano

Sección 103

Teoría Económica

Maestra: Maribel Luna Martinez

Xalapa, Veracruz a 6 de noviembre de 2017

Los derechos fundamentales pueden transmitirse como facultades o poderes reconocidos a una persona ante la ley suprema vigente que le permita realizar algunos actos. Hablando en un ámbito de carácter nacional, por lo cual pudiera entenderse que los derechos fundamentales que están establecidos en Guatemala podrían no ser los mismos que estén en Colombia, sólo es un ejemplo. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos habitan 29 derechos fundamentales aplicados únicamente a la población mexicana pues aunque en este apartado se encuentren Los Derechos Humanos y sus Garantías, y estos provengan a la vez de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada por 83 países los derechos fundamentales solo afectan a los habitantes del país en donde se haya editado estos derechos.

    Sin entrar mucho en ámbitos sociales, a diario se violan los derechos fundamentales, El artículo 3°, por ejemplo, fundamenta que  todo individuo tiene derecho a recibir educación pero en México existen alrededor de 4.1 millones de niños que no asisten a la escuela. O bien el artículo 4° que dice que el varón y la mujer son iguales ante la ley y se puede observar como constantemente el trabajo de la mujer es “devaluado” por las grandes empresas.

    Pero uno de los derechos fundamentales que es más constantemente violado y toda la población ignora es el artículo 28°. En él, la constitución argumenta que en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.

    La población Mexicana siempre ha vivido en México con empresas monopolio, están en todos lados, están en los productos que consumimos, en la manera de comunicarnos, en la que nos transportamos e incluso en la forma en que nos entretenemos. Para entender mejor este punto podemos definir al monopolio como una empresa que cubre toda o casi toda la oferta de un producto o servicio y con esa simple definición podríamos relacionar varias empresas en México, el ejemplo más claro está en las telecomunicaciones con las empresas Telmex y telcel con el dominio del 70% y el 75% de todo el mercado, pero también están otras empresas como en el cine en el cuál cinépolis es el líder con el 65% del mercado dejando a cinemex con un 30% y este es un monopolio que casi no es percibido por la población.

Ya sabemos que México está lleno de monopolios, ¿Por qué si están penados por la ley, estos no se detienen?

    Al existir una empresa sin competencia alguna, o bien que esta esté muy por debajo de ella, los precios pueden manejarse de la manera que los dueños del monopolio se les antoje. Desgraciadamente México es de los países que más pagan por ciertos servicios los cuáles son de menor calidad a los que se ofrecen en otras naciones (Telmex es conocido por tener las tarifas más altas del mundo) a pesar de que en la Constitución se argumenta que “Las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios”

    A partir de los años 2000, en el auge de los teléfonos celulares en México sólo existía una compañía telefónica, o al menos así los veía la población mexicana, contaba con al menos el 90% del dominio manejando los precios a su antojo, obligando a los consumidores a pagar grandes cuentas como clara desventaja de la libre competencia.

    Aparte del negocio de las telecomunicaciones, también hay muchos monopolios en México con precios muy altos, si hablamos de salas de cine en México, sin duda La empresa Cinépolis es la empresa dominante, dejando a su único competidor a la altura con menos de la mitad del mercado permitiéndoles a estos incrementar sus precios en taquilla, a pesar de que cada año aumentan sus ingresos un 14% aproximadamente.

    Otros casos, como con las cerveceras, el Grupo Modelo ha recibido constantementes demandas de cerveceras independientes por prácticas monopólicas, señalando ser víctimas de bloqueo de consumo.

En el cuarto párrafo del artículo 28 se argumenta que no constituirán monopolios las funciones que el estado ejerza de manera exclusiva, y entre varias categorías se encuentra la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, durante muchos años existió una sola empresa encargada de generar energía eléctrica que se consume en todos los hogares, industrias, comercios, hospitales, en todos lados, o al menos así era en la mayoría del territorio mexicano, para la ciudad de México, 80 municipios del Estado de México, dos de Morelos, dos de Puebla y cinco de Hídalgo, existía Luz y Fuerza del Centro, que operó durante 106 años, pero en 2009 se extinguió bajo el argumento de que la calidad de este era más baja y las tarifas más altas. Así con la extinción de Luz y Fuerza del centro, la Comisión Federal de electricidad pasó a ser la única empresa encargada de la energía eléctrica en México, y de la misma forma subiendo sus tarifas, se estima que la población mexicana paga tarifas del doble que la población americana.

    En el año 2003 la reforma energética es aprobada en la que se propone competir a la Comisión Federal de Electricidad con empresas como Iberdola, Abengoa y otras interesadas haciendo que la CFE opere con mayor eficiencia y terminando así con el Monopolio que tenía.

    En el mismo párrafo de igual forma dice que no constituirán monopolios las funciones de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos, para está hay una empresa; Pemex, que antes de la reforma energética era un monopolio constitucional, México era el único país en el mundo que no permite ningún tipo de participación privada en exploración y producción de hidrocarburos al igual que estaba prohibido que inversionistas privados construyan refinerías o transporten petróleo pero después de la reforma energética en el 2013 se elimina del artículo 27 la restricción que impide la utilización de contratos para la extracción de hidrocarburos, esta ley permite al sector particular la exploración y extracción de hidrocarburos con la promesa de gasolina más barata y mejor aprovechamiento de los recursos. Igual se reformó el párrafo octavo, que no constituye como monopolio y así permitirles a los particulares participar directamente bajo estos esquemas regulados.

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