DP Con Otras Diciplinas
luisd91_1430 de Septiembre de 2014
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REPORTE DE LECTURA DE LAS RELACIONES DEL DERECHO PENAL CON OTRAS DISCIPLINAS
1.-La constitución: contienen los postulados más importantes al poder punitivo del estado, son precisamente los preceptos constitucionales los que dibujan el derecho penal de cada país y crean el marco superior de referencia para las normas jurídicas respectivas, las normas penales de la constitución aparecen como garantías para los ciudadanos frente al poder del estado.
En otros términos: la ley penal contiene la política criminal del estado y la teoría jurídica de los juristas; pero una y otra tienen que adecuarse a las formas y valores de la constitución y respetar tanto sus principios cuanto sus valores superiores; el sistema penal es la proyección de los postulados constitucionales en el campo de la lucha social contra el crimen que situada en el marco constitucional es como una parte de la lucha General del estado social y democrático del derecho por el respeto y el desarrollo de los derechos fundamentales internacionales de todas las personas; o sea que todas las normas y teorías del sistema penal tienen que ser desarrolladas bajo el cumplimiento irrestricto de los principios constitucionales de garantía y protección a los derechos fundamentales.
La ciencia del derecho se habla de fuentes del derecho para referirse a las normas que determinan cuáles son los sujetos o actos a los que el ordenamiento jurídico atribuye la facultad de crear normas, los procedimientos o modos por los cuales se crea el derecho; y las formas a través de las cuales expresa el derecho.
2.-Los tratados internacionales: los tratados internacionales y el derecho penal es obligatoria frente a los tratados internacionales vigentes sobre los derechos humanos, el derecho penal debe surgir no sólo como mecanismo de protección de los derechos fundamentales sino también de los derechos humanos internacionales que están contenidos en los tratados; la proposición del jurista, en la medida en que hace el papel de intérprete de la constitución, de las leyes y un General del derecho positivo, tiene que adecuarse también a las normas, principios y valores de la constitución. Lo anterior nos permite concluir que el sistema penal actual surge de la consideración principal del respeto a los derechos humanos y asume los valores allí inscritos.
Otras disciplinas
3.-Criminología: la criminología estudia el delito en sus causas, como surgen y cuál ha sido su desarrollo la sociedad, observando entonces los factores que conlleva a la conducta delictiva y analizando las formas y evoluciones que se han presentado en la reacción de la sociedad. En palabras de Hassemer y muñoz conde, podemos sostener que si “el objeto del derecho penal es la criminalidad”, sólo quienes estudien ésta área podrá conocer y manejar el derecho penal. Y el derecho penal son partes de un círculo que trata de explicar y contener la criminalidad, y por lo tanto una depende de la otra. Michelangelo Peláez “la criminología y el derecho penal son las dos ciencias autónomas asociadas”.
4.-Criminalística: la criminalística es una ciencia penal auxilia, que mediante la aplicación de sus conocimientos, metodologías y tecnología al estudio de los elementos de prueba, descubre y verifica; Adolfo León Vanegas González.
La criminalística es un ascenso o sea liar que contribuye al esclarecimiento de los hechos, a través de la recuperación y análisis de las pruebas, permitiendo determinar qué mecanismo se utilizaron para llevar a cabo el delito en cada caso concreto; la criminalística es un instrumento importante en el desarrollo del proceso penal, y en estas condiciones no puede ser perdida de vista por el derecho penal en conjunto, ya que la deficiencia de un adecuado régimen de pruebas e investigaciones se pueden convertir, y de hecho sucede así con gran frecuencia, en un gran multiplicador de la impunidad,
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