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Derecho Comparado


Enviado por   •  1 de Agosto de 2013  •  649 Palabras (3 Páginas)  •  2.722 Visitas

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a) Concepto de familia jurídica. Importancia de esta. Las familias jurídicas contemporáneas y cuáles son las fuentes y estructura de la familia romano-germánica.

Familia Jurídica: El término familia remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las fronteras de una nación. Es aquel conjunto de Sistemas Jurídicos que tienen elementos institucionales, conceptos filosóficos, jerarquía de fuentes, elementos que en definitiva pongan de relieve las coincidencias y analogías entre ellos.

Las familias jurídicas son aquellos sistemas jurídicos de los distintos países o estados que tienen antecedentes históricos comunes e instituciones jurídicas similares. Una familia jurídica es, por tanto, un conjunto de sistemas jurídicos que comparten determinadas características.

Familia jurídica, se toma en cuenta:

Una historia, una tradición en común; en cuanto a la formación y características que debe tener la norma jurídica, evolución histórica de las normas;

Una filosofía, una concepción de los valores comunes; rectores de una determinada comunidad; y Un orden de prelación de las fuentes del derecho, asimismo común.

Por cuestiones básicamente prácticas, los grandes comparativistas crearon un sistema clasificatorio de los ordenamientos jurídicos existentes en el mundo y los agruparon en cuatro grandes familias jurídicas

• Familia Jurídica Romano-Germánico

• Familia Jurídica del Common Law

• Familia jurídica socialista

• Familia Jurídica religiosa y filosófica

FAMILIA ROMANO GERMANICA

Dentro de las primeras familias de derecho que se pueden identificar en el mundo contemporáneo, se encuentra la familia romano-germánica. La familia romano-germánica goza de una tradición muy antigua; está íntimamente relacionada con el sistema de derecho de la antigua Roma;

Los sistemas de la familia romano-germánica pueden ser considerados como los descendientes del derecho romano cuya evolución perfeccionaron, provocando esto, que numerosas codificaciones, como por ejemplo, la nuestra, se inspiraran esencialmente en el modelo que les proporcionó el derecho francés.

Por ello, numerosos autores entienden que las codificaciones pertenecientes a esta familia, no se consideran como simples replicas, ya que muchos de sus elementos provienen de fuentes ajenas al sistema de derecho romano.

En la actualidad la familia del derecho romano-germánico se encuentra dispersa en el mundo entero;

Rebasó las fronteras del antiguo imperio romano y conquistó entre otros los países de América Latina, de gran parte de África, los países del cercano Oriente, Japón e Indonesia. Esa expansión obedeció en parte a la colonización y en parte a que la recepción fue facilitada por la técnica jurídica de la codificación, técnica generalmente adoptada por los sistemas de derecho romanistas en el siglo XIX.

El movimiento legislativo que se expresó en algunos países, atribuible a la bonanza económica que se registra en los países occidentales, favorece la aproximación al sistema romano-germánico de países como China, Japón o algunos países de África, pero tan solo en algunas disciplinas del derecho.

El derecho mercantil

El derecho penal fundamentalmente.

Esta familia ha recibido diversas denominaciones.

Un sector doctrinal la denomina Civil Law, por contraposición al Common Law;

Otro sector la denomina Continental, por contraposición, asimismo, al sistema insular representado en el continente europeo, por el reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;

Otra denominación sería romano-canónico;

Grupo francés, (René David);

Sistema romanístico, empleada, fundamentalmente por los italianos;

Romano-cristiano, que muestra la filiación genética romana y la inspiración cristiana que caracteriza a este grupo de derechos;

Sistema neorrománico como la denominación más actual, o simplemente Romano-Germánico.

2. Presentación de cuadro comparativo identificando las características de las siguientes familias jurídicas:

a) Romano-germánica,

b) Common Law.

c) Familia de derecho socialista.

d) Familia de derechos religiosos.

Romano-germánica, Common Law. Familia de derecho socialista. Familia de derechos religiosos.

familia Romano-Germánica, cuyas fuentes de creación de derecho son:

La ley

La costumbre

La jurisprudencia

La doctrina

Los principios generales del derecho

Una familia denominada del Common Law, cuyas fuentes de creación jurídica son:

la jurisprudencia

la ley

la costumbre

la razón. familia jurídica compuesta por los derechos socialistas, cuyas fuentes jurídicas son:

La ley

La jurisprudencia

La costumbre

La doctrina. Cuya fuente fundamental para crear derecho es únicamente su concepción religiosa a través de sus libros sagrados.

En sentido general, según el fin perseguido y el interés que ha provocado el estudio, el comparatista puede limitar su estudio de diversas maneras: ya sea el estudio de los sistemas jurídicos, o de las familias jurídicas

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