Derecho Comparado
astrid2825 de Junio de 2013
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Índice
Introducción…………………………………………………………………………………3
a) Objetivo del trabajo
b) Método que utilice (Monográfico)
c) Resumen de cada capítulo.
Capítulos
I. Antecedentes Históricos
1.1 México……………………………………………………………………….4
1.2 España……………………………………………………………………….5
II. Conceptos y teorías……………………………………………………………...6
III. Desarrollo del tema
3.1 Contrato laboral México España
Contrato laboral en México………………………………………………….7
Contratos labórales en España………………………………………………7
3.2 Despido en México y en España…………………………………………….8
Conclusiones……………………………………………………………………………….10
Bibliografía………………………………………………………………………………...11
Introducción
En este trabajo se trata de hacer una comparación entre México y España en el ámbito laboral. Para empezar se empieza con una recopilación de la historia de las legislaciones laborales entre estos países.
En las teorías nos da a conocer que España solo se basa en el contrato de trabajo. España tomando al contrato de trabajo como base para empezar cualquier relación jurídica laboral. En cambio el país mexicano se basa más en la relación laboral, en la legislación mexicana contempla las dos que sería el contrato de trabajo y la relación laboral pero al contrato de trabajo lo toma meramente como tramite.
Después tocamos el tema del contrato de trabajo que no se diferencian mucho entre México y España ya que en los dos países tienen casi las mismas formalidades y tiene el mismo objetivo prestar sus servicios a cambio de una remuneración.
Para terminar entramos al tema del despido donde se ve una diferencia muy notoria entre estos países ya que en México no se contempla como tal el despido, sino como la recisión de la relación laboral, se establecen las causas de la recisión. En cambio en España si existe en su legislación el despido, los tipos de despido y por qué se le despide.
I. Antecedentes históricos
1.1 México
Todo empezó en el Porfiriato, la tierra era la riqueza de México entonces las jornadas de trabajo eran por lo menos de 14 horas y con salarios mínimos. En diciembre 18 de 1911 francisco I. Madero decreto el departamento del trabajo, para que se solucionaran los conflictos laborales con un método conciliatorio. Después de incorporo el departamento de trabajo a la secretaría de gobernación durante el mandato de Venustiano Carranza. Dos años después se promulga las Constitución Política que fijo los derechos de los trabajadores, como lo que es la jornada máxima de ocho horas, la indemnización por despido injustificado, derecho de asociación y de huelga, y el establecimiento de normas en materia de previsión y seguridad social. La primera ley federal del trabajo de decreto en agosto 27 de 1931, que se le otorgo autonomía al departamento de trabajo que le dio atribuciones como vigilar el cumplimiento de la ley federal del trabajo, buscar soluciones a los conflictos laborales, desarrollar una política de previsión social y de inspección, crear comisiones mixtas y otros órganos preventivos y conciliadores. Después el presidente Manuel Ávila Camacho promulgo en 1940 una nueva ley de secretarias de estado, en la que convirtió el departamento de trabajo en la secretaría del trabajo y previsión social. Después hubo la necesidad de modificarla para acoplarla a lo que estaba sucediendo y se derogo y fue sustituida por la que desde entonces en vigor. Para que se pudiera hacer cumplir la ley laboral que estaba vigente el 2 de junio de 1975 se expidió el reglamento de la procuraduría federal de la defensa del trabajo con autonomía para dar garantía a los trabajadores. Durante la administración de José López portillo se hizo una nueva ley orgánica de la administración pública federal, publicada en diciembre de 1976.
La reforma laboral fue aprobada el martes 13 de noviembre de 2012. Los temas que llaman la atención son las nuevas formas de contratación, los pagos por hora, outsourcing, los salarios caídos por despido injustificado, la trasparencia sindical y la equidad de género. En las formas de contratación serán por salario, prestaciones proporcionales, seguridad social y antigüedad. A prueba por un periodo de uno a seis meses, capacitación inicial contrato de tres a seis meses, temporada día, semana o por mes, teletrabajo que es trabajo a distancia los pagos por hora. Trabajo por hora de esta manera se prohibiría que el trabajador gane en una jornada menos de un salario mínimo diario. El outsourcing que reconoce que una empresa contrate a otra internamente para que realice trabajos, no era ilegal pero o estaba regulada. Salarios caídos se imita a un año la generación de salarios caídos. Trasparencia sindical trabajador tiene derecho a saber la administración del patrimonio sindical y ejercer el voto libre y directo sobre los directivos. La equidad de género les da a las mujeres descanso de seis semanas con goce de sueldo a las mujeres embarazadas, a los padres y adoptantes cinco días con goce de sueldo.
1.2 España
Las primeras normas laborales aparecen a consecuencia de la actuación altruista por parte del legislador ante las desigualdades existentes en la relación laboral. Ósea que el empresario ponía reglas que por obviedad lo beneficiaban a él y perjudicaban al trabajador. Las primeras leyes fueron destinadas a proteger a las mujeres y a los niños. En la época de la revolución industrial no había establecido las jornadas y el trabajo era insalubre. Después hubo otra norma que protegía a los menores prohibiendo que menores no pudieran hacer ciertos trabajos por su integridad. Después se crea la comisión de reformas sociales para regular las condiciones de trabajo, encargado de estudiar las peticiones de los trabajadores surgiendo la primera ley de accidentes de trabajo. Surge un catálogo de medidas preventivas, pero sin valor normativo que era una orden ministerial el catálogo de mecanismos preventivos. Se crea el reglamento de la inspección de trabajo. Después se aprobó la ley de la silla que consistía en que a las mujeres en el transcurso del trabajo se les debía conceder una silla después extendiéndose a los hombres. Se creó el código de trabajo donde se recopilan y fijan las condiciones de trabajo. Se aprueba lo que hoy es el estatuto de los trabajadores, la ley del contrato de trabajo. Por primera vez se crea de carácter preventivo el reglamento general de seguridad e higiene en el trabajo, recogiendo de manera sistemática y rigurosa medidas preventivas y de higiene en la empresa. Con el objeto de proteger al trabajador contra los riesgos de la profesión que puedan poner la vida y su salud en peligro. La ley de reglamentaciones que nacen para regular aspectos como el salario, la jornada laboral, las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo. Se creó el estatuto de los trabajadores en 1980.
II. Conceptos y teorías
México. Teoría relacionista, contractual y ecléctica.
La relación del trabajo surge del servicio que se presta y que no es necesario que exista un contrato de trabajo, ya que en ocasiones el contrato no tiene nada que ver con el trabajo que se desempeña.
“El contrato de trabajo es el primer momento la vida obrera, abre paso a todo cuanto con ella se relaciona, pero no es si o hasta el momento en que el trabajo empieza a prestarse cuando estamos frente a su existencia real como figura jurídica, ya que podrá existir acuerdo de voluntades, coincidencia total en los términos en los que la actividad vaya a realizarse, aceptación de las condiciones impuestas, por parte del trabajador, pero no darse la relación de trabajo, a ser esta el efecto del contrato o sea su ejecución ” .
Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
España. Teoría contractual
En España solo existe la teoría contractual ya que sus leyes laborales toman al contrato como base de toda relación voluntaria y remunerada.
III. Desarrollo del tema
3.1 Contrato laboral México España
Contrato laboral en México tiene su fundamento en el segundo párrafo artículo 20 de la ley federal del trabajo, que dice, que contrato de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Sánchez Alvarado define al contrato laboral como la convención por la cual una persona, por un salario se subordina a otra para prestarle servicios personales.
El contrato que se celebre entre la persona física o moral debe ser por
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