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Derecho Internacional


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  2.571 Palabras (11 Páginas)  •  289 Visitas

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Tratados:

Del latín tractatus, un tratado es la conclusión de una negociación, materia o negocio, tras haberse debatido y conferido. La noción de tratado se utiliza para nombrar al documento en que consta dicha conclusión y, en un sentido más amplio, al escrito o discurso sobre una materia determinada. Son el instrumento privilegiado e inherente de las relaciones internacionales, suponen frente a la costumbre un factor de seguridad. Las obligaciones se expresan por las partes de una forma muy precisa.

Un tratado internacional es aquel que suscriben sujetos de derecho internacional y que puede constar en uno o varios instrumentos jurídicos conexos. Esta herramienta suele utilizarse para fijar límites territoriales o poner fin a un enfrentamiento bélico.

Uno de los tratados más famosos es el Tratado de Versalles, que se firmo en 1919 al finalizar la primera guerra mundial. Unas de sus principales consecuencias fue la imposición a Alemania y sus aliados de aceptar la responsabilidad material de la guerra.

Frente a la costumbre los tratados permiten que todos los Estados que se van a ver comprometidos por él participen en su elaboración. Otra ventaja de los tratados es que sus normas se elaboran con más rapidez que las consuetudinarias aunque éstas cristalizan con más rapidez. Cuando se unen las opiniones o puntos de vista de sujetos de orden jurídico internacional, sobre cuestiones o problemas que surgen en sus relaciones internacionales se crean los acuerdos internacionales, lato sensu.

Existen varios acuerdos; los que se expresan a través de la adopción, por medio del voto, de resoluciones internacionales en el seno de los órganos de una organización internacional.

Estos acuerdos se realizan con una finalidad: producir efectos jurídicos, establecer “compromisos de honor”, “acuerdos convencionales”.

Los sujetos “acuerdan”, comprometiéndose recíprocamente, a cumplir las obligaciones y respetar los derechos contenidos en un instrumento escrito o establecidos verbalmente.

Obligatoriedad de los tratados:

Los tratados crean, derechos y obligaciones, lo cual constituye el efecto general de los mismos. Su obligatoriedad se deriva del principio "pacta sunt servanda" reconocido repetidamente por la Comunidad Internacional, el cual se encuentra expresamente consagrado en el Art. 26 de la Convención de Viena de 1969 de la siguiente manera: Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe. Coincidimos con la apreciación de Degan (1997) para quien la firma de un tratado implica la voluntad de sus partes de crear obligaciones legales de acuerdo con los términos del mismo. En consecuencia, es su deber respetar de buena fe todas las obligaciones asumidas. Las relaciones legales creadas por un tratado están regidas por el principio pacta sunt servanda, el cual es válido para todas las obligaciones asociadas a un tratado consentido por la libre voluntad de todas las partes, en todas las palabras, este principio aplica y hace obligatorios todos los tratados libres de vicios de consentimiento. Tales vicios, que invalidan los tratados son, error, fraude, corrupción, coerción, entre otros. Cierto es que el ancestral principio pacta sunt servanda no ha impedido a los Estados hacer falsos compromisos con la intención oculta de no cumplir con las obligaciones asumidas. Sin embargo, y precisamente a través del principio pacta sunt servanda, implica que las otras partes, las cuales sí actuaron de buena fe, tienen el derecho de exigir el cumplimiento de esas obligaciones.

En virtud del principio pacta sunt servanda, los tratados son de obligatorio cumplimiento; aunque no pueden basar su obligatoriedad en el principio de legalidad (porque no existe un órgano legislativo superior), ni en el de autonomía de la voluntad ya que los vicios de voluntad no pueden ser invocados para determinar la nulidad del mismo, porque no se trata de la voluntad del negociador o del firmante, sino la del estado y esta siempre es aceptada de buena fe. De acuerdo con el Art. 27 Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados (1969), una parte tampoco puede invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación de su incumplimiento, en palabras de Astorga (2006) una vez entrado en vigor el tratado es casi ineludible. Puig Peña (García, 2002) reconoce una consecuencia positiva del principio Pacta Sunt Servanda la cual consiste en la necesidad de ser cumplido conforme a su tenor específico. Federico Puige numera tres caracteres de esta consecuencia:

1. El tratado debe cumplirse, no se puede dejar en el vacío. Si esto ocurre será porque las partes no quieren darle vigor y actuación, pero si una de ellas reclama su cumplimiento, la otra tiene que cumplir sus prestaciones.

2. El tratado ha de ser cumplido de acuerdo a su tenor; es decir, se debe cumplir lo que dicta y establece puesto que lo expresamente pactado es norma de cumplimiento y de conducta.

3. El tratado tiene que cumplirse de buena fe; Puig añade que "las partes han de comportarse de acuerdo con las más estrictas exigencias de la moral ciudadana". En síntesis la obligatoriedad de cumplimiento de los tratados por parte de los sujetos de Derecho Internacional Público se expresa de la siguiente manera:

1) Los tratados son de obligatorio cumplimiento y no se pueden invocar normas de derecho interno en su contra, de acuerdo con los Art. 26 y 27 de la Convención de Viena.

2) La obligatoriedad de los tratados se refiere a los países firmantes de la Convención de Viena, es importante resaltar que Venezuela no es uno de ellos.

3) En el caso venezolano, para que los tratados sean de obligatorio cumplimiento deben ser aprobados por la Asamblea Nacional antes de su ratificación por el Presidente de la República, de acuerdo con lo expresado en el Art. 54 de la CRBV

Acuerdos Simples:

Los acuerdos en forma simplificada son acuerdos internacionales cuyo proceso de conclusión incluye solamente una etapa de negociación y la firma, materializándose comúnmente en varios instrumentos.

Son aquellos en los que obliga al Estado un funcionario de categoría inferior al jefe de Estado, Mediante la sola firma.

Pertenece a una de las fases de celebración de los tratados, los pasos completos son los siguientes:

- Negociación, Autentificación, Prestación del consentimiento.

- De forma solemne, y de forma simplificada.

Pactos:

El

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