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Derecho Penal


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  1.023 Palabras (5 Páginas)  •  307 Visitas

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TEORIAS DE PARTICIPACION

Hablar de la participación se hace referencia a la presencia de dos o más personas que colaboran en la perpetración del hecho punible en un carácter distinto de la autoría. La teoría de la participación se ocupa de analizar la contribución del partícipe en la ejecución de un hecho punitivo, puesto que participación quiere decir apoyo en el hecho principal realizado por otro, que es el autor, ya que, por esencia, aquélla ha de relacionarse con una conducta principal; así el robo planeado por varios individuos, uno penetra en la casa y rompe las cerraduras se apodera de varios objetos de valor, mientras que otros dos vigilan: uno, en la puerta y otro dentro de la casa, en tanto otros utilizan una escalera y penetran por una ventana previamente violentada. Existe, según la pauta de la acción ejecutiva, un autor material de apoderamiento, un cómplice, vigilante en la calle, y otro el del escalera, cuya titulación sería discutible prácticamente si bien sólo tiene categorías también de auxiliador.

En la participación se distingue entre distintas clases, la estricta que comprende la complicidad y encubrimiento, y la amplia, en la cual cabe la autoría, pero también se polemiza en torno a si el encubrimiento es o no una forma de participación, por cuanto en verdad no se participa en un hecho ya realizado, sino a lo sumo intervienen post delictum. Un buen numero de autores escinden el encubrimiento de la participación; sin embargo, a nosotros nos parece que es una clara forma de intervención en el delito y que por ende no existe justificación para dejar al margen del análisis de la participación, aun cuando se trata de actos posteriores al delito, pues en buena medida el auxilio o la ayuda contribuye a la consecución de los fines previstos por parte del delincuente.

TEORIA UNITARIA O MONISTA: constituida por aquellos autores que sólo aprecian al delito con varias personas. Unidas de delito y pluralidad de agentes. Es la postura tradicional que al respecto contempla la teoría de la causalidad y la teoría de la accesoriedad:

TEORIA DE LA CASUALIDAD: pretende resolver con base en la causalidad el problema de la participación, al respecto considera codelincuentes a quienes contribuyen, con su intervención, a producir el delito. Al respecto VON BURI consideraba que la verdadera liga de unión entre los participantes en el delito, que los hace responsables, en su concurrencia para la causación del hecho penalmente tipificado.

TEORIA DE ACCESORIEDAD: considera como autor de delito sólo a quien realiza los actos descritos en el tipo penal, la responsabilidad de los partícipes depende de los auxilios prestados al autor principal, respecto del cual se tiene como accesorios; las conductas dependientes siguen la suerte de la principal. El delito producido por varios sujetos es único e indivisible, es resultante de una actuación principal y de otra u otras accesorias, correspondiente a los participes.

Se parte de la unidad del delito es necesario pasar del nivel conceptual al del fundamento de la punibilidad a las conductas de participación. En este ámbito se coloca el concepto de accesoriedad en la participación.

La accesoriedad se traduce en la relación de dependencia

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