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Derechos Humanos


Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  7.516 Palabras (31 Páginas)  •  167 Visitas

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LA PERSONA HUMANA

La vida del hombre gira alrededor de un fin, de un solo propósito superarse a sí mismo, obtener una satisfacción subjetiva que pueda brindarle la felicidad anhelada.

Tomando en consideración esta teleología, inherente a la naturaleza del hombre, quien en cada caso concreto, pretende conseguirla mediante la realización de los fines específicos que se ha propuesto.

Esta finalidad última del ser humano, se revela en cada caso concreto mediante los propósitos privativos y particulares que cada quien conciba, y cuya pretendida consecución determina los actos exteriores del sujeto, que en su conjunto constituyen el desenvolvimiento de la personalidad humana.

Para que una determinada felicidad individual sea totalmente permisible y por consiguiente no susceptible de impedimento u obstrucción, debe incidir en un ámbito de normalidad humana que autorice al sujeto perseguir una finalidad que no sea exótica a las dimensiones morales de la sociedad en la que la persona se desarrolla.

Ahora bien el hombre al integrar su propia finalidad vital, pretende realizar valores, independientemente de que sean positivos o negativos, el hombre es persona en cuanto tiende a conseguir un valor, a objetivarlo en actos y sucesos concretos e individuales, de ahí proviene la personalidad, pues resulta de la relación entre el hombre como ser real, biológico y su propia teleología axiológica

LA LIBERTAD HUMANA

Una de las condiciones indispensables para que el individuo realice sus propios fines, desenvolviendo su personalidad, es precisamente la libertad. La libertad concebida no solamente como una mera potestad psicológica de elegir propósitos determinados y escoger los medios de ejecución de los mismos, sino como una actuación externa sin limitaciones o restricciones que hagan imposible o impracticable los conductos necesarios para la actualización de la teleología humana.

Kant dice que la personalidad se aprecia como un auto-fin humano, esto es, que el hombre constituye un fin de sí mismo y no un mero medio para realizar otros propósitos, que se suponen impuestos. Si el hombre, si la persona humana estuvieran constreñidos a realizar ciertos fines determinados de antemano sin intervención de su libre albedrío, se destruiría entonces la personalidad, ya que en tal hipótesis, el sujeto sería empleado como un mero medio de verificación de los propósitos materia de la aludida pre-determinación no constituyendo, un fin en sí mismo (auto-fin), en que estriba su propia evolución.

De lo anterior se desprende que la libertad de elección de fines vitales es una mera consecuencia no sólo lógica y natural del concepto de la personalidad humana, sino un factor necesario e imprescindible de su desenvolvimiento, por eso Kant dice que la personalidad “es libertad e independencia del mecanismo de toda naturaleza”

Por otra parte la elección de medios o conductos para realizar dichos fines debe obedecer al juego del libre albedrío del hombre, en cuya práctica consiste la conducta humana, tanto moral como social, por lo tanto se dice que la persona es autónoma pues la formulación de sus propias normas que regulan la su conducta o actividad externa dirigida al cumplimiento de sus fines siempre esta normada por disposiciones, reglas o ideas que ella misma se forja.

Recaséns Siches dice que la vida la tiene que crear el propio yo y debe de ver por su futuro es decir, planear lo que va a hacer el momento siguiente, eso el libertad y agrega que el hombre por esencia es independiente y no siervo.

Jorge Xifra Heras, define a la libertad social el siguiente modo: la libertad no es otra cosa que la facultad de elección frente a un número limitado de posibilidades. Esta libertad conceptuada como una facultad genérica de selección de medios o de escogitación de fines, se manifiesta en diversas facultades de actuación especiales, las cuales llamaremos libertades especiales Ejemplo: libertad de trabajo, de comercio, de prensa, de propiedad.

Como elementos extrínsecos necesarios para el desarrollo de la supradicha libertad social, son aquellos sin los cuales este sería impracticable o, al menos, muy difícil de desplegar, tenemos ante todo los factores de igualdad y propiedad.

IGUALDAD: absolutamente necesaria para que se opere una auténtica libertad social humana, puesto que de no existir, la actividad del que esté colocado en un estado desventajoso desde todos los puntos de vista con los demás estaría coaccionada por todas las circunstancias que componen la posición favorable o desfavorable.

PROPIEDAD: específicamente la privada es un factor indispensable, puesto que faculta a su titular disfrutar de todo aquello que le proporcione un medio material o inmaterial para realizar sus fines mediatos o inmediatos. Si no existiera la propiedad privada, y solo imperara un tipo de propiedad colectiva cuyo titular fuera el estado se destruiría el concepto de personalidad humana puesto que al individuo solo se le reputaría como un mero instrumento de trabajo para servir a una entidad distinta a él.

Cuando el individuo se ve despojado de su propiedad particular, cuando se excluye la idea de que se pueda gozar de la permanencia privativa de determinado bien, su actividad económica desplegada en relación al objeto, materia de la propiedad, se realiza ante algo que corresponde a una estructura social que está sobre él, la que por consiguiente, lo emplea como un mero medio de obtención de fines que ella misma forja, lo cual implica, evidentemente, una negación de la libertad del hombre, cuando menos en su aspecto económico.

En conclusión la libertad es un atributo consubstancial de la naturaleza humana, es decir que el hombre, en su íntima esencia, es libre por necesidad ineludible de su personalidad como elemento de su ser.

EL INDIVIDUO, LA SOCIEDAD Y EL DERECHO

El hombre es un ser esencialmente sociable, o como dijera Aristóteles, un zoon politikon, pues es imposible forjar siquiera su existencia fuera de la convivencia con sus semejantes. Para que la vida en común sea posible y pueda desarrollarse por un sendero de orden, para evitar caos en la sociedad, es indispensable que exista una regulación que encauce y dirija esa vida en común, que norme las relaciones humanas sociales; es necesario que exista un Derecho, concebido formalmente como un conjunto de normas de vinculación bilateral, imperativas, obligatorias y coercitivas, pues el Derecho es inseparable de toda convivencia humana, que sin él sería imposible.

Ahora bien debiendo tener necesariamente toda sociedad humana un orden jurídico que haga posible la vida en común ¿cómo se hace compatible esta circunstancia con

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