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EL GRAN MARCO LEGAL PARA EL EJERCICIO DE LA INGENIERIA


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  1.653 Palabras (7 Páginas)  •  299 Visitas

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RESPONSABILIDAD CIVIL DEL INGENIERO EN EJERCICIO Y PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL Y COMPENDIO DE LEYES PENALES Y ESPECIALES QUE RIGEN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ENSAYO

La responsabilidad de cualquier índole radica en una concepción de la forma como fuimos creados para vivir respetando y amando al prójimo en lugar de causar daños justos e injustos, y en caso de causarlos, dicho daño debe ser reparado o resarcido. Cada quien es responsable de sus actos u omisiones y debe rendir cuentas por ello.

En la República Bolivariana de Venezuela la responsabilidad civil del individuo se asume después de la mayoría de edad, es decir a partir de cumplido los 18 años, sin embargo la responsabilidad penal como consecuencia jurídica de la violación de las leyes, puede ser imputable cuando se cometa o existe la presunción de un hecho punible. De allí la importancia de las leyes u ordenamiento jurídico que tiene un estado para establecer las diferentes responsabilidades en las que puede incurrir una persona tanto natural como jurídica para luego imponer la justicia. La Justicia que aplica de manera imparcial y equitativa el imperio de la ley busca de manera directa darle una respuesta a las diferentes conductas de los individuos que se desenvuelven en nuestra sociedad, muestra de ello es el castigo y la reparación de daños cuando existe un hecho que atente con la estabilidad o viole dichas normas.

En el caso del desempeño de la Ingeniería de sistemas no es la excepción, ya que no están exceptos de actuar fuera de la ética y la profesionalidad que exige la vida, la carrera y la norma. Por lo tanto se abordará la responsabilidad civil y penal del ejercicio de la ingeniería en los diferentes ámbitos donde se presume que se pudiera desenvolver el profesional durante su actividad. La existencia de la normas en materia penal, siempre regulará y protegerá la conducta de la persona natural o jurídica dentro sociedad. Por ello las consecuencias de la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas o reglamentos para los ingenieros y profesionales, será ser sancionados por el sistema de justicia venezolano.

La consecuencia jurídica de la violación del ordenamiento jurídico establecido tendrá una responsabilidad penal y civil. En el caso de la responsabilidad penal, (según el código penal venezolano), aplicada a quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. Las consecuencias se imponen a la persona cuando se le encuentra culpable de haber cometido un delito o haber sido cómplice de éste. Queda sobrentendido que no solo basta consumar el hecho punible sino, callar o no denunciar la actuación de otro. La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.

La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo según el artículo 1185 y 1196 del Código Civil venezolano. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona

La regulaciones penales se encuentran tipificadas en el Código Penal Venezolano de la (Gaceta Oficial N° 5.763 Extraordinario del 16 de marzo de 2005), en los siguientes artículos: 60: La ignorancia de la ley no excusa ningún delito ni falta. Artículo 61: Nadie puede ser castigado como reo de delito no habiendo tenido la intención de realizar el hecho que lo constituye, excepto cuando la ley se lo atribuye como consecuencia de su acción u omisión. El que incurra en faltas, responde de su propia acción u omisión, aunque no se demuestre que haya querido cometer una infracción de la ley. La acción u omisión penada por la Ley se presumirá voluntaria, a no ser que conste lo contrario. (Definición legal del delito culposo).

Ley Penal del Ambiente (Caracas, viernes 3 de Enero de 1992 Número 4.358 Extraordinario). Tipifica lo siguiente: Se definen como delitos los que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente. Esta Ley tiene por objeto plasmar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar.

Las principales sanciones son: La prisión, el arresto, la multa.

y los trabajos comunitarios. La pena de trabajo comunitario consiste en la obligación impuesta al reo de realizar, durante el tiempo de la condena, labores en beneficio de la comunidad, que indicará el juez, quien tendrá presente para tal fin la capacitación de aquel y, en todo caso, sin menoscabo de la dignidad personal. Esta pena podrá ser impuesta en sustitución de la de arresto en los casos en que el juez lo estimare conveniente, atendidas la personalidad del procesado y la mayor o menor gravedad del hecho.

El Ingeniero en ejercicio

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