ENSAYO LA DIFÍCIL CONDICIÓN DEL TRABAJADOR
MIIMMADAMEEnsayo13 de Noviembre de 2022
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LA DIFÍCIL CONDICIÓN DEL TRABAJADOR
La historia del trabajo es, sin duda alguna, la historia del hombre. No podemos concebir que el hombre pueda haber vivido en algún momento sin trabajar. Lo importante, sin embargo, es poner de manifiesto el valor tan diferente que se le ha dado al trabajo a través de la historia.
En el siglo XII se inicia la era urbana o industrial, representada por la artesanía y la pequeña industria, se produce un resurgimiento de la vida urbana, y al mismo tiempo del espíritu corporativo dando pie al crecimiento de la industria y el comercio. En esta época se crearon los gremios que fueron la asociación de mercaderes y menestrales fundada con el objeto de establecer el régimen de sus oficios y regular las cuestiones relacionadas con estos.
El 17 de marzo de 1791 entró en vigor la ley que suprimía las corporaciones y el monopolio para trabajar cuyo objetivo principal era respetar la libertad de trabajo de cada individuo.
En el siglo XIX surge el socialismo utópico denominado así por Carlos Marx, dónde surgen ideologías sociales, principalmente la división del trabajo; la injusticia del trabajo asalariado y la necesidad de delegar, en los propios trabajadores, el objeto de su actividad y su beneficio. Marx creía fielmente que la democracia sólo sería posible cuando el estado y las clases sociales desaparecieran.
Entre el siglo XIX y XX se empiezan a redactar leyes laborales en México como la Ley de Accidentes de trabajo y para el 26 de marzo se logró reglamentar la jornada de ocho horas, e indemnizaciones por riesgos de trabajo, además del reconocimiento de las directivas sindicales a partir del Plan de Guadalupe. Todo esto durante el sindicalismo el cual participó en la creación de leyes laborales, como en la creación de organizaciones obreras.
Después de la promulgación de la Constitución de 1917, en 1936 nace la CTM (Confederación de Trabajadores de México).
La lucha de clases trae consigo el ocultamiento de las relaciones laborales, transformando en relaciones civiles o mercantiles las cuales quedan fuera de de la protección de las leyes del trabajo y la seguridad social. Podría decirse que los trabajadores se convierten en contratistas o profesionales brindando sus servicios a las empresas eliminando así el concepto de salario y sus consecuencias, no entran las jornadas laborales y horas extras, también desaparecen los días de descanso, vacaciones, utilidades, etc. dejando de lado la condición del trabajador. Las leyes que supuestamente están al servicio del trabajador muchas veces dejan mucho que desear dando pie a contratos que sólo vela por la coincidencia de intereses entre el empresario y un supuesto dirigente sindical que se pone al servicio de los patrones de las empresas convirtiéndose así el mismo sistema judicial laboral en servidores de los empresarios.
El negocio y la complicidad política entre el estado y los empresarios resulta cada vez mas notable, tanto es así que este se inclina a favor de quienes le pagan impuestos y cuotas de seguridad social y se olvida totalmente de las condiciones de los trabajadores.
Como consecuencia de los actos o maniobras mencionados en el anterior párrafo ha crecido de sobremanera la economía informal en México (vendedores ambulantes) los cuales adquieren sus productos para venderlos de manera informal, con un proveedor. Este último se mantiene en el mercado gracias a estos vendedores ambulantes, pero evidentemente no paga ningún tipo de comisión a estos vendedores. Al igual los lava carros o vigilantes de vehículos. Todos estos prestan un servicio o desempeñan un trabajo de cierta forma, pero desgraciadamente ahí el derecho del trabajo no se hace presente.
Hoy en día y desde hace unos años se ha convertido en una práctica normal pero carente de escrúpulos un sistema para que las empresas puedan tener costos menores de mano de obra, llamado OUTSOURCING el cuál consiste básicamente en que la empresa pueda celebrar un contrato de comisión mercantil y registrar los pagos de los trabajadores como “comisiones” o “servicios de profesionales” por medio del alquilado de trabajadores de una empresa que, a cambio de una comisión, proporciona estos trabajadores a otra empresa en un supuesto contrato de arrendamiento, permitiendo así la explotación de los derechos del trabajador.
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