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ESTADO Y DERECHO. FUENTES DEL DERECHO

LICCORNEJOROMEROReseña8 de Octubre de 2020

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DE LA FSTE

LICENCIATURA DEL DERECHO BUROCRÁTICO

[pic 1]                                                  [pic 2]     

INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO

ESTADO Y DERECHO

TEMAVI

FUENTES DEL DERECHO

TEMA VII

LIC ABRAHAM JARAMILLO

COORDINADOR

EQUIPO 4

Integrantes

[pic 3]

Rubén Ernesto Sánchez López

Damián Ysrael León Garcia    

Martin David Salazar Morales

Martha Angelina Cornejo Romero

Yesica Guadalupe Urías Martínez   

INDICE

INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………………………………………………

ESTADO Y DERECHO…………………………………………………………………………………………………………………..

FUENTES DEL DERECHO…………………………………………………………………………………………………………….

CONCLUSIÓN……………………………………………………………………………………………………………………………

AUTOEVALUACION TEMA VI……………………………………………………………………………………………………..

AUTOEVALUACIÓN TEMA VII……………………………………………………………………………………………………..

INTRODUCCIÓN

Para comprender y empezar a estudiar el Derecho en sí, es muy importante saber los cimientos, en los siguientes temas,  ESTADO Y DERECHO Y FUENTES DE DERECHO, comprenderemos tales conceptos así como de donde emana todo.

En primera comprenderemos el Estado como sí y su relación con el Derecho, su función, sus reglas como tal y el impacto que tienen desde su inicio hasta nuestros días.

Comprenderemos cuáles son sus fuentes y todas sus características, desde Inglaterra donde hasta nuestros días sigue predominando la costumbre, hasta nuestro sistema actual así como  nacieron las leyes, han evolucionado y lo seguirán haciendo.

TEMA VI  ESTADO Y DERECHO

Derecho y Estado, definición: El conjunto de reglas impero-atributivas que en una época y un lugar determinados el poder público considera obligatorias, de la anterior definición se infiere que el vigente es el derecho del estado, es decir, el conjunto de normas creadas o reconocidas por la organización política.

Por el ordenamiento jurídico, cuyo fundamento ultimo de validez formal reside en aquella norma, tiene su base sociológica en una organización específica a la que se da el nombre estado.  

El poder político mantiene y garantiza el orden jurídico, que de este modo, se transforma en derecho positivo.

Por ello se ha escrito que el estado es la fuente formal de validez de todo el derecho, pues sus órganos son quienes lo crean- a través de la función legislativa- o le imprimen tal carácter por la aplicación de una costumbre a la solución de casos concretos.  

Los elementos del Estado 

El estado suele referirse cómo la organización jurídica bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio

Tal definición revela que son 3 los elementos de la organización estatal

•La Población

•El Territorio

•El Poder

En las secciones siguientes veremos un poco de estos elementos mencionados.

Territorio 

Porción del espacio en que el estado ejercita su poder. Siendo este de naturaleza jurídica solo puede ejercitarse de acuerdo con normas, creadas o reconocidas por el propio estado. El ámbito espacial de validez de tales normas es precisamente el territorio en sentido político.

La significación de territorio se manifiesta según Jellinek en dos formas distintas, una negativa, positiva la otra. La significación negativa consiste en que ningún poder extraño puede ejercer su autoridad en este ámbito sin el consentimiento del estado; la positiva, en que todas las personas que viven en el mismo ámbito se encuentran sujetas al poder estatal.

La Población 

Los hombres que pertenecen a un estado componen la población de este. La población desempeña, desde el punto de vista jurídico, un papel doble. Puede, en efecto, como objeto o sujeto de la actividad estatal.

El conjunto de derechos que el individuo puede hacer valer frente al estado constituye lo que en la terminología jurídica recibe la denominación de status personal. Las facultades que lo integran son de 3 clases, a saber:

1- Derechos de libertad.

2- Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del estado en favor de intereses individuales.

3- Derechos políticos.

El Poder

Toda sociedad organizada ha menester de una voluntad que la dirija. Esta voluntad constituye el poder del grupo.

Tal poder es unas veces de tipo coactivo, otras, carece de este carácter. El poder simple o no coactivo, tiene capacidad para dictar determinadas prescripciones a los miembros del grupo, pero no está en condiciones de asegurar el cumplimiento de aquellas por sí mismo, es decir con medios propios.

Aunque tenemos mucho que aportar de este tema en cuestión, estado y derecho, lo importante de aquí es entender los elementos constitutivos del estado y su relación como persona jurídica con el derecho.

TEMA VII FUENTES DEL DERECHO

7.1 CONCEPTO

Podemos definir a una fuente del Derecho como según lo describe Claude Du Pasquet metafóricamente, remontándose a las fuentes de un río, es llegar a un lugar en que sus aguas brotan de la tierra, de manera semejante se toma la fuente a una disposición jurídica, por decir, es buscar el sitio de donde ha salido, de las profundidades de la vida social a la superficie de Derecho.

LA LEY NO PRESENTA EL ORIGEN, SI NO EL RESULATADO DE LA ACTIVIDAD LEGISLATIVA

 

7.2  TIPOS DE FUENTES

Las fuentes de Derecho se dividen en:

  • Formales
  • Históricas
  • Reales

Fuentes reales:

Llamamos fuentes reales a los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas.

Fuentes históricas

A través del tiempo, se aplica a los documentos (inscripciones, papiros, libros, etc.) que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes, por ejemplo el digesto, el código y las novelas son fuentes del Derecho Romano.

Fuentes Formales 

Son procesos de manifestación de las normas jurídicas, las fuentes formales son: la Legislación, la Costumbre y la Jurisprudencia.

La reunión de los elementos que integran los procesos legislativos, consuetudinario y jurisprudencial condicionan la validez de las normas que ellos mismos engendran.

A continuación definiremos cada una de ellas

  • Costumbre

La costumbre es un uso implantado en una colectividad y considerado por ésta como jurídicamente obligatorio, es el Derecho nacido consuetudinariamente “ Jus Moribus Costitutum “

Es el uso existente en un grupo social que expresa un sentimiento jurídico de los individuos que componen dicho grupo.

La costumbre tiene dos elementos:

  • Objetivo: en la práctica, suficientemente prolongada de un determinado proceder.
  • Subjetivo: el uso en cuestión es jurídicamente obligatorio.

  • Legislación

Es la más rica e importante, es un proceso por el cual uno varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observación general a las que se les da el nombre de leyes.

  • Jurisprudencia

Es la interpretación válida y obligatoria de la ley que hacen los órganos jurisdiccionales competentes del Poder Judicial, es ella misma la que le da vida a la costumbre como fuente del Derecho.

CONCLUSION

En este proyecto comprendimos la estructura del Estado, sus funciones y la relación estrecha que tiene con el derecho.  

Podemos ver los problemas sociales que históricamente se han originado para prever los futuros a través del adecuado funcionamiento del Estado y el derecho.

Brindamos algunas definiciones para hacer más comprensible la unidad.  Teniendo en cuenta que los elementos básicos del Estado son el pueblo, territorio y gobierno.

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