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El Estado Y El Derecho


Enviado por   •  14 de Julio de 2014  •  3.933 Palabras (16 Páginas)  •  245 Visitas

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El estado y el derecho

Universidad de Guadalajara

Centro universitario de Tonalá

Salvador Hernández López

1°C

Abogado

Introducción al estudio del derecho

Profesor: José Luis de la Mora

El estado viene realmente a ser la fuente de validez formal del derecho, por cuanto el establece y asegura el derecho mediante sus órganos y señala las condiciones para la valides del derecho consuetudinario.

Herman Héller.

Índice

Introducción……………………………………………………………………………..4

Concepto de estado……………………………………………………………………..5

Elementos del estado…………………….……………………………………………..6

Pueblo…………………………………………………………………………………….6

Territorio…………………………………………………………………………………..7

Poder……………………………………………………………………………………….8

Relación entre estado y derecho…………………………………………………….11

Estado como forma de organización política……………………………………..11

Origen y evolución del estado……………………………………………………….12

Conclusión……………………………………………………………………………..13

Bibliografía………………………………………………………………………………15

Introducción

Después de haber comenzado el primer semestre de la carrera de abogado en la universidad de Guadalajara, me di cuenta que lo que yo creía sobre la carrera o lo que me imaginaba del derecho no era del todo correcto, aunque este error me impulso a querer finalizar con todas mis dudas y poder llenar esos huecos de ignorancia con la información necesaria para tener un óptimo desempeño como estudiante de derecho, tome pues la decisión de leer un poco mis libros fuera de las clases para entender mejor la información que los profesores me proporcionan, y así pues comencé a leer mis libros, pero el motivo de la realización de este breve ensayo fue un tema que me llamo mucho la atención del libro de Leonel Pereznieto Castro, el estado y el derecho, puesto que según mi punto de vista este tema engloba la verdadera parte del estudio del derecho y el punto más importante de el mismo ya que es el estado quien rige a los ciudadanos y es por medio del derecho que lo hace aunque también el derecho rige al estado, bueno estos son los motivos por los cuales he decidido realizar este breve ensayo ahora bien con la finalidad de resolver también algunas dudas que tuve al momento de leer este tema tales como: ¿Qué relación existe entre el estado y el derecho?, ¿Qué diferencia existe entre poder y política?, ¿Cómo fue que se creó el estado?, ¿Qué es el estado?, ¿Qué elementos lo conforman? y ¿Qué relación hay entre la constitución política y el estado?.

Ahora bien ya teniendo en cuenta cuales son las dudas que pretendí responder mediante la realización de este trabajo, solo me queda dejar el producto del mismo en forma de ensayo para que todos los lectores puedan en si utilizar este material para resolver sus propias dudas en caso de que mi ensayo les sirva de medio para aprender, o puedan también ayudarme a complementarlo en caso de que haya cometido algún error de redacción en mi propia investigación, espero pues que mi trabajo sea de mucha ayuda para los lectores y que lo disfruten.

Concepto de estado

Según Pereznieto, en la actualidad la definición de estado no incluye referencia alguna a los fines de dicha institución, ya sea de carácter moral, religioso o de cualquier otro tipo más bien las definiciones modernas, se limitan a descubrir su naturaleza, con el propósito de que la misma contenga las características esenciales de cualquier estado.1

Según mi punto de vista lo antes dictado por el autor Pereznieto, nos sirve como una breve introducción al tema de estado ya que aunque no es una definición en concreto nos ayudara a entender mejor las siguientes definiciones.

Según García Máynez, el estado se define como la organización jurídica de una sociedad, bajo un poder de dominación que se ejerce en un territorio determinado.2

George Jellinek, lo definió, como un grupo humano que se ha reunido como un pueblo, en un territorio determinado, y que dispone de un poder que descansa en una organización.3

Como podemos observar en las anteriores definiciones creadas por Gracia Máynez y por George Jellinek que son unos de los teóricos más reconocidos de todas las épocas, aunque son diferentes en su estructuración y aunque ambas son muy breves, para mí son completamente correctas ya que las dos engloban en su contexto los tres elementos más importantes del estado, poder, territorio y pueblo como lo vimos en el anterior párrafo de Pereznieto las definiciones modernas, no deben de incluir referencia a los fines de dicha institución, sino solo deben de limitarse a descubrir su naturaleza.

Ahora bien ya conociendo los elementos más importantes del estado pasaremos a revisarlos uno por uno para poder entender correctamente cual es la fuerza del estado y a que nos referimos cuando hablamos del estado.

1_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 350

2_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 96

3_ George Jellinek, allgemeine staatslehre, dunckel, berlin, 1914, pp. 394

Elementos del estado

Pueblo

Según la definición de Pereznieto, se entiende por pueblo al elemento humano que integra una unidad política. El pueblo se mantiene a lo largo de los siglos por la reproducción natural.4

Pero nos hace hincapié también en tener el cuidado de no confundir este concepto con el de población o nación que tal vez por su contexto o semejanzas pudieran confundirse.

García Máynez por el contrario nos dice, los hombres que pertenecen a un estado componen la población de este. La población desempeña, desde el punto de vista jurídico, un papel doble. Puede, en efecto, ser considerada como sujeto o como objeto de la actividad estatal.5

Estas pues son las definiciones que deberían dejarnos en claro lo que denomina el pueblo o la población de un estado, que en si será el elemento sobre el cual el mismo ejercerá el poder.

Aunque también el pueblo o población tiene derechos que pueden ser exigidos al estado tal es el caso de los siguientes extractos del libro de García Máynez en el cual escribió lo siguiente: el conjunto de derechos que el individuo puede hacer valer frente al estado constituye lo que en la terminología jurídica recibe el nombre de status personal. Las facultades que lo integran son de tres clases, a saber:

1) Derechos de libertad

2) Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del estado en favor de intereses individuales.

3) Derechos políticos.

1_ La existencia de los derechos de libertad significa que las personas, en cuanto miembro de la comunidad política, se encuentran sujetas a un poder limitado. La subordinación del individuo tiene como límite el conjunto de deberes que el orden jurídico le impone. El radio de actividad que queda a cada sujeto, abstracción hecha a sus obligaciones jurídicas, tanto como positivas como negativas, representa su libertad.

4_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 350

5_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 101

2_ Un segundo grupo de facultades que pertenece al status está constituido por los derechos cuyo ejercicio tiende a la obtención de servicios positivos por parte del estado, entre las facultades figuran los derechos de acción y petición lo mismo que la pretensión de que aquel ejerza la actividad administrativa en servicio de intereses individuales. Frente a los derechos de libertad, la posición del estado, en relación con los individuos, es puramente negativa; tratándose de las facultades del segundo grupo es, en cambio, positiva.

3_ No siendo persona física, el estado solo puede de actuar por medio de sus órganos, la intervención del individuo en la vida pública supone tanto el ejercicio de los derechos como el cumplimiento de las organizaciones. Por eso es que entre las facultades del estatus, figuran en un tercer término, las que permitan a los particulares el desempeño de las funciones orgánicas (votar, ser votado, tomar las armas en defensa de la patria, etc.).

De esta manera es que quedan conformados los derechos que según García Máynez tenemos ante el estado. Ahora bien, pues, proseguiré con el siguiente elemento del estado.

Territorio

Del libro de Pereznieto he tomado un extracto que nos dice: el territorio es el área geográfica donde el estado ejerce su poder, de ahí la máxima: finitas potestas. Finitas actinios e imperio (donde termina el poder, terminan las acciones y el imperio). El territorio del estado exige una clara delimitación y la definición precisa de sus fronteras, ya que el ejercicio del poder estatal solo podrá ejecutarse válidamente en los límites del territorio estatal.6

Por otro lado el autor García Máynez nos indica que el territorio es, la porción del espacio en la que el estado ejercita su poder. Siendo este de naturaleza jurídica solo puede ejercitarse con normas, creadas o reconocidas por el propio estado.

Otro de los atributos más importantes del territorio es la indivisibilidad, esta nota deriva de la misma índole de la organización política. Si el estado en cuanto persona jurídica, es indivisible, sus elementos han de serlo igualmente. La idea de indivisibilidad, solo puede admitirse dentro del marco de una concepción patrimonialista, y supone la confusión de las nociones de dominium e imperium.7

6_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 353

7_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 100

Ahora bien para darle un seguimiento lógico al ensayo es necesario continuar con el último elemento del estado y así se supone que quedara completamente entendido este subtema.

Poder

Tomando otro extracto del libro de Pereznieto encontré que define al poder como unidad autárquica de dominación, el estado es titular de la facultad de ejercicio del poder político exclusivo en su territorio. El poder significa en si la posibilidad que posee una persona o grupo de personas de influir en el comportamiento de otras con base en las propias intenciones.

El poder implica una relación social en la que el poseedor determina el comportamiento de otras personas mediante el ejercicio directo de la violencia, mediante la expresión explicita de su voluntad o a través de ciertas conductas que llevan implícita una orden.8

Mientras que en el libro de García Máynez se define el poder de la siguiente manera: toda sociedad organizada ha menester de una voluntad que la dirija. Esta voluntad constituye el poder del grupo. Tal poder puede ser coactivo o no serlo. El poder simple o no coactivo, tiene la capacidad para dictar determinadas prescripciones a los miembros del grupo, pero no está en condiciones de asegurar el cumplimiento de aquellas por sí mismo, es decir, con medios propios.

El poder de dominación es, en cambio, irresistible. Los mandatos que prescribe tienen una pretensión de validez absoluta, y pueden ser impuestos de forma violenta, contra la voluntad del obligado.9

Con esto ambos autores nos explican que el poder es la fuerza que tiene el estado para dirigir al elemento que ya antes estudiamos conocido como pueblo, pero también nos presentaron el elemento de territorio, que es el que delimita hasta donde la fuerza o el poder del estado es válida.

8_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 356_361

9_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 102

Hay que tomar en cuenta las capacidades del estado que influyen en su forma de gobernar a los ciudadanos y así entender de una mejor manera este tema.

Pereznieto también nos dice que el poder de un estado debe ser en todo caso autónomo, esto es, debe poseer la capacidad de manifestarse hacia adentro y hacia afuera como una fuerza que vale y se determina por si misma: la soberanía. Esto no implica que un estado no pueda restringir su capacidad política mediante obligaciones internacionales; si así fuera, no existiría un solo estado que pudiera precisarse de tener un poder autónomo.10

Y bueno ya que hacemos mención de la soberanía como poder que ejercita el estado, cabe señalar, también algunas ideas principales.

Según el artículo 39 de la constitución Mexicana “la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder político dimana del pueblo y se instituye para beneplácito de este. El pueblo tiene todo el tiempo el inalienable derecho de alternar o modificar la forma de su gobierno.”11

Según García Máynez, la soberanía en su primer aspecto implica la negación de cualquier poder superior al del estado, es decir, la ausencia de limitaciones impuestas al mismo por un poder extraño. El poder soberano es por ende el más alto o supremo. Es también un poder independiente.

Para algunos juristas el poder soberano tiene un tercer atributo. El poder soberano, declaran, debe de ser ilimitado o ilimitable. En la actualidad esta tesis suele ser unánimemente repudiada. Aun cuando el poder soberano sea el más alto y no dependa de ningún otro, hallase, sin embargo, sometido al derecho y, en tal sentido, posee determinadas restricciones.12

Con esto nos queda claro que el poder del estado tiene un elemento muy importante que es su soberanía, y que esta a su vez cuenta con dos atributos, es el más alto y supremo y es independiente.

10_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 156_161

11_art. 39, constitución política de los estados unidos mexicanos, raf, México, 1917, pp. 67

12_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 103_106

Ahora veamos pues otro elemento de el poder del estado, su indivisibilidad, para entender este término utilizaremos, pues, la definición de García Máynez.

El estado constituye una unidad; de aquí deriva, como consecuencia necesaria, el principio de la indivisibilidad de su poder.

El principio de la indivisibilidad, aplicas tanto a los estados soberanos como a los no soberanos. La soberanía atributo esencial de los estados del primer tipo, no es susceptible de aumento ni de disminución. No hay soberanía limitada, compartida o dividida. Varios estados soberanos pueden coexistir uno al lado del otro, pero nunca como titulares del mismo poder.13

Con esta explicación tan detallada de García Máynez podemos comprender la importancia de la indivisibilidad de un estado, pero no hay que caer en un error frecuente al revisar este tema.

Al principio de la indivisibilidad parece oponerse la doctrina de la división de poderes. El filósofo ingles Hobbes sostuvo ya con gran énfasis, en el siglo XVII, la tesis de la divisibilidad del poder político conduce a la disolución del estado. A este punto de vista se opone la famosa doctrina de Montesquieu, según en la cual en el estado debe de haber tres poderes, independientes e iguales entre sí que se equilibran recíprocamente.14 Pero este autor no se plantea el problema general de la unidad del estado y de las relaciones de los diferentes poderes con tal unidad. Esta teoría llevo a varios autores a negar el carácter unitario de la organización estatal y a sostener que se haya dividida “en tres personas morales distintas” que se complementan mutuamente.

Con las posturas doctrinales de estos dos autores se puede explicar el error al cual me refería, ahora bien según mi punto de vista la indivisibilidad del poder político no se debe confundir con la división de poderes, para explicar esto desde mi punto de vista daré un ejemplo que es un poco ilógico pero creo que funciona para darme a entender, en la religión católica se tiene un solo dios ya que esta es monoteísta, aunque este se divide en tres divinidades distintas (dios padre, dios hijo y dios espíritu santo) pero ninguna es más poderosa que la otra por lo tanto las tres divinidades forman un solo dios.

13_ García Máynez, introducción al estudio del derecho, Porrúa, México 2002, PP. 106_107

14_Montesquieu, del´ esprit des lois. París, 1832, I, cap. VI, pp. 293 y siguientes.

Relación entre estado y derecho

Según Pereznieto entendemos que: la creación, aplicación y desarrollo de las normas jurídicas validas son tarea de los órganos del estado. La validez de una norma jurídica supone, por una parte, que ha sido creada por un órgano del estado y, por la otra, que se han seguido los procedimientos reconocidos para el efecto por la organización política estatal.

De igual manera, el desarrollo de las normas jurídicas, entendiendo por dicho término la pormenorización, el detalle y la adecuación de las normas jurídicas generales, también deben ser realizados por un órgano estatal.

La creación, aplicación y desarrollo del derecho son tareas de los órganos estatales; asimismo: “la institución estatal se justifica, pues, por el hecho de que en una determinada etapa de la división del trabajo y el intercambio social la certidumbre de sentido y ejecución del derecho hacen preciso al estado.

De esta manera la existencia de interrelaciones necesarias entre derecho y estado nos conduce a un adecuado conocimiento del sistema normativo jurídico que implica el estudio de las características esenciales de la organización estatal.

El estado como forma de organización política

Pereznieto nos dice, el estado constituye una forma de organización política, más concretamente, una verdadera institución política. De este modo, si queremos entender la naturaleza del estado debemos definir previamente el concepto de lo político.15

La política es una actividad propia del ser humano, este posee la capacidad de vivir en sociedad y como ser social se ve obligado a desempeñar actividades políticas. La política como actividad social se manifiesta en forma de dominación, esto es como imposición de la voluntad de algunos hombres (los que mandan) sobre la conductas de otros (los que obedecen) o, si se quiere, se trata de la actividad social que se propone “asegurar por la fuerza, generalmente fundada en un derecho, la seguridad exterior y la concordia interior de una unidad política particular, garantizando el orden en medio de las luchas que nacen de la diversidad y de la divergencia de opiniones y de intereses.

15_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 162

La relación de dominación implícita en las relaciones sociales de carácter político es, a su vez, una manifestación concreta y empírica del poder.

El poder por su parte, nos dice, Pereznieto, implica la posibilidad de que determinados mandatos, en forma de voluntad manifestada, emitidos con la intención de influir en la conducta de otras personas (dominados), influyan efectivamente de tal modo que el accionar de estos se desenvuelva, en un grado socialmente relevante, como si los dominados por su propio deseo hubiesen asumido el contenido del mandato como máxima de su accionar.16

Así pues, es que, intento darles a entender de la manera más concretamente posible, para qué sirve la política en la organización de un estado, más aun sin embargo como debieron haberse dado cuenta Pereznieto nos hace la mención de que es el ser humano quien desarrolla la política y prácticamente no podríamos vivir sin ella, sino que la utilizamos a nuestro diario vivir.

El origen y la evolución del estado

Ahora bien, ya que entendemos lo que conforma a un estado, cuál es su función y para qué sirve este organismo, solo nos queda saber cuál es su origen y como es que ha ido evolucionando.

Durante la edad media, el ejercicio de las funciones de dominación política correspondía a diversos centros de poder, dispersos e independientes entre sí (reinos, principados, ducados, etc.). Los ámbitos de aplicación de sus mandatos, desde un punto de vista temporal, espacial, personal y material, en pocas ocasiones eran precisos. Esta circunstancia dio lugar a incertidumbres y conflictos que terminaron con la centralización del poder en una unidad de dominación territorial a la que se denominó estado.

La primera tentativa de centralización del poder político tuvo por objeto “hacer predominar uno de los elementos sociales, tanto el clero como la nobleza feudal o los municipios, subordinando a los demás para obtener la unidad a este precio.

La centralización del poder sin residuos en un órgano de decisión y acción fue posible cuando el sentimiento de nacionalidad, o sea, la toma de conciencia de pertenencia a una cultura e historia comunes, permitió a los miembros de los diversos grupos sociales identificarse entre sí y reconocerse como partes de una misma unidad social.

16_Pereznieto, introducción al estudio del derecho séptima edición, Oxford, México 2012, PP. 163 y 164

Otros factores adicionales que coadyuvaron para el surgimiento del estado, fueron, el establecimiento de impuestos generales y de la milicia y burocracia permanentes, así como la distinción de gastos públicos y privados del monarca. Asimismo, el desarrollo de la economía mercantilista tuvo su lugar en este proceso, pues elevo la capacidad impositiva de los súbditos.

Con el surgimiento del estado se hizo necesaria la creación de una organización jurídica racional, centralizada y planificada, y la distinción entre derecho público y derecho privado.

La plena madurez de la institución política estatal se alcanzó cuando las exigencias de regularización unitaria y planificada de las relaciones políticas para un territorio hicieron necesaria la codificación del derecho público en un documento escrito al que se le conoce como constitución, de esta forma, la constitución expresa el óptimo ideal de las relaciones de poder político, en el marco de un estado.

Conclusión

Ahora bien, ya que he finalizado con el contenido o los contenidos que quería plasmar en mi ensayo, daré paso pues a verificar que mis dudas hayan sido completamente eliminadas y así podre estar seguro de mi aprendizaje.

A continuación presentare mis conclusiones a manera de respuesta de las interrogativas que plasme en la introducción de este ensayo esperando sean correctas y de utilidad para los lectores de mi trabajo, ante claro debo comentar que las conclusiones que continuación presentare no son más que mi punto de vista sobre el tema y que si en ellas se encuentra algún error no fue mi intención haberlo cometido espero sean correctas de antemano gracias a los lectores que se tomaron la molestia de leer mi ensayo.

1_ según mi punto de vista por la investigación antes realizada el derecho y el estado se pueden relacionar en la soberanía del mismo estado ya que aunque el estado es el poder más alto y supremo nunca podrá estar por encima del derecho ya que este lo rige, aunque también a su vez el estado ase el manejo del derecho para poder realizar su trabajo ante el pueblo al cual este gobierna.

2_la política es una actividad propia del ser humano la cual forma parte de su vida cotidiana a diferencia del poder que es la manera de estar sobre alguna persona o sobre algunas personas haciendo presencia en sus acciones aunque claro una forma de obtener este poder es mediante el manejo correcto de la política como actividad social.

3_ El estado no se creó de la noche a la mañana todo fue un proceso evolutivo que se dio a partir de la necesidad del hombre de organizarse en sociedad, con esto se fue dando la evolución de la forma política del gobierno hasta llegar a la conformación de los estados.

4_ El estado es una organización social o una persona moral, que se encarga de regir a lo que se denomina pueblo, el cual está contemplado dentro del territorio, sirve para prevenir los conflictos de una sociedad y para ordenar la vida en la social.

5_ Los elementos que conforman al estado son solo tres, el pueblo, el territorio y el poder, con estos tres es que el estado queda completo y no puede fungir con la ausencia de uno de estos, ya que el poder necesita un pueblo o población a quien dirigir, mientras que la población necesita de un territorio en el cual desarrollarse.

6_ Por ultimo el estado y la constitución política se relacionan mediante la alianza que existe entre el estado y el derecho, ya que la constitución representa el derecho en sí y dicta la forma en que la población se debe comportar y que debe hacer el estado en caso de que no sea así, pero también indica de qué manera deberá de organizarse y dirigirse el estado. Aunque con esta definición pareciera que la constitución se encuentra por encima del estado cabe señalar que no es asa ya que el estado es quien propiamente crea la constitución.

Bibliógrafa

1) Leonel Pereznieto Castro

Introducción al estudio del derecho

Séptima edición

Oxford

México

2012

pp. 349_365.

2) Eduardo García mayes

Introducción al estudio del derecho

53° edición

Porrúa

México

2002

pp. 97_111

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