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El Aborto En México


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2012  •  361 Palabras (2 Páginas)  •  584 Visitas

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EL ABORTO EN MÉXICO

¿Qué es el aborto consentido?

Se refiere al aborto que se provoca la propia mujer (aborto procurado) o se realiza con el consentimiento de la mujer embarazada. La mujer faculta a otro sujeto para que éste practique sobre ella las maniobras abortivas. Implica la cooperación de la mujer, lo que significa que da su consentimiento. Cuando los motivos para realizar el aborto no están permitidos por la legislación, en este tipo de aborto se sanciona tanto a la mujer que consiente o solicita el aborto, como al personal que interviene en su inducción.

¿Qué es el aborto sufrido?

Cuando se realiza sin el consentimiento de la mujer se hace referencia al aborto sufrido, y cuando en esta práctica además se ejerce violencia física o moral, se habla de aborto sufrido con violencia. Se manifiesta cuando la mujer es víctima del acto, ya que la conducta del sujeto activo perjudica tanto a la vida del feto como a la mujer. La mayoría de las legislaciones en todo el mundo sancionan más severamente este tipo de aborto.

¿Qué es el aborto con móviles de honor?

Aborto honoris causa: comprende los casos en que la mujer recurre al aborto ante embarazos realizados fuera de matrimonio y cuando el nacimiento de un hijo ilegítimo es motivo de escarnio social. Por ello varias legislaciones en América Latina si bien penalizan esta práctica, dan una pena menor a la mujer que recurre al aborto inducido para salvaguardar su buen nombre o su reputación o la de su familia.

¿Cuándo no es punible el aborto?

Artículo 333. No es punible el aborto causado solo por imprudencia de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea resultado de una violación.

Artículo 334. No se aplicará sanción: cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada o el producto corran peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la demora.

Así, la constante legislativa en nuestro país es no castigar el aborto por violación, imprudencial y por peligro de muerte de la mujer. El resto de las causas de aborto no punible varía de un estado a otro.

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