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El Consejo Nacional de Política Económica y Social — Conpes


Enviado por   •  26 de Marzo de 2014  •  Trabajos  •  535 Palabras (3 Páginas)  •  271 Visitas

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El Departamento Nacional de Planeación - DNP es un Departamento Administrativo que pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público y depende directamente de la Presidencia de la República.

CONPES

antecedentes

El Consejo Nacional de Política Económica y Social — Conpes — fue creado por la Ley 19 de 1958.

Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

El Departamento Nacional de Planeación desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del Conpes y Conpes Social, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los documentos para discutir en sesión.

Funciones del DNP relacionadas con el Conpes

En calidad de Secretaría Técnica del Conpes, el DNP tiene las siguientes funciones:

1. Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual.

2. Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan.

3. Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional.

4. Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno Nacional.

5. Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública.

6. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público.

7. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones.

8. Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público.

9. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la Nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.

10. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la Nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones

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