El Contrato Social
sidmariel21 de Septiembre de 2012
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“EL CONTRATO SOCIAL O PRINCIPIOS DE DERECHO POLITICO”
Título original: “LE CONTRAT SOCIAL O PRINCIPES DU DROIT POLITIQUE”, Jean Jacques Rosseau (Juan Jacobo Rosseau) (1712-1778). Publicado en 1762.
“Renunciar a la libertad es renunciar a la calidad de hombre, a los derechos de la humanidad e incluso a los deberes. Tal renuncia es incompatible con la naturaleza del hombre”
Rosseau “El Contrato Social”. 1762.
De todos los Ilustrados ninguno influyo tanto a los protagonistas de la revolución francesa de 1789 y que caracterizaron el estado actual como Rosseau. Él, que había rechazado el calificativo de filósofo; y que tanto había criticado la filosofía especulativa, aportará las bases teóricas fundamentales para la transformación de su época, bien sea en el terreno intelectual como social.
El Contrato Social de Rosseau, es una de las obras más importantes del pensamiento político en el se emplea el lenguaje jurídico propio de las relaciones privadas entre los hombres.
La obra se divide en cuatro libros, en los que Rosseau, a partir de su observación de la sociedad, constituida en ese entonces por masas sometidas al Rey, transita sobre el vínculo que existe entre el soberano y los súbditos. Descarta que el vinculo se halle en la fuerza o en la sumisión, sino que por el contrario, los hombres voluntariamente renuncian a un estado de natural inocencia para someterse a las reglas de la sociedad, a cambio de beneficios mayores inherentes al intercambio social. Este consentimiento voluntario se materializa a través de un contrato, “el contrato social” en este caso.
Para Rosseau el hombre primigenio (el que estaba en el Estado de naturaleza) es un ser sin maldad, el que predominan dos sentimientos básicos:
a) El amor de sí, es decir el instinto de autoprotección
b) La piedad, repugnancia por el sufrimiento ajeno
Pero a medida que va creciendo la población se van juntando grupos, esa unión crea falsas necesidades, para cubrirlas el hombre inventa la agricultura y la ganadería, pero cuanto más tiene el hombre más desea, y ciertas personas acumulan riquezas, estos sufriendo por sus vidas y por sus riquezas debidos a los recelos creados promueven un pacto, este pacto será el primer código jurídico.
LIBRO PRIMERO
Investiga si existe alguna norma de administración legitima y cierta. Tratando de mantener una constante armonía, en este estudio, entre lo que el derecho permite y lo que el interés prescribe, a fin de que la justicia y la utilidad no se hallen disociadas.
Capítulo I.- Objeto de este primer libro
El orden social constituye un derecho sagrado que sirve de base a todos los demás. No obstante, este derecho no es un derecho natural: de lo cual se deduce que está fundado sobre convenios. Se trata de saber cuáles son esos convenios.
Capítulo II.- De las primeras sociedades
La familia es el primer modelo de las sociedades políticas: el jefe es la imagen del padre el pueblo el de los hijos, y habiendo nacido todos iguales y libres, no enajenan su libertad sino a cambio de su utilidad. Toda la diferencia consiste en que en la familia el amor paternal recompensa al padre de los ciudadanos que prodiga a sus hijos, en tanto que en el estado es el placer del mando el que suple o sustituye este amor que el jefe no siente por sus súbditos.
También existieron otras sociedades como la esclavitud, Aristóteles tenía razón, solo que tomaba el efecto por la causa. Todo hombre nacido esclavo, nace para la esclavitud, nada es más cierto. Los esclavos pierden todo, hasta el deseo de su libertad; aman su servidumbre como los compañeros de Ulises aman su embrutecimiento. Si existen, pues, esclavos por naturaleza. La fuerza hizo los primeros esclavos, su cobardía los ha perpetuado.
Adán fue soberano del mundo, mientras la habito solo, como Robinson de su isla, existiendo en ese imperio de ventaja de que el monarca, seguro de su trono, no tenia que temer ni rebeliones, ni guerras, ni conspiraciones.
Capítulo III.- Del derecho del más fuerte
La fuerza no hace el derecho y en que no se está obligado a obedecer sino a los poderes legítimos.
Capítulo IV.- De la esclavitud
Ningún hombre tiene por naturaleza autoridad sobre su semejante, y la fuerza no constituye derecho alguno, quedan solo las convenciones como base de toda autoridad legítima sobre los hombres.
Para que un gobierno arbitrario sea legitimo sería necesario que en cada generación el pueblo fuese dueño de admitir o rechazar sus sistemas y así la arbitrariedad dejaría de existir.
El hombre que renuncia a su libertad renuncia a su condición de hombre y de su moralidad, a los derechos de la humanidad y aun a sus deberes.
El derecho de esclavitud es nulo, no solamente porque es ilegitimo, sino porque es absurdo y no significa nada.
La palabra esclavo y derecho son contradictorias y se excluyen mutuamente.
Capitulo V.- Necesidad de retroceder a una convención primitiva
Habrá siempre diferencia entre someter una multitud y regir una sociedad. La ley de las mayorías en los sufragios es ella misma fruto de una convención que supone, por lo menos una vez, la unanimidad.
Capítulo VI.- Del pacto social
Encontrar una forma de asociación que defienda a la persona y los bienes de cada asociado, y por lo cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino así mismo y permanezca tan libre como antes. Tal es el problema fundamental cuya solución da el Contrato Social.
Este acto de asociación convierte al instante la persona particular de cada contratante, en un cuerpo normal y colectivo compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea, del cual recibe de este mismo acto su unidad, su yo común, su vida y su voluntad.
Capítulo VII.- Del soberano
Cualquiera que rehusé a obedecer la voluntad general , será obligado a ello por todo el cuerpo; lo que significa que se le obligara a ser libre, pues tal es la condición que, otorgando cada ciudadano a la patria, le garantiza de: toda dependencia personal, condición que constituye el artificio y el juego del mecanismo político y que es la única que legitima las obligaciones civiles, las cuales, sin ella, serian absurdas, tiránicas y quedarían expuestas a los mayores abusos.
Capítulo VIII.- Del estado civil
El hombre pierde su libertad natural y el derecho limitado a todo cuanto desea y puede alcanzar, ganando en cambio la libertad civil y la propiedad de lo que posee.
Entonces hay que distinguir entre la libertad natural y la posesión:
Libertad natural: Es la que tiene por limites las fuerzas individuales de la libertad civil, circunscrita por la voluntad general
Posesión: Es el efecto de la fuerza o del derecho del primer ocupante, de la propiedad, que no puede fundarse sino sobre un titulo positivo.
Capitulo IX.- Del dominio real
Para autorizar el derecho del primer ocupante sobre un terreno cualquiera, son necesarias las condiciones siguientes:
a) Que el terreno no esté ocupado por otro
b) Que no se ocupe más que la parte necesaria para subsistir
c) Que se tome posesión de él, sino por el trabajo y el cultivo, único signo de propiedad.
De cualquier forma que se efectué esta adquisición, el derecho que tiene cada particular sobre sus bienes, queda siempre subordinado al derecho de la comunidad sobre todos, sin lo cual no habría solidez en el vinculo social, ni fuerza real en el ejercicio de la soberanía.
LIBRO SEGUNDO
Capítulo I.- La soberanía es inalienable
La más importante consecuencia de los principios establecidos, es la de que la voluntad general puede únicamente dirigir las fuerzas del Estado de acuerdo con los fines de su institución, que es el bien común. Lo que hay de común en esos intereses es lo que constituye el vínculo social, porque si no hubiese un punto en el que todos concordasen, ninguna sociedad podría existir.
Capítulo II.- La soberanía es indivisible
Los derechos que se toman como parte de la soberanía, están todos subordinados a ella, y suponen siempre la ejecución de voluntades supremas.
Capítulo III.- De si la voluntad general puede errar
Generalmente la voluntad general es siempre recta y tiende a la utilidad pública; pero no se deduce que las deliberaciones del pueblo tengan siempre la misma rectitud.
Al pueblo jamás se le corrompe pero a menudo se le engaña, y es entonces cuando parece querer el mal.
Diferencia entre voluntad de todos y la voluntad general:
Voluntad de todos: atiende al interés común
Voluntad general: atiende al interés privado
Capítulo IV.- De los límites del poder soberano
Soberanía es el nombre que toma el poder absoluto sobre todos los miembros, el pacto social da al cuerpo político un poder absoluto sobre todos los suyos.
El pacto social establece entre los ciudadanos una igualdad tal, que todos se obligan bajo las mismas condiciones y todos gozan de idénticos derechos. Así todo acto autentico de la voluntad general, es decir, todo acto de soberanía, favorece a todos los ciudadanos; Un acto de soberanía es el cuerpo con cada uno de sus miembros:
• Convención legitima porque tiene como base el contrato social
• Equitativa, porque es común a todos
• Útil, porque no puede tener otro objeto que el bien general, y;
• Solida, porque tiene garantía la fuerza pública y el poder supremo
De esto se deduce que el poder soberano no traspasa ni traspasar puede los limites de las convenciones generales
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