El Derecho Wixárika
hermoxakTrabajo8 de Febrero de 2014
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Con la limitación de derechos que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos magistrados subordinaron los tratados internacionales a la Constitución, los jueces deberán actuar de buena fe en la protección a derechos humanos y de los pueblos, aseguró Tunuary Chávez, del Frente en Defensa de Wirikuta.
En el caso de la defensa del territorio de Wirikuta –tierra sagrada y de identidad cultural para el pueblo wixárika– argumenta, la presencia y el asedio de mineras en más del 70% del área protegida violentan tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y tratados en materia de derecho a un medio ambiente digno.
Con base en la nueva jurisprudencia emitida por la SCJN, dice Chávez, el Convenio 169 de la OIT podría ser interpretado por debajo de la Constitución; sin embargo, el tratado aún está por encima de todas las leyes secundarias.
“Es decir, el Convenio 169 se lee por encima de la Ley Minera, y aunque la Ley Minera establezca que la minería es una actividad prioritaria y estratégica para la economía de México, también está claro que aunque eso diga la Ley Minera el pueblo wixárika tiene derecho a ser consultado si quieren minas en Wirikuta o no”, detalló.
El Convenio 169 de la OIT establece una serie de derechos para los pueblos indígenas de los Estados firmantes –entre ellos, México–, entre los que se encuentra el derecho a “decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar su propio desarrollo económico, social y cultural”.
Es ahí donde los jueces tienen que actuar de buena fe, precisa Chávez, sobre todo porque entre las reflexiones que dieron origen a esta jurisprudencia se establece que se hace para que prevalezca el mejor derecho para las personas perjudicadas.
“El derecho del pueblo wixárika es claro, la interpretación del convenio 169 va a tener que hacerse valer, si bien los jueces van a tener la posibilidad de subjetivamente tomar decisiones al respecto en una sentencia. Creo que hay los elementos para llevar la discusión a todas las instancias incluso a nivel de interpretación”, añadió.
En un supuesto, la nueva posición de los tratados internacionales en el Estado de derecho mexicano, podría llevar a un juez a ligar la Ley Minera con la Constitución, y desechar los tratados internacionales. Esta hipótesis, señala Chávez, demostraría una interpretación basada en la “mala fe” y no en el derecho, por lo que quedarían muchos caminos para hacer valer los derechos de los pueblos.
“En cualquier litigio se va a tener que batallar por que los jueces actúen de buena fe y que no eviten el valor de los tratados internacionales, y que cualquier reforma que se venga constitucional de aquí en adelante no vaya a contradecir los convenios internacionales porque se podrían quedar algunos sin aplicación”, agrega.
El principal riesgo, insiste Chávez, es que con la restricción de derechos los próximos cambios constitucionales que promuevan los diputados y senadores pudieran violentarlos.
La reforma educativa, ejemplifica, estandariza criterios de educación y niega la posibilidad de que los pueblos indígenas tengan una educación propia, garantía descrita en el Convenio 169 de la OIT.
“Esa reforma es violatoria a los convenios internacionales ratificados por el Senado. Son de las cosas de las que debemos estar atentos, hoy más que nunca es muy importante que la sociedad en general esté atenta a que no se violenten los derechos fundamentales que tenemos, en ese sentido sí representa un riesgo”, asegura.
El también miembro de la Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas (AJAGI), lamentó
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