Derecho Romano
MauroCarrizo28 de Junio de 2011
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Prof.: Ana Inés Ovalle
D E R E C H O R O M A N O
En un principio, el Derecho arcaico era Consuetudinario. (Mores Maiorum)
Peregrinos: Extranjeros --> "Qué pasa por la Tierra Pública"
Es un Derecho no escrito, conocido por los nobles (Patricios). Se forman
Colegios Sacerdotales.
Colegios de los Pontífices. Monopolizan el contenido de los Jurídico,
mezclado con lo religioso.
Pas ---> Ciencia de Dioses
Ires ---> Ciencia de los Justos
Se mezcla lo Jurídico son lo religioso, por lo tanto es un Derecho que se
aplica a los Ciudadanos. Recibe el nombre de Derecho Quiritario.
Ciudadanos ---> Cives - Quiritis
Los ciudadanos con patricios y plebeyos, sin embargo los patricios tienen
el conocimiento de las Leyes, por lo que es un derecho descriminatorio.
Colegio de los Augures: es en donde se interpretan ciertas manifestaciones
en forma de Augurios.
El Derecho era ritualista, muy formalista y rígido, sólo aplicable a los
ciudadanos romanos.
Existían diferencias entre los procesos Declarativo y Ejecutivo. El
Declarativo era anterior al Ejecutivo.
El Derecho nace de los conflictos del hombre. El proceso declarativo
consiste en el alegato de las partes afectadas. De esta forma, el Juez
establece el Derecho en favor de una de las partes. En estos consiste el
Derecho Declarativo propiamente tal.
Luego al ejercer y hacer efectivo el Derecho Declarativo, se hace efectivo
a través del Proceso Ejecutivo.
Después de la 2ª Guerra Púnica comienzan a llegar a Roma peregrinos,
estableciéndose relaciones entre éstos y los romanos (compra-venta,
arrendamientos, etc.). Surgen así conflictos donde el Derecho Romano no
puede actuar ya que es aplicable sólo a los Ciudadanos Romanos, con lo que
se hace necesario crear un nuevo Derecho, naciendo de este modo el Derecho
de Gentes.
Derecho de Gentes: Es común a todos los pueblos. Los pretorianos eran los
encargados de aplicar este peculiar tipo de Derecho.
Pretor: Magistrado, es quien administra justicia, es quien entrega
soluciones jurídicas a los conflictos. Ejerce la Jurisprudencia.[1] Se
caracteriza por su pragmatismo.
Se produce el esplendor en la época de Augusto. Los juristas asesoraban al
Emperador; quien a lo largo de los siglos comienza a ser el único
Legislador del Imperio. Se convierte en el dueño y los ciudadanos en
súbditos. Este es el Derecho post clásico.
Justiniano intentará reunificar el Imperio Romano.
P E R I O D I F I C A C I O N
Existen diversos criterios para clasificar las etapas históricas del
Derecho Romano y su evolución. Por lo tanto, principalmente se clasifica
por:
a) organización política.
b) clasificación misma del Derecho.
1) Dº Arcaico: Desde la Fundación de Roma (-753) hasta el 1º Tercio del
Siglo III.[2]
2) Dº Clásico: Desde el Siglo III a.C. al Siglo III d.C (230)
3) Dº Post-Clásico: Desde el Siglo III d.C. (230) al año 565 (muerte de
Justiano).
4) Justiniano: Es bizantino hasta la caída del Imperio de Oriente (1453).
Derecho Arcaico:
Es consuetudinario. Sus fuentes eran los Mores Maiorum, pasa de generación
en generación. Es ritualista, rígido y formalista; y en lo jurídico está
mezclado con lo religioso.
El procedimiento se denomina Legis Actiones y contempla los procedimientos
(declarativo y ejecutivo). Estas leyes se publicarán en la Ley de las Doce
Tablas. Era un Derecho exclusivo para los romanos, el que se denominó
Derecho Quiritario. En la organización política este Derecho coincidía con
la Monarquía Etrusca.
Derecho Clásico:
Desde el término de la Segunda Guerra Púnica llegan a Roma Peregrinos, con
esto los romanos se dan cuenta de que su Derecho Quiritario es insuficiente
para solucionar los conflictos suscitado entre romanos y peregrinos. Surge
así la figura del Pretor, quien crea un nuevo Derecho, construyéndolo paso
por paso, basado en un Derecho Común denominado Derecho Pretoriano o
Derecho Común a todas las Gentes.
Este Derecho es más flexible, más ducto. La principal fuente del Derecho
era la Jurisprudencia o Ciencia de los Justos.
Cabe destacar que los romanos no utilizaban la expresión Derecho, sino que
hablaban del Ius, en donde el uso de la fuerza fue la primera solución a
los conflictos.
El procedimiento formulario es la verdadera fuente de creación del Derecho
Pretoriano.[3]
Un juez es elegido por común acuerdo de las partes. Este emite una opinión
justa respecto al caso.
In Iure etapa (Derecho Pretor)
Apud Iudicen Juez - Hechos
El Pretor no sabe Derecho, pero se encuentra asesorado por los Juristas, al
igual que le Juez.
El Pretor es uno solo y sólo tiene competencia para ver la cuestión de
derecho. El Juez sólo dicta la orden.
En Roma no existe la Ley, sino soluciones justas.
Derecho Post - Clásico:
Se denomina Cognitio Extraordinarium. Aquí el Juez no es un particular, se
convierte en un empleado público. El Emperador cumple la misma función del
Pretor. Pasa a ser luego Juez y comienza a delegar funciones, creándose
así un sistema burocrático, paralelo a su decadencia.
En el Derecho Clásico, en el Edicto del Pretor estaban contenidas las
acciones procesales. Contenía excepciones procesales. Este Derecho era
casuista, pero se adaptaba a casos particulares. la máxima preocupación era
lograr equidad. Este procedimiento Judicial Formulario fue usado hasta la
época de Augusto.
Edicto Perpetuo: Encargado por el Emperador. El Pretor pierde su capacidad
creadora, pues las soluciones se encuentran en el Estado.
Se crea una Cancillería de Pretores que pasan a ser funcionarios públicos,
perdiendo en su libertad de actuar y ganar.
Las Instituciones jurídica clásicas se vulgariza, así también como el
Derecho, que se mezcla con el Derecho de los Pueblos subyugados por el
Imperio.
La fuerza del Derecho pierde constancia y pasa al mando del emperador. Así
también decae el Procedimiento.
O R G A N I Z A C I O N P O L I T I C A
1º.- Monarquía Etrusca: Año 753 a.C. o bien la fecha de la Ley de las XII
Tablas (450-41 a.C.) Caper Juris Civiles hasta la muerte de Tarquino
el Soberbio (509 a.C.).
2º La República: Desde el año 509 a.C. al 27 a.C.
3º.-Principado: Desde el 27 a.C. al año 14 d.C. (muerte de Tiberio Graco).
Período de la Pax Romana.
4º.-Alto Imperio: Desde el año 14 d.C. al año 285 d.C.. El Emperador es
considerado Primero entre Sus Iguales ciudadanos.
5º.-Bajo Imperio: Desde el año 285 al año 476. El Emperador es Dominante y
los ciudadanos son Súbditos.
6º.-Imperio Bizantino: Desde el año 476 al año 565.
Organos Políticos de la Monarquía.
Rey
Senado
Comicios por Curias
Pueblo
Rey: Jefe político, administrativo, religioso, militar y juez. Su cargo es
electivo y lo ejerce de modo vitalicio. Al morir designa a su sucesor y
dependiendo de la Decisión del Colegio de los Augures, se notificaba o
rechazaba al Designado. Los Comicios por Curias otorgaban la Investidura a
través de la Ley Cureta Imperio.
Senado: Lo constituyen Cien Paters Familia. Es de carácter consultivo,
asesoran al emperador. Sus componentes tienen derecho a voto en la elección
del Rey, quien antes de morir proponía a su sucesor.
Comicios por Curias: Valuarte del Rey. Son 30 miembros, tres agrupaciones
de diez miembros cada una.
El Rey consideraba más al pueblo que al Senado, lo que les molestaba a los
Pater Familias. Así, el Rey fue depuesto y se reemplaza por dos Cónsules,
dándose inicio al período republicano en la historia romana.
Adrogatio o Adopción de un Pater Familia por otro Pater, se
colocaba bajo protección de otro. Además, quien es
adoptado debe renunciar a sus Dioses Familiares
originarios.
Pueblo Lo componen todos los ciudadanos romanos mayores de 14 años
(púberes). Defienden la ciudad, aclaman al rey, ejercen actos jurídicos
solemnes, por ejemplo otorgan testamentos.
24-III-97
L A R E P U B L I C A
La Revolución de provoca la caída de la monarquía se origina al interior
del Senado debido a que sus componentes consideran que el Rey no les
respetaba sus mínimas facultades.
Dos Magistrados (Cónsules) asumen el papel del Rey. Ejercen la plenitud de
sus facultades
...