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El Trabajo como Derecho y como Deber


Enviado por   •  26 de Mayo de 2022  •  Ensayos  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  202 Visitas

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  1. El Trabajo como Derecho y como Deber.

Cuando hablamos de trabajo (empleo) debemos referirnos a éste  como; toda actividad realizada por el hombre con el propósito de producir bienes y servicios que le permita satisfacer sus necesidades y las de los demás. La cual  puede llevarse a cabo de dos formas: manual (que implica esfuerzo físico) o intelectual (que implica esfuerzo mental). Ahora bien, la concepción de la noción de trabajo lleva a dar por entendido que cuando un individuo realiza una determinada actividad productiva se lo recompensa con salario, que es el precio que se le pone dentro del ámbito laboral a la labor que él lleva a cabo.

Cuando hablamos del Trabajo como derecho y como deber. Hago incapie en que el trabajo es un derecho fundamental (Derecho Humano), sin el cual no podríamos desarrollar otros derechos intrínsecamente relacionados a éste.

En el artículo 03 de nuestra Constitución está estipulado taxativamente (Que no admite discusión o que corta cualquier posibilidad de réplica) que tanto la educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar los fines del Estado hacia una Sociedad Justa y amante de la paz. Igualmente nuestra Carta Magna contempla la preeminencia de los derechos humanos, al establecer que "los tratados, pactos y convenios relativos a (éstos), suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público" (Art. 23), y también aparece previsto que toda persona debe promover y defender los derechos humanos como fundamento de la "convivencia democrática y de la paz social" (Art. 132).

En el art. 89 Constitucional hace mención que el trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Y en base al artículo anterior; el art. 91 CRBV menciona que; todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Otro artículo Constitucional  referenciados a al tema es el art. 93 donde se expresa que; La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos.

En cuanto a la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras en su art. 26 tipifica en específico al tema lo siguiente: Toda persona tiene el derecho al trabajo y el deber de trabajar de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, y obtener una ocupación productiva, debidamente remunerada, que le proporcione una existencia digna y decorosa.

Ya en el ámbito internacional sobre el trabajo como derecho y como deber y en el contexto de prerrogativas1, Venezuela es país miembro del Sistema de las Naciones Unidas y figura entre los fundadores de la OIT y en su ordenamiento jurídico cuenta con disposiciones orientadas a proteger los derechos fundamentales laborales.

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