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El feminicidio en México

miguel140719Documentos de Investigación6 de Diciembre de 2019

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EL FEMINICIDIO

El feminicidio en México

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Maestra: Verónica Bazán Ortega

Alumna: Torres Hernandez Nhur Denise

Materia: Técnicas de Investigación Jurídica

Ciclo Escolar: 2020-1

 

INTRODUCCIÓN

En ese trabajo explicamos al feminicidio desde diferentes autores tomando en cuenta diferentes puntos de vista, entendiendo desde la parte histórica de donde proviene la palabra Feminismo, para así tener una concepción más clara de los temas, adentrando al feminismo a la historia de un país como México, y comprender como sin importar la existencia de la palabra, había estado presente durante años en la sociedad. Tomando en cuenta la influencia del ámbito social en el que se encuentren los gobernados para la esquematización de la violencia en contra de la mujer.  

Se analizará la propuesta para la incorporación del feminicidio a nuestro código Penal, así como los motivos enunciados para la misma en nuestra legislación mexicana. Se plantean conclusiones relevantes para evitar la discriminación dentro de nuestra sociedad, analizando si alguno de los planteamientos atenta contra nuestra carta magna, declarando lo propuesto como improcedente.

Enmarcaremos como es que la violencia basada en el género permite el dominio sobre las mujeres, al ejercer control sobre sus cuerpos, su sexualidad y sus vidas. Convirtiéndose en parte de la discriminación que por razón de género viven las mujeres, porque se ejerce como mecanismo de sujeción, como castigo y venganza y es funcional a la prevalencia de condiciones de exclusión, marginación, explotación, subordinación de las mujeres.

Como interactúa un tipo penal como el feminicidio con los demás  países y en la búsqueda de la erradicación y prevención   de los homicidios en razón de género.

Como los nuevos grupos en busca de justicia se unen para demostrar que, al violentar a una mujer, se amenaza a todas.  El análisis de datos cuantitativos en cuestión de homicidios y feminicidios nos arroja datos de gran importancia para la colectividad.

  • Definición de feminicidio y su surgimiento.

El alumbramiento del término feminicidio surge del concepto de genericidio, utilizado por primera vez por la antropóloga norteamericana Mary Anne Warren en su obra pionera Gendercide: The Implications of Sex Selection (Genericidio: las implicaciones de la selección por sexos), publicado en una fecha tan reciente como 1985, y en la que la autora establece que, estadísticamente, las mujeres en edad reproductiva tienen mayores probabilidades de ser mutiladas o asesinadas por hombres que de fallecer por enfermedades, incluidos el cáncer y las enfermedades infectocontagiosas, accidentes de tránsito y laborales y guerras todas juntas sumadas. Esto provoca que, demográficamente, habiten el planeta aproximadamente 200 millones menos de mujeres de las que deberían existir de acuerdo a la tasa de natalidad y expectativa de vida promedio que detentan, ya que, según estadísticas de la ONU, casi 3 millones de mujeres perecen cada año como consecuencia de la violencia de género, entre cuyas manifestaciones más típicas se encuentran:

  • Aborto de los fetos de niñas basado en una selección deliberada.
  • Infanticidio en los países en los que se prefiere a niños varones.
  • Falta de comida y atención médica, que se desvía hacia los miembros masculinos de la familia.
  • Los llamados “asesinatos de honor” y las muertes de dote.
  • Tráfico de mujeres.
  • Violencia doméstica

El término feminicidio propiamente dicho deriva de la castellanización del término feminicide, que comenzó a utilizarse en el mundo angloparlante para describir las muertes producto de la violencia de género contra las mujeres, luego de la discusión que generó la obra de Warren, y fue utilizado por primera vez por la antropóloga mexicana Marcela Lagarde  , para describir el sistemático asesinato de niñas y mujeres en Ciudad Juárez (Estado de Chihuahua) y Ciudad de Guatemala, ya a principios de la década de 1990.  Marcela Lagarde dice que el feminicidio es “el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, el desarrollo, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. El feminicidio se conforma por el ambiente ideológico y social de machismo y misoginia, de violencia normalizada contra las mujeres, por ausencias legales y de políticas de gobierno, lo que genera una convivencia insegura para las mujeres, pone en riesgo la vida y favorece el conjunto de crímenes que exigimos esclarecer y eliminar.

¿El feminicidio es un tipo que impacta solo a México?

Cuando se nombra la palabra feminicidio; hablamos de un fenómeno visibilizado durante milenios, de un hecho normalizado desde los inicios de la sociedad humana global. El asesinato de las mujeres por el hecho de ser mujeres cometido por hombres, la definición más básica y que debería aparecer en los diccionarios; es tan difícil de comprender y de asimilarse socialmente que nos vemos en la necesidad fáctica de situarlo en el centro mismo de la barbarie. El asesinato de las mujeres no se distingue entre países del norte o del sur, ni clases sociales, ni origen étnico. Si no es cuyo impacto planetario se manifiesta con sus particularidades en cada sociedad y que aún hoy, en ciertos contextos, intenta ser silenciada y desmantelada por el discurso dominante: patriarcal, androcéntrico y misógino. El feminicidio constituye una forma de barbarie, por actos violentos de los criminales y yuxtaponerlos con las estructuras sociales de determinada región y las diferencias de poder en la jerarquía del poder sexual. El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. (ARNEZ ROJAS LINDA, MARIA ROSELIN, 5-sep-2018)

  • Motivación para la creación del tipo penal en México.

Iniciativa para tipificar el feminicidio, presentada el martes 8 de marzo de 2011.

La diputada Teresa del Carmen Inchaustegui romero, a nombre de la comisión especial para conocer y dar seguimiento puntual y exhaustivo a las acciones que han emprendido las autoridades competentes en relación al feminicidio registrados en México, y diputadas  así como diputados de diversos grupos parlamentarios proponen la iniciativa que buscara reformar y adicionar diversas disposiciones  al código penal federal para tipificar el feminicidio, así como del código de procedimientos penales y la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.  

Dentro de la exposición de motivos para la integración y reconocimiento del feminicidio a nuestro Código Penal Federal podemos encontrar al derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación, ya que ha sido consagrado y establecido a nivel nacional e internacional.

 Partiendo de la discriminación como algo insoslayable a la mujer, utilizando instrumentos internacionales que reflejen un consensuo y reconocimiento por parte de los Estados sobre el trato discriminatorio que reciben las mujeres en muchos países.

El asesinato es sin duda una de las consecuencias más cruentas de la violencia feminicida que se compone de todas las muertes violentas y evitables de las mujeres. Esta violencia es resultado de situaciones inseguras, agresivas y dañinas, vividas por mujeres tanto en lo público como en lo privado y que finalmente conducen a su muerte: niñas privadas de la vida desde el momento de su nacimiento en Asia; mujeres madres que mueren por falta de alimento o falta de atención médica; o que son privadas de la vida en conflictos comunitarios y aún por sus parejas o exparejas y que suman millones de muertes evitables. Por lo que se considera que es necesario contar con mecanismos para atender, prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, en todos los ámbitos de ocurrencia.

  • El impacto histórico en la mujer y sus ámbitos.

La violencia contra las mujeres es también por ende histórica. En el Mundo Antiguo (Grecia y Roma) porque se consideró a las mujeres propiedad privada de los hombres, pater familias del OIKOS. En el Estado moderno porque en sus orígenes (siglos XVIII y XIX) no fueron consideradas sujetos de derechos ni ciudadanas. De ahí que todavía en el Estado Liberal, el monopolio de la violencia legítima del Estado, para aplicar castigos y hacer valer el respeto a los derechos privados, individuales, de los ciudadanos, no incluía la prohibición de la violencia hacia las mujeres en el seno de la familia, donde el padre o jefe de familia podía ejercerla como parte de sus prerrogativas de autoridad como marido.

Por lo tanto la mujer se ha encontrado por muchos años en estado de indefensión ante la aprobación del estado para que el padre-esposo pudiera  ejercer legítimamente en casa la misma violencia que el Estado ejercía al castigar y penalizar a los individuos con conductas antisociales.

Desde esta manera, la discriminación de las mujeres marca con sello indeleble desde el origen de las sociedades modernas, su relación con el derecho y la justicia, en el sentido de separar, distinguir y diferenciar con un trato desigual, de inferioridad o minusvalía, a las mujeres tanto en la letra como en las prácticas de la justicia.

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