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Entorno Económico de México Sesión 1: Sistema financiero mexicano

Kofarm Para la GranjaResumen20 de Octubre de 2017

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Maestría en Administración de Negocios

Entorno Económico de México

Sesión 1: Sistema financiero mexicano

Primer cuatrimestre

Comisión nacional bancaria y de valores

Facultades principales:

  1. Realizar la supervisión de las entidades financieras.
  2. Dictar normas de registro de operaciones aplicables a las diferentes entidades.
  3. Fijar las reglas para las estimaciones de activos, así como de las obligaciones y responsabilidades de las diferentes entidades de acuerdo con lo que dictamina la ley.
  4. Expedir normas de acuerdo con la información proporcionada por las entidades.
  5. Ser un órgano de consulta del gobierno federal en materia financiera.

Beneficios a la sociedad:

Los diferentes beneficios que aporta esta comisión es la regulación y supervisión entre otras cosas de las diferentes entidades que comprenden el sistema financiero lo cual nos permite tener un sistema más sano y con un mayor control.

Banco de México

Facultades principales:

  1. Regula la emisión y circulación de la moneda en el territorio mexicano.
  2. Ser el banco de reserva en última instancia para instituciones crediticias.
  3. Ser asesor del gobierno federal en materia económica y financiera.
  4. Dar servicio de teoría al gobierno federal.
  5. Ser participe en el fondo monetario internacional.

Beneficios a la sociedad:

La promoción de un sano desarrollo de los diferentes sistemas financieros a través de las regulaciones de los diferentes créditos que otorgan las instituciones bancarias; así como la regulación de la política monetaria e inflación.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)

Facultades principales:

  1. Realizar la inspección y vigilancia que conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS) y la Ley Federal de Instituciones de Fianzas le competen (LFIF).
  2. Actúa como órgano de consulta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), tratándose del régimen asegurador y afianzador.
  3. Interviene en la Secretaría de Hacienda dando su opinión sobre la interpretación de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en caso de duda respecto a su aplicación.  
  4. Provee las medidas que estime necesarias para que las instituciones de fianzas cumplan con las responsabilidades contraídas con motivo de las fianzas otorgadas.
  5. Provee las medidas que estime necesarias para que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros cumplan con los compromisos contraídos.

Beneficios a la sociedad:

Regula y vigila las diferentes instituciones de seguros y finanzas lo que le permite a la sociedad tener una mayor confianza en las instituciones que conforman este rubro, esto también brinda seguridad a la sociedad, nos indica que se tiene un organismo serio que constantemente están tomando medidas para mejorar a las instituciones de seguros y finanzas.

Comisión Nacional de Sistemas de Ahorro para el Retiro

Facultades principales:

  1. Regular mediante la expedición de disposiciones de carácter general, lo relativo a la operación de los sistemas de ahorro para el retiro, la recepción, depósito, transmisión y administración de las cuotas y aportaciones correspondientes a dichos sistemas.
  2. La elaboración y publicación de estadísticas y documentos relacionados con los sistemas de ahorro para el retiro.  
  3. Debe emitir la regulación a la que se sujetarán los participantes en los sistemas del retiro. 
  4. Emitir reglas de carácter general para la operación y pago de los retiros programados.
  5. Rendir el informe semestral al Congreso de la Unión sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro 

Beneficios a la sociedad:

Brinda seguridad y confianza a la sociedad ya que se tiene cierta incertidumbre al momento de elegir nuestro sistema de ahorro; de igual manera este tipo de organismo ayuda a que se tenga instituciones serias dentro de este sistema

Cibergrafía

Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (28 de abril de 1995). LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. 07-10-2017, de CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓ Sitio web:

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