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Estudiar el fraude fiscal aduanero del tráfico ilegal de combustible y GLP

MELANIE NICOLE MUELA GAVILANESTrabajo19 de Julio de 2021

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UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS – ESPE

CARRERA DE COMERCIO EXTERIOR

ASIGNATURA:

GESTIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA.

TEMA:

Estudiar el fraude fiscal aduanero del tráfico ilegal de combustible y GLP (Gas licuado de petróleo) en la frontera de Ecuador-Colombia, durante el periodo 2019-2020. “Mediante un estudio exploratorio descriptivo con el fin de analizar el control en el territorio aduanero”.

INTEGRANTES:

ALENNISE CENTENO

MARCELO CAHUEÑAS

DOMÉNICA GUAYANLEMA

ANGÉLICA LUZURIAGA

FRANKLIN MANCHENO

MELANIE MUELA

VICENTE YANEZ

JUNIO 2020

Contenido.

Definición y Justificación del Problema.        3

1.        Sistema de Objetivos        4

1.1        Objetivo General        4

1.2        Objetivos Específicos        4

2.        Hipótesis/ Idea a defender        4

3.        Metodología.        5

4.        Marco Legal        6

5.        Marco teórico        14

6.        Resultados esperados.        18

7.        Viabilidad        32

8.        Conclusiones:        33

9.        Recomendaciones.        35

10.        Cronograma (Diagrama de Gantt usando MS Project)        36

11.        Bibliografía.        37

12.        Anexos.        38

PROYECTO INTEGRADOR DE GESTION ADUANERA Y TRIBUTARIA.

Definición y Justificación del Problema.

El Servicio de SENAE ubicada en la republica del ecuador, es un servicio para la ciudadanía en general que incluye a los operadores de comercio exterior que importan y exportan productos al territorio ecuatoriano, los mismos que regulan la entrada y salida de recursos renovables y no renovables.

Este, es el encargado de la evasión fiscal aduanera que procede en la frontera ecuatoriana con Colombia, la evasión fiscal es una actividad ilícita en las que incurren personas y  grupos asociados que ocultan bienes o ingresos a las autoridades tributarias, con el fin de pagar menos impuestos y lucrar de manera ilícita. Con el esfuerzo de las autoridades fronterizas de mejorar y agilitar los procesos dentro de aduanas, actualmente siguen encontrándose evasión fiscal principalmente de combustibles y otros.

En el presente trabajo analizaremos las principales causas y efectos que la evasión fiscal trae consigo, además observar con claridad que eficiente es la aduana fronteriza nor-ecuatoriana al momento de tratar el tráfico ilegal de combustible y GLP (Gas licuado de petróleo) en el periodo 2019-2020,y las pérdidas económicas en el lapso correspondiente.

TEMA: Estudiar el fraude fiscal aduanero del tráfico ilegal de combustible y GLP (Gas licuado de petróleo) en la frontera de Ecuador-Colombia, durante el periodo 2019-2020. “Mediante un estudio exploratorio descriptivo con el fin de analizar el control en el territorio aduanero”.

  1.  Campo de investigación (línea y sub-línea de investigación del Departamento).

La línea de investigación de la ESPE en la que está inmerso el departamento de Ciencias Económicas Administrativas y de Comercio.

  1. Sistema de Objetivos

  1. Objetivo General

Evaluar el control de contrabando de combustibles derivados del petróleo y Gas GLP en la frontera Norte Ecuador-Colombia, realizados por el Servicio Nacional De Aduanas del Ecuador (SENAE).

  1. Objetivos Específicos

  • Analizar la cantidad aproximada de perjuicio al estado por el contrabando de combustibles y Gas GLP en la frontera Norte Ecuador - Colombia.
  • Analizar la aplicación de políticas internacionales y procedimientos para evitar el contrabando de combustibles derivados del petróleo y Gas GLP en la frontera Norte Ecuador - Colombia.
  • Examinar la afección de las arcas del. Estado debido al contrabando de combustibles derivados del petróleo y Gas GLP, debido a la pérdida por subsidios a los combustibles.
  • Crear una posible solución para mejorar el control fronterizo y garantizar la tributación de aranceles correspondientes a los combustibles.
  1. Hipótesis/ Idea a defender  

El presente trabajo muestra un análisis socio-económico de operaciones ilícitas de tráfico ilegal de combustibles y GLP (Gas licuado de petróleo) por la frontera nor-ecuatorial que divide al territorio con el país Colombiano y a los esfuerzos del gobierno nacional por contrarrestarlo, hacia los cuales se han ejecutado controles prioritarios durante el periodo 2019-2020 en el que se enfoca la presente investigación, de haberse concretado el ilícito significarían pérdidas económicas significativas al Ecuador, puesto que el monto que el Estado utiliza para cubrir los subsidios al expendio de hidrocarburos  asciende anualmente.

Posterior a controles fronterizos en antagonismo con el contrabando de combustibles por parte de Las Fuerzas Armadas Ecuatoriana se analizan además las irregularidades referentes a su comercialización pues según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI) alrededor del 30% de ventas de gasolina no se facturan.

  1. Metodología.

MÉTODO: Investigación Documental.

Síntesis bibliográfica

Sistematización bibliográfica.

Consiste en someter el objeto de estudio a una serie de procesos para dar a conocer cuáles son las principales causas o motivos para que se dé la evasión fiscal de combustibles y GLP.

Recopilación de información.

Investigación documental que explique la razón o el motivo por el cual en las fronteras de Ecuador existe evasión fiscal aduanera y que medidas toma la entidad encargada de controlar la entrada y salida de mercancías del país SENAE.  

  • Investigación cualitativa.

Indagar en medios de información las acciones de evasión de impuestos que realizan los ciudadanos y/o grupos asociados, además encontrar los beneficios de los mismos y evaluar las fallas contractuales que existe dentro del sistema.    

Encontrar los efectos de la evasión de impuestos y que causas o repercusiones existe en el país y como afecta en la balanza de pagos la salida y entrada no regulada por el Servicio Nacional de Aduanas (SENAE).

  • Investigación cuantitativa.

Investigación estadística en el periodo de (2019 – 2020) de las irregularidades que existen en la frontera de Ecuador - Colombia debido a la evasión fiscal aduanera.

  1. Marco Legal

La presente investigación tendrá su fundamento legal basada en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, específicamente dentro del Capítulo II. De la Obligación Tributaria Aduanera.  

Art. 107.- Obligación Tributaria Aduanera.- La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y al cumplimiento de los demás deberes formales.

Art. 108.- Tributos al Comercio Exterior.- Los tributos al comercio exterior son:

a. Los derechos arancelarios;

b. Los impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias, cuyos hechos generadores guarden relación con el ingreso o salida de mercancías; y,

c. Las tasas por servicios aduaneros.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador mediante resolución creará o suprimirá las tasas por servicios aduaneros, fijará sus tarifas y regulará su cobro.

Los recargos arancelarios y demás gravámenes económicos que se apliquen por concepto de medidas de defensa comercial o de similar naturaleza, no podrán ser considerados como tributos en los términos que establece el presente Código, y por lo tanto no se regirán por los principios del Derecho Tributario.

Art. 109.- Hecho Generador de la Obligación Tributaria Aduanera.- El Hecho Generador de la obligación tributaria aduanera es el ingreso de mercancías extranjeras o la salida de mercancías del territorio aduanero bajo el control de la autoridad aduanera competente.

Sin perjuicio de lo expuesto, no nace la obligación tributaria aduanera, aunque sí se sujetan al control aduanero, las mercancías que atraviesen el territorio aduanero nacional realizando un tránsito aduanero internacional al amparo de la normativa aplicable a cada caso, o las que ingresen al territorio aduanero como parte de una operación de tráfico internacional de mercancías, con destino a un territorio extranjero, incluido el régimen de transbordo. Tampoco nace la obligación tributaria aduanera, aunque sí la obligación de someterse al control aduanero, respecto de las mercancías que arriben forzosamente, salvo que la persona que tenga el derecho de disponer sobre dichas mercancías exprese mediante la respectiva declaración aduanera su intención de ingresarlas al territorio aduanero nacional.

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