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Fallo Patito


Enviado por   •  20 de Abril de 2013  •  609 Palabras (3 Páginas)  •  3.314 Visitas

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Nombre del Fallo: “Patitó, José Ángel y otro c/ Diario La Nación y otros”

Fecha: 24/06/2008

Hechos del Caso:

Dos médicos del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación demandaron por daños y perjuicios al diario La Nación y Jorge Berri, periodista, por unas noticias publicadas que criticaban el funcionamiento de ese organismo público, que según ellos, dichas noticias afectaron sus derechos a la intimidad y al honor por ser inexactas. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Cámara Nacional de Apelaciones, Sala H, rechazan la demanda hacia el periodista, pero si condenan al diario a resarcir los daños causados. Contra dicho pronunciamiento el diario “La Nación” interpuso el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja.

Primera Instancia:

Juzgado interviniente:

Síntesis del Fallo: Rechazan la demanda contra el periodista, ya que consideraron que éste, solo se había limitado a hacer su trabajo exponiendo lo sucedido, pero condenan al diario a resarcir los daños causados. La defensa apela.

Segunda Instancia:

Tribunal interviniente: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H.

Síntesis del fallo: Al igual que en Primera Instancia, la Cámara rechaza la demanda contra el periodista, pero no contra el diario “La Nación”, y agrega, que no es posible la aplicar el “principio de la real malicia”, ya que lo redactado por el periodista consistía en opiniones, y este termino no entra dentro del principio antes mencionado. Interponen recurso extraordinario, cuya denegación da origen a la queja,

Distintas Opiniones: Unánime.

Fallo de la Corte:

Numero y nombre de los jueces que integran la mayoría: Son 7 los votos, es unánime, pero 3 de ellos se explayan según su voto. El Dr. Ricardo Luís Lorenzetti; la Dra. Elena I. Highton De Nolasco; el Dr. Carlos S. Fayt; el Dr. Enrique Santiago Petracchi; el Dr. Juan Carlos Maqueda; el Dr. E. Raúl Zaffaroni y la Dra. Carmen M. Argibay.

Síntesis del voto: La Corte no considera que el diario “La Nación” sea responsable de ningún hecho por el cual se lo demanda. La aplicación de la real malicia debe ser probatoria y en este caso, nada ha podido probarse. Consideran que dando lugar a lo que se denuncia se colocaría a la libertad de expresión, en un lugar desmerecido a ella, ya que en realidad se la considera uno de los pilares más importantes para una democracia republicana, que las opiniones o criticas hacia persona publico no pueden ser demandadas.

Decisión que se adopta: Se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda.

Opiniones concurrentes:

Nombre y numero de quienes las emiten: Son 3, por un lado se encuentra la Dra. Elena I. Highton de Nolasco, por el otro el Dr. Enrique Petracchi, y por ultimo el Dr. Juan Carlos Maqueda.

Síntesis de cada una de ellas: La Dra. Highton de Nolasco, explica que hubo una investigación acerca de la situación planteada por el diario “La Nación”, por lo tanto no es posible adjudicarle la real malicia a la editorial. Luego, Enrique Petracchi, comprende que es inaplicable la real malicia ala opiniones, ideas o juicios de valor, que es lo que se plantea en lo publicado por la editorial, y hace comparaciones con otras dos opiniones empleadas por el en fallos distintos; y por ultimo el Dr. Juan Carlos Maqueda, explica que las personalidades publicas tienen mayor acceso y posibilidades a recurrir ante estas cosas, pero es deber por una democracia justa, que no haya censura para estas cuestiones de índole publico.

Breves conclusiones personales del fallo:

Concuerdo lo fallado por la Corte, ya que es muy común escuchar y ver como los funcionarios públicos, de cualquier índole, intentan llevarse el mundo por delante cuando se presentan este tipo de situaciones, o verdades que salen a la luz de ellos.

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