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Fiscalización Tributaria En Venezuela

Eucarlina YanezExamen28 de Septiembre de 2021

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[pic 1]REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO

PROYECTO DE CARRERA:

UNIDAD CURRICULAR:

Fiscalización Tributaria

En Venezuela

TUTOR:                                                                            AUTOR:

RICHARD TOVAR                                                          KELVIN PEÑA 22.710.296  

PUERTO ORDAZ, SEPTIEMBRE DE 2021.

Índice

Introducción…………………………………………………………………..3

Potestad De Investigación Tributaria Dentro Del Ordenamiento Jurídico……4

El Ordenamiento Jurídico………………………………..…………...5

La descentralización político administrativa…………………………..5

Ejemplificar Acerca Del Alcance De La Facultades Fiscalizadoras E

 Inicio  Del Procedimiento De Fiscalización Y Determinación Tributaria Según

El Código orgánico tributario………………………………………………….7

Explicar Las Sanciones Contenidas En El Ordenamiento Jurídico Relacionadas

Al Procedimiento De Fiscalización Y Determinación Tributaria……………..9

 Los Ilícitos Tributarios Y Sus Sanciones……………………………..9

Normas Para Calcular Las Sanciones………………………………….10

Conclusiones Y Recomendaciones……………………………………………12

Referencias Bibliográficas…………………………………………………….13

INTRODUCCIÓN

En los últimos años, el principal objetivo del gobierno, ha sido el de incrementar los ingresos a través de fondos provenientes de fuentes de financiamiento durables. En este sentido, a efectos de cumplir con tal fin, se dio inicio a la reforma de los sistemas tributarios así como al fortalecimiento y modernización de las administraciones tributarias. Conforme a lo anterior, básicamente la reforma de los sistemas tributarios comprendió los siguientes aspectos: a) la modernización de los sistemas de recaudación; b) el desarrollo de los modelos organizacionales y de recursos humanos al interior de las administraciones tributarias; e) la efectiva aplicación de las normas y procedimientos tributarios; d) innovaciones en los sistemas de información de la administración tributaria; e) mejoras en los servicios de asistencia al contribuyente; y, f) el fortalecimiento de las facultades de fiscalización de la administración tributaria. La evasión fiscal es la principal causante de la fiscalización pues afecta de forma significativa el presupuesto público, provocando con ello que sólo existan recursos para cubrir las necesidades básicas de la población y que no exista desarrollo en el país, es decir, como los recursos del Estado no son suficientes se deja de  invertir en educación, tecnología, salud pública, infraestructura, entre otros., lo cual conduce al país a problemas más serios como son el rezago educativo y el desempleo, y éstos a su vez, traen consigo otros problemas sociales como la pobreza, la delincuencia, drogadicción y demás, que lejos de ayudar al país lo perjudican seriamente e impiden su crecimiento.  Debido a la gran cantidad de personas bien sean naturales y jurídicas que evadían impuestos se decidió realizar este plan para organizar y mejorar la gestión tributaria nacional y periódicamente debería realizarse  un juicioso ejercicio de planeación que se plasme en un documento oficial suscritos por los ejecutivos nacionales y este será el instrumento de política fiscal que fije los derroteros de la administración tributaria, estudiando en este trabajo todo lo referente al tema y visualizándolo desde diferentes puntos de vista.

POTESTAD DE INVETSIGACION TRIBUTARIA DENTRO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO

La Administración comprobará e investigará ¡os hechos, actos, situaciones, actividades, explotaciones y demás circunstancias que integren o condicionen el hecho imponible, donde la comprobación podrá alcanzar a todos los actos, elementos y valoraciones consignados en las declaraciones tributarias y podrá comprender la estimación de las bases imponibles. Donde queda establecido en el artículo 5 del Código Orgánico tributario que dicha potestad se otorgara para:

“Artículo 5. Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a todos los métodos admitidos en derecho, atendiendo su fin y a su significación económica, pudiéndose llegar a los resultados restrictivos o extensivos de los términos contenidos en las normas tributarias.

Las exenciones, exoneraciones, rebajas, desgravámenes y demás beneficios fiscales se interpretarán en forma restrictiva.” CODIGO ORGANICO TRIBUTARIO VENEZOLANO.

Y cabe destacar que las normas de procedimientos tributarios se aplicarán desde la entrada en vigencia de la ley, aun en los procesos que se hubieren iniciado bajo el imperio de leyes anteriores. Ninguna norma en materia tributaria tendrá efecto retroactivo, excepto cuando suprima o establezca sanciones que favorezcan al infractor. Cuando se trate de tributos que se determinen o liquiden por períodos, las normas referentes a la existencia o a la cuantía de la obligación tributaria regirán desde el primer día del período respectivo del contribuyente que se inicie a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley, conforme al encabezamiento de este artículo. El sistema de fiscalización apunta principalmente a disminuir la brecha existente entre lo que los contribuyentes “debieron declarar” y lo “declarado” mediante acciones de fiscalización planificadas, controlando el cumplimiento de las obligaciones tributarias, generando riesgo de detección y sanción con el consiguiente incremento del pago voluntario de los tributos. El proceso de fiscalización por su parte comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad instar a los contribuyentes a cumplir su obligación tributaria; cautelando el correcto, íntegro y oportuno pago de los impuestos. Para esto, el gobierno está autorizado por ley para examinar las declaraciones presentadas por los contribuyentes dentro de los plazos de prescripción que tiene, y revisar cualquier deficiencia en su declaración, para liquidar un impuesto y girar los tributos a que hubiere lugar, y va de la mano con la auditoría tributaria cuya actividad es permanente de fiscalización. Esta consiste en verificar la exactitud de las declaraciones a través de la revisión de los antecedentes y documentación de los contribuyentes.

El Ordenamiento Jurídico

El nuevo Ordenamiento Jurídico Político en Venezuela que se expresa en la Constitución de 1999, donde el modelo político que se construye deberá sustentarse en los recursos financieros que posibiliten la viabilizaría de la nueva interrelación Estado-Sociedad. Esto implica, al mismo tiempo, un criterio diferente para una distribución de los recursos presupuestarios e impositivos, en donde la sociedad al asumir alguna de las funciones estatales, también tendría la responsabilidad de participar en la asignación de estos recursos, imprescindibles para que pueda cumplir con las funciones que se le han delegado. Desde la perspectiva que se asume, el modelo podría conducir a una profundización de la democracia si su orientación articula los tres elementos claves: la descentralización político administrativa del Estado; la descentralización de los recursos financieros hacia las entidades intermedias y menores; y la participación ciudadana autónoma.

La descentralización político administrativa

Ubicamos a la descentralización como parte de los procesos de modernización administrativa puestos en boga en América Latina a partir de finales de los 70 a propósito de las presiones originadas por las modificaciones del modelo económico que requerían una administración eficiente para lograr insertarse en las exigencias impuestas por el avance de la globalización. Las economías de sustitución de importaciones se vieron desplazadas por la implantación del modelo económico de mercado.

En términos generales, la descentralización ha puesto el acento en tres discusiones:

1. La centralización y autonomía regional, que ha dado lugar a diversas posturas y análisis, pero que ha sido resuelta en el proyecto y en la experiencia, mediante enfoques que tienden a privilegiar una mayor autonomía a favor de nuevos mecanismos de acumulación, así como la discusión sobre las intenciones y capacidades de las regiones y lo local para asumir los procesos de planificación que garanticen un proceso político autónomo.

2. Una segunda discusión estaría relacionada con la privatización como mecanismo de eficiencia y reducción del tamaño del

Estado, que son dos elementos fundamentales para la existencia de la economía de mercado. En el marco de la descentralización de competencias se han creado instancias organizacionales de diversa índole, con operatividad privatizada y la valorización e incorporación de la gerencia pública como mecanismo racionalizador de la función pública, ello dentro del marco de lo que se ha denominado modernización de la administración pública.

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