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Fraude y veracidad en la etica empresarial

PuxeTutorial18 de Mayo de 2013

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3. FRAUDE Y VERACIDAD EN LA ETICA EMPRESARIAL

"Estas manos te sacarán el corazón donde albergan y tienen manidas

todas las maldades juntas, principalmente el fraude y el engaño"

Miguel de Cervantes

El ex secretario de las Naciones Unidas, Kofi Annan cuando prologó Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción afirma con absoluta claridad:

La corrupción es una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava la democracia y el estado de derecho, da pie a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana.

Este fenómeno maligno se da en todos los países —grandes y pequeños, ricos y pobres— pero sus efectos son especialmente devastadores en el mundo en desarrollo. La corrupción afecta infinitamente más a los pobres porque desvía los fondos destinados al desarrollo, socava la capacidad de los gobiernos de ofrecer servicios básicos, alimenta la desigualdad y la injusticia y desalienta la inversión y las ayudas extranjeras. La corrupción es un factor clave del bajo rendimiento y un obstáculo muy importante para el alivio de la pobreza y el desarrollo.

La aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción dejará bien claro que la comunidad internacional está decidida a impedir la corrupción y a luchar contra ella. Advertirá a los corruptos que no vamos a seguir tolerando que se traicione la confianza de la opinión pública. Y reiterará la importancia de valores fundamentales como la honestidad, el respeto del estado de derecho, la obligación de rendir cuentas y la transparencia para fomentar el desarrollo y hacer que nuestro mundo sea un lugar mejor para todos. (Las negritas son todas nuestras)

Percepción de corrupción Color verde: países menos corruptos. Granate: países más corruptos. Fuente: Transparencia Internacional

“Plaga insidiosa” “fenómeno maligno”, cómplice del terrorismo y la delincuencia, son algunas de las expresiones más fuertes contra la corrupción y el fraude. Ningún país –que se precie- puede “hacer la vista gorda” a este flagelo que atenta contra la democracia y la calidad de vida de los pueblos.

Lockhed, la compañía de fabricación de aviones pagó millones de dólares a funcionarios del gobierno de Arabia Saudita, Japón, Italia y Holanda con el fin de influenciar las ventas de aeroplanos a esos países. (A.Berleant Multinationals, local practice, and the problem of ethical consistency J.Bus.Eth. 1 (1982) 185-193.

Una de las normas éticas básicas en la ética es la de decir la verdad, tal como lo vimos al estudiar la Etica Fundamental. Esto implica no engañar, no manipular la información dada, no hacer fraude, no extorsionar. Lo contrario a este imperativo moral es el fraude y, una sup-especie de éste, el soborno.

Pero ¿cual es la diferencia entre "comisión" (para asegurar contratos), "facilitación de pago", regalo, y "soborno"? ¿Entre "regalo" y "soborno" hay sólo una diferencia en la cantidad de dinero que se da para obtener lo que se busca ¿Es la "facilitación de pago" sólo un eufemismo para referirse al soborno? ¿Es el soborno un precio incluido en la oferta de un producto? ¿A quien beneficia el soborno? ¿A la totalidad de la empresa compradora o al individuo que se encarga de hacer los contratos en nombre de la empresa y que lucra a costa de la empresa? ¿Es responsable "nuestra" empresa de impedir que funcionarios corruptos de otras empresas lucren a costa de "sus" empresas? ¿Es responsabilidad de nuestra" empresa impedir que hayan entre nosotros funcionarios que lucren personalmente a costa de "nuestra" empresa? ¿Es responsabilidad de "nuestra" empresa advertir a los directivos de la empresa de la competencia -de forma anónima- de que hay pruebas de que un determinado funcionario está lucrando con soborno y haciéndoles fraude? Estas son algunas de las preguntas que intentaremos abordar a lo largo de este tema.

La Cámara Internacional de Comercio (ICC) que es la organización no gubernamental que aglutina las instituciones ocupadas en el comercio internacional aprobó un trascendente documento sobre el tema del fraude titulado Report on Extortion and Bribery in Business Transactions (1996) y en su contenido se dice que:

"Desde un punto de vista económico, la extorsión y el soborno son indeseables porque reducen la eficiencia del sistema económico; esto es, impiden o dificultan el logro del mayor grado posible de bienestar social, creando una externalidad negativa que incrementa los costos o reduce la eficiencia de, al menos, algunos agentes económicos (sin el mayor bienestar de los beneficiarios compensando la pérdida de las partes perjudicadas). Ellos generan, por otra parte, un juego de suma negativa que puede proporcionar un beneficio considerable a algunos agentes pero que es (relativamente) perjudicial a la sociedad como conjunto. Más aún, su presencia habitual en la sociedad genera incentivos perversos desde el momento que desvían los comportamientos económicos de las actividades personales y socialmente eficaces a las que buscan un lucro ineficiente. Y, finalmente, el ofrecimiento o el otorgamiento de soborno puede constituir actos de competencia desleal"

A. DEFINICION DE FRAUDE y SOBORNO

Según la Real Academia Española de la lengua, fraude significa:

1. engaño, inexactitud consciente, abuso de confianza que prepara o produce un daño,

2. delito que comete el encargado de vigilar la ejecución de contratos públicos o privados, confabulándose con los intereses opuesto,

3. los actos del deudor, generalmente simulados y rescindibles, que dejan al acreedor sin medio de cobrar lo que se le debe (Ej., Enron, Madoff, World.com)

Dicho en otras palabras: es la conducta de valerse de oportunidades que difícilmente serán conocidas por el público para apropiarse de bienes (o dineros) de particulares, de la empresa o de la sociedad, en beneficio propio o de la empresa involucrada.

El fraude toma la forma de soborno cuando, como lo define la Real Academia, se corrompe a alguien con regalos para conseguir de él algo que es inmoral o ilícito. Puede sobornarse a los auditores contables para que “maquillen” el informe contable, o puede pagarse a funcionarios públicos para que otorguen favores indebidos a la empresa.

Los actos de sobornos suelen denominarse por eufemismos tales como: comisiones, regalos, recompensas, etc.

Una comisión, como conducta ética y legalmente aceptable, se define como la cantidad que se cobra por realizar una venta por cuenta de otro. Se denomina comisión activa al acto de dar una comisión y comisión pasiva el acto de recibirla.

El pago de comisiones es un acto moralmente aceptable en ciertas condiciones y dentro de ciertas finalidades. Para el Código de Comercio del Uruguay es legítima la Comisión que se refiere en art.244 definiéndola como el mandato, cuando tenga por objeto un acto u operación de comercio y sea comerciante o agente mediador del comercio el comitente o el comisionista. En el Art. 277 del Código de comercio se habla que el comitente estará obligado a abonar al comisionista el premio de comisión, salvo pacto contrario. Y si falta el pacto expresivo de la cuota, se fijará ésta con arreglo al uso y práctica mercantil de la plaza donde se cumpliere la comisión.

Por otra parte, los regalos también son procedimientos éticamente correctos si se hacen en determinadas circunstancias y finalidades. El regalo "honorífico" o "simbólico" es un acto de publicidad de la empresa para con sus clientes habituales, con sus proveedores o con el público en general. Un regalo no suele esconderse sino que se da a conocer públicamente. Es típico que algunas empresas regalen canastas de Navidad o botellas de licores.

Cuando bajo el nombre de "comisión" o "regalo" se llevan a cabo acciones que buscan vulnerar la responsabilidad moral de un funcionario del Estado o de otra empresa con el fin de obtener beneficios inmorales o ilícitos, estamos ante un soborno.

Carlos Aguirre trabaja para la Papelera Nacional. Es el encargado de ordenar papel de alta calidad para la firma. Un vendedor que pertenece a O.Good Paper Quality Lmtd., desea hacer un muy buen contrato con la Papelera Nacional y le ofrece un coche cero kilómetro de 5 puertas, como regalo, si él le otorga la prioridad frente la competencia. Carlos rechaza el coche. Al día siguiente se da cuenta que Tomás Brignone, que está encargado de hacer los pedidos de papel de baja calidad para la empresa, está manejando un nuevo coche de 5 puertas.

A favor del soborno por medio del eufemismo de las "comisiones" o de otra manera, se esgrime el argumento del "derecho a la libre disposición de uno mismo". ¿Por qué no voy a poder dar de lo mío a quien quiera y como quiera? ¿por qué no voy a poder recibir una "comisión" de quien me la ofrece, si ese dinero es suyo y lo hace de forma libre y voluntaria? Si el comercio consiste en transacciones ¿por qué no incluir dentro de las transacciones la libertad del que recibe una comisión?

La extorsión, por otra parte, es el acto del individuo que, teniendo poder en la empresa o administración

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