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Grupos Prioritarios De La Constitucion Del Ecuador


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2013  •  1.833 Palabras (8 Páginas)  •  1.744 Visitas

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Grupos de atención prioritaria en la nueva Constitución

Los adultos mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, gente privada de su libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, dentro de la nueva Constitución.

Adultos mayores: el presente es ahora

Se consideran personas adultas mayores a quienes hayan cumplido o superen los 65 años de edad. El Art. 35, en el Capítulo 3, ofrece para este sector que tanto ha aportado para la sociedad, atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Para ello, el Estado garantizará (Art. 38) a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.

2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.

3. La jubilación universal.

4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.

5. Exenciones en el régimen tributario.

Mujeres embarazadas

Art. 43.- El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de

lactancia los derechos a:

1. No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo,

social y laboral.

2. La gratuidad de los servicios de salud materna.

3. La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida

durante el embarazo, parto y posparto.

4. Disponer de las facilidades necesarias para su recuperación después

del embarazo y durante el periodo de lactancia.

Conquista de los jóvenes en los espacios de poder público

Las jóvenes y los jóvenes representan la fuerza del presente y del porvenir, por ello, el Estado garantizará sus derechos (Art. 40) y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos, que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público. El Estado los reconocerá como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El Estado, también, fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.

El derecho a migrar será dignificado

Los millones de ecuatorianos que han sido expulsados del país a causa de los gobiernos de derecha y por la aplicación de políticas neoliberales, que han causado pobreza, hambre y desazón en el futuro, serán protegidos en todos sus aspectos por el Estado, pues se reconocerá el derecho a las personas a migrar y no se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria (Art. 41). El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará, entre otras, las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:

1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.

2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos.

3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.

4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.

5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.

6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.

Desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes

El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, los niños y adolescentes y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se aplicará el principio de su interés superior, y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. De esta manera, las niñas,

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