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IMPORTANCIA DE LA CLASIFICACIÓN


Enviado por   •  20 de Octubre de 2016  •  Resúmenes  •  717 Palabras (3 Páginas)  •  264 Visitas

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Al lado de la acción existe un derecho correlativo, la excepción, como una defensa al ejercicio de aquella. Las excepciones se clasifican por los propósitos que persiguen, en perentorias y dilatorias.

El nombre de excepciones dilatorias, ha hecho caer en error, de pensar que estas excepciones tienen como fin alargar el proceso en forma maliciosa, con el supuesto fin de interponer la justicia, pero no es verdad, lo que se dilata no es el juicio, sino la procedencia de las prestaciones reclamadas de la demanda.

Las excepciones perentorias, no atacan el proceso, sino el derecho en que se basa el ejercicio de la acción. Las excepciones perentorias, no aparecen anunciadas en los códigos, como aparecen las excepciones dilatorias. Se puede decir que las excepciones perentorias combaten el derecho en que se funden las presentaciones reclamadas en la demanda. Ejemplos de excepciones perentorias serian: pago, prescripción, etcétera.

IMPORTANCIA DE LA CLASIFICACIÓN

Al hablar de la importancia de la clasificación de las excepciones, vamos a referirnos concretamente a dos de las más comunes clasificaciones de excepciones, que recoge la mayoría de legislaciones, incluso la nuestra; esto es la clasificación de excepciones en dilatorias y perentorias y en reales y personales. En primer lugar, podemos señalar que es de vital importancia que separaos si estamos en presencia de una excepción dilatoria o de una excepción perentoria, porque la proposición de una y otras, así como su tramitación y resolución, tiene substanciales diferencias.

Por ejemplo, las excepciones dilatorias en general, deben de ser alegadas dentro del término señalado para la contestación de la demanda y sin contestar esta, las excepciones perentorias, en cambio, pueden ser alegadas dentro del término señalado para la contestación de la demanda y sin contestar las excepciones perentorias, en cambio, pueden ser alegadas en cualquier estado del juicio y en cualquiera de las instancias, antes de la sentencia,

Además, las excepciones dilatorias, por regla general, le deciden en juicio sumario antes de procederse adelante con el juicio principal; en cambio, las excepciones perentorias se resuelven en la misma sentencia definitiva. Entonces, el juez deberá conocer qué clase de excepciones son las que le están alegando para darlo el trámite correspondiente.

Excepciones dilatorias.

Si el texto legal las señala como dilatorias lo será. La mayor parte de las leyes procesales hacen una lista de este tipo de excepciones tomando en consideración muchas razones, incluso de política judicial. La ley les da un trámite especial y privilegiado para su conocimiento, a grado tal que en algunos casos llega a calificar a ciertas dilatorias como de previo y especial pronunciamiento, porque deben resolverse cuanto antes ya que impiden el curso ulterior del juicio. Las otras dilatorias simples permiten que el juicio siga su curso hasta el final, pero deben conocerse en el momento de sentenciar, previamente a las otras excepciones, y de ahí su carácter de dilatorias.

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