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INSTRUCTIVO DE TRABAJO EN ALTURA


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2022  •  Trabajos  •  5.708 Palabras (23 Páginas)  •  63 Visitas

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INSTRUCTIVO DE TRABAJO EN ALTURA

Departamento de Prevención de Riesgos

Revisión: 0

CONSTRUCTORA DIEZ SPA

Pág. de

 

REVISIONES

Rev

Fecha

Elaborado/Modificado

Revisado

Aprobado

1

Mayo 2022

Myrna Cayo Gálvez

Prevencionista de Obra

Monica Cardoso R.

Jefe Terreno

Ariel Agurto O.

Administrador de Obra

  1. OBJETIVO:        

Establecer un procedimiento de trabajo seguro, que permita disminuir probabilidad de lesiones y/o daños materiales, como consecuencias de la realización de trabajos y tránsito en altura física sobre 1,50 mts sobre el nivel del piso y en losa de Obra.

  1. ALCANCE:

Es aplicable en todas las obras en ejecución de Constructora Diez Spa. Incluyendo a trabajadores de las empresas Contratistas, en cuanto a que deben ser informados de los riesgos al inicio de sus labores, y cada vez que se produzca un cambio.

  1. RESPONSABILIDAD:        

Gerentes de área y/o Administradores de Obra:

  • Aprobar el procedimiento de trabajo de altura

  • Otorgar los recursos necesarios para la implementación de las medidas de control determinadas por del Depto. Prevención de Riesgos, respecto a trabajos de altura.
  • Velar por el cumplimiento del procedimiento

Jefaturas de trabajadores expuestos a trabajos en altura:

  • Es el encargado de ejecutar los trabajos, instruir al personal en relación a este Procedimiento, dejando registro por escrito, velar por la seguridad de todo su personal a cargo y exigir en terreno del fiel cumplimiento de este documento.

  • Deberá verificar que el personal involucrado cuente con la capacitación de inducción y operacional (riesgo especifico) previo al inicio de las actividades.
  • Deberá verificar que el personal que realizará la actividad cuente con los elementos de protección personal adecuado al riesgo de trabajo en altura y que se encuentren en buen estado para su uso.
  • Verificar que el trabajador cuente con aptitud física para el cargo, con examen ocupacional vigente para trabajo en altura.
  • Instruir al personal a su cargo con respecto al uso correcto del arnés de seguridad tipo paracaídas de 3 y/o 4 argollas, cabos de vida de perlón de 1,8 mts, líneas de vida ya sean horizontales y/o verticales. Así como además aquellos sistemas nuevos de anclaje para trabajos en altura (arnés con anclaje tipo retráctil, específicamente cuando los trabajadores deban ejecutar la tarea de protección perimetral losas de avance en donde no se puedan instalar una línea de vida.
  • El supervisor a cargo debe asegurarse de que haya un punto de anclaje antes de realizar un trabajo en borde expuesto a caída sobre 1,50 mts y/o plataformas de trabajo, de la cual se afianzarán la cola de seguridad del arnés de los trabajadores (nunca más de dos).
  • El supervisor debe asegurarse de que los trabajadores que estén realizando trabajo en altura por ningún motivo se desconecten del arnés y línea de vida.
  • Velar por el cumplimiento del procedimiento
  • Proporcionar las condiciones necesarias para la realización segura de los trabajos en alturas.  

Departamento de Prevención de Riesgos

  • Es el responsable de verificar que este procedimiento sea comunicado a todo el personal involucrado en la actividad, conociendo los riesgos asociados y las medidas a tomar.

  • Deberá verificar que el personal involucrado cuente con la capacitación de inducción y operacional (riesgo especifico) previo al inicio de las actividades.
  • Deberá verificar que el personal que realizará la actividad cuente con los elementos de protección personal adecuado para el trabajo con riesgos de caída.
  • Deberá asesorar al Administrador de obra y su línea de mando, en todos los temas o variables operacionales con riesgos de trabajo en alturas.
  • Debe   gestionar la realización de exámenes pre ocupacionales u ocupacionales, según corresponda.
  • Para trabajos de altura, deberá verificar la vigencia y compatibilidad con la tarea, ya sea personal de la empresa principal o Contratistas

Trabajadores:

  • Son responsables de conocer y aplicar este instructivo, dejando constancia con su firma en la capacitación recibida.

  • Deberá dejar registro en el permiso de trabajo en alturas antes de dar inicio a sus labores. (DEBE ESTAR ASOCIADO A LA INSTRUCCIÓN DEL SUPERVISOR)
  • En todo trabajo en altura, o transitando por lugares en donde exista el riesgo de caídas a más de 1,5 metros del piso, (aún cuando se encuentre en una plataforma de trabajo aparentemente firme) el trabajador debe usar permanentemente un sistema o equipo de arnés completo para el cuerpo, aprobado y certificado y debe siempre estar afianzado a un punto resistente de la estructura o edificio
  • El personal que deba efectuar labores de instalación barandas de protección en losas de avance donde no sea posible instalar una línea de vida, deberá instalar un anclaje tipo retráctil, que le permita realizar dicha tarea.
  • Es responsabilidad del trabajador informar alguna anomalía de los elementos de seguridad a su supervisor directo, antes de iniciar el trabajo y en tal caso no debe iniciar faenas nuevamente hasta asegurarse de que el equipo cumple las condiciones mínimas de seguridad o reemplazarlo si fuera necesario.
  • El trabajador debe mantener las herramientas que no se esté usando en cinturones portaherramientas o en cajas dispuestas para tal efecto, evitando la caída de objetos hacia los niveles inferiores, con el objeto de evitar su caída y eventual lesión de trabajadores que se encuentren en los niveles inferiores
  • Es responsabilidad ineludible del trabajador, informar previamente a su supervisor directo sobre las condiciones físicas en que se encuentre y que lo imposibilite o altere en el desarrollo de un trabajo en altura.
  • Está estrictamente prohibido desarrollar trabajos en altura a un trabajador que haya ingerido alcohol durante las últimas 12 horas previas a su trabajo.
  • Cumplir con las indicaciones y requerimientos que su jefatura, depto. Prevención, o comité paritario le soliciten respecto a la protección y prevención para ejecutar trabajos en altura.
  • Asistir a las capacitaciones solicitadas en el procedimiento.

Contratistas en general

  • Es obligación del contratista revisar diariamente el estado de conservación de los arneses de seguridad y retirar de las faenas aquellos sistemas que presenten condiciones inseguras como picaduras, desgaste u otros defectos, y aquéllos que hayan soportado la caída de una persona u otros factores o condiciones que disminuyen su resistencia de diseño.

  • Son los responsables del control de los riesgos asociados a las obras y/o servicios que ejecuten en la empresa Constructora Diez Spa. Deberán cumplir con todos los procedimientos, instructivos, formularios y otros, con que cuenta la Constructora Diez Spa.

Son responsables de:

  • Cumplir con programa personalizado mensual
  • Inspeccionar y dejar registros diarios de las áreas de trabajo en alturas
  • Entregar los elementos de protección personal certificados para trabajos en alturas
  • Hacer entrega de exámenes, pero ocupacionales de altura física de sus trabajadores vigentes durante el proyecto.
  • Acreditar la información de los riesgos de trabajo en alturas a sus trabajadores
  • Difusión de procedimientos específicos para las faenas de alturas

ENCARGADO DE BODEGA:

  • Solicitar al proveedor los productos de acuerdo a la ficha técnica entregada por el Dpto. de PRP, donde se indican todas las características técnicas del elemento.

  •  Exigir la certificación de calidad al proveedor como parte de las características técnicas del producto.
  • Conocer los contenidos del procedimiento, capacitar al personal que recepciones y entregue los SPDC a los trabajadores y verificar que el arnés tenga su sello de calidad.
  • Estos deben ser almacenados en lugares libres de humedad, alejados de la radiación ultravioleta, evitando el contacto con bordes cortantes, ambientes calurosos, y la presencia de agentes químicos u otras sustancias corrosivas.
  • Cuando se encuentren equipos almacenados durante un tiempo prolongado estos deben ser sometidos a una revisión de tipo periódica, con el objeto de calificar su estado, y definir si es posible usarlos.

PROVEEDOR

  • Capacitar al personal que utilice los SPDC según especificaciones técnicas.

  1. DOCUMENTOS APLICABLES:        
  • Nch 1258 Of. 97: Equipos de protección personal, para trabajos con riesgo de caídas.
  • Nch 1258 / 1 Of. 97: Equipos de protección personal, para trabajos con riesgo de caídas.
  • Nch 998 Of. 78: Requisitos generales de seguridad.
  • Ley 16.744 Art. 68
  1.  TERMINOLOGÍA:        
  1. Arnés de Cuerpo Completo: El arnés industrial de cuerpo completo o arnés de sujeción completa del cuerpo, es parte de un sistema o equipo de protección para detener la caída libre o severa de una persona, siendo su uso obligatorio para todo el personal que trabaje en altura a 1,5 m o más.
  1. Amortiguador de Impactos: Es un dispositivo diseñado para disipar la energía del impacto en caso de caídas reduciendo la fuerza máxima de suspensión y ampliando la distancia de desaceleración.
  1. Cabos de vida: Son componentes de un sistema/equipo de protección contra caídas, consistentes de una cuerda de nylon o cable de acero galvanizado instalada en forma horizontal o vertical, estirada y sujetada entre dos puntos de anclaje para otorgar movilidad al personal que trabaja en áreas elevadas.
  1. Anclaje o Punto de Anclaje: Es la parte estructural, fuente o punto seguro el cual se emplea para fijar o conectar cualquier sistema / equipo de protección contra riesgos de caída accidental, tales como líneas de vida y líneas de sujeción con dispositivo amortiguador de impactos.
  1. Anclaje retráctil: Equipo provisto de una función de bloqueo automático y un mecanismo automático de tensión y de retroceso para el elemento de amarre retráctil. Dicho elemento de amarre retráctil puede ser un cable metálico, una banda o una cuerda de fibras sintéticas. El dispositivo anti caídas retráctil puede llevar incorporado un elemento de disipación de energía, bien en el propio dispositivo anti caídas o en el elemento de amarre retráctil.
  1. Líneas de Vida: Las líneas de vida o cabos de vida, son componentes de un sistema/equipo de protección contra caídas, consistentes de una cuerda de nylon o cable de acero galvanizado instalado en forma horizontal o vertical, estirada y sujetada entre dos puntos de anclaje para otorgar movilidad al personal que trabaja en áreas elevadas.
  1. Línea de Vida Horizontal: La línea de vida horizontal se conecta entre dos puntos de anclaje por ambos extremos.
  1. Línea de Vida Vertical. - Pueden estar compuestas de una cuerda de poliéster trenzado o cable de acero galvanizado, dispuestas verticalmente para detener la caída de una persona al subir torres de acero para líneas de transmisión, postes, plantas térmicas de energía, antenas transmisoras, escalas de gato, lugares de construcción de edificios, minas y otras estructuras de altura.
  1. Distancia de Caída Libre. - Es la distancia en sentido vertical que recorre una persona en una caída libre, desde el momento que cae hasta que se activa el sistema / equipo de protección para detener la caída. En este caso, se excluye la distancia en que se produce la desaceleración.
  1.  Distancia Total de Caída Libre. - La distancia de caída libre total corresponde a la distancia del desplazamiento vertical total que recorre una persona, entre los puntos de fijación del cinturón o del arnés para el cuerpo, luego de accionado el sistema de detención de caída libre, incluyendo la elongación o alargamiento de la línea de sujeción y/o la distancia de desaceleración.
  1. Distancia de Desaceleración. - Es la distancia en sentido vertical que recorre una persona al sufrir una caída, excluyendo la extensión de la línea de vida, antes de detenerse desde el punto en el cual comienza a operar el mecanismo de desaceleración.
  1.  Fuerza de Detención. - Fuerza generada al detener el peso de prueba, que es transmitida a través de los componentes del equipo de detención de caída al anclaje o celda de carga.
  1. Andamios. - Estructura provisionales que sustenta plataforma de trabajo para operarios, materiales y herramientas en varios niveles, que se emplea en la obra de construcción, reparación y/o mantención.
  1. Escalas. - Estructuras de madera, fibra, metal trasportable y que consiste en dos largueros unidos transversalmente por barrotes o travesaños, que permitan la subida y bajada.
  1. ART.- Análisis Riesgos seguro del trabajo.
  1. Grúa Pluma con canastillo, Plataforma Colgante o Alza Hombre.- Equipo de Izaje permite elevar o bajar una persona o material.
  1. ACTIVIDADES DEL PROCEDIMIENTO:
  1. Actividades Previas:
  • Todo trabajador debe ser instruido en los riesgos trabajo en altura, el uso, inspección y colocación correcta del arnés de seguridad, cabos de vida, líneas de vida y anclaje tipo retráctil. El reentrenamiento sobre este procedimiento se deberá repetir a intervalos regulares, o cada vez que el trabajador se le entregue un tipo de sistema o equipo de protección diferente al que utiliza.
  • El arnés y los cabos de vida deberán ser inspeccionados cada mes utilizando el formulario/registro: Lista de verificación de arnés de seguridad, el cual será ejecutado por el Supervisor y El Prevencionista, según calendario del Programa Personalizado Mensual. Se deberá verificar que el arnés de seguridad cuente con el código de color definido para el periodo, el cual se ubicará colgando en el anillo del arnés y en cada cabo de vida de manera que quede visible a la persona que quiera revisarlo. Si el arnés y/o cabos de vida se encuentran defectuosos no podrá tener el seguro de uso y se entregará para su recambio.
  • Todo trabajador que realice trabajos de armado y desarme plataformas de trabajo debe ser instruido con respecto al trabajo en altura.
  • Todo trabajador que deba realizar trabajos en altura debe tener un Examen Médico Pre ocupacional u Ocupacional, que lo certifique para desarrollar este tipo de labores. Este examen, será efectuado por la ACHS, previa coordinación con el Jefe de Departamento Prevención de Riesgos de Obra.
  • Antes de realizar cualquier trabajo en altura el trabajador debe inspeccionar sus elementos de protección personal, ante cualquier defecto debe avisar a su Capataz directo inmediatamente y en tal caso no debe iniciar faenas nuevamente hasta asegurarse de que el equipo cumple las condiciones mínimas de seguridad o reemplazarlo si fuera necesario
  • Es responsabilidad ineludible del trabajador, informar previamente a su supervisor directo sobre las condiciones físicas en que se encuentre y que lo imposibilite o altere en el desarrollo de un trabajo en altura.
  • Los componentes de sistemas/equipos de protección personal contra riesgos de caídas en altura deberán, además, ser sometidos a una completa revisión mensualmente y/o según las indicaciones del fabricante de acuerdo con el tipo de sistema o equipo quedando registro de aquello, en el formulario de inspección correspondiente, y realizadas por el supervisor a cargo de los trabajadores que ejecuten trabajos en altura.
  1. Evaluación de riesgos y espacio libre de caída
  • La selección de un sistema personal para detención de caídas se deberá basar en una identificación completa de los peligros y en una evaluación del riesgo de caída en el lugar de trabajo.
  • La evaluación del lugar de trabajo deberá identificar todas las trayectorias de traslado que se espera efectúe el trabajador y todos los peligros presentes en tales trayectorias. Se deberá identificar el rango de movilidad requerido en cada zona de riesgo y tomar nota del sitio y distancia a todas las obstrucciones en los posibles recorridos de las caídas. También se deberá identificar las obstrucciones laterales contra las que se pudiera chocar en una caída pendular.
  • Para cada tipo de tarea, se deberán considerar los movimientos o desplazamientos que requiere el trabajador, y las condiciones generales del lugar de trabajo (calor, humedad, velocidad del viento, radiación UV, agentes químicos, nivel de iluminación, etc.).
  • Si la caída ocurre, deberá haber suficiente espacio debajo del trabajador para que sea detenido antes que éste golpee el piso o se encuentre con un obstáculo en la dirección de la caída. Cuando el espacio libre sea insuficiente no se deberá contemplar el uso de un sistema personal para detención de caídas en base a un estrobo amortiguador de impacto.
  • El espacio libre de caída debajo del usuario, se puede calcular de la siguiente manera:

ELC = LE+EA+ET+MS

  • Donde:

ELC = Espacio libre de caída debajo de un usuario para evitar colisiones con el piso o una estructura (m).

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