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Identificación de la fiscalía.


Enviado por   •  8 de Julio de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.471 Palabras (6 Páginas)  •  450 Visitas

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Identificación de la fiscalía.

Por esta fiscalía comparece:

Licenciada Diana Minelly Clemente Escobedo, con numero de gafete 290792 expedido por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal el acredita mi carácter de Agente del Ministerio Público, señalando como domicilio el ubicado en General Gabriel Hernández, Numero 56, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, en las oficinas de litigación que se encuentran en la planta baja del juzgado de control; y con correo electrónico debidamente registrado ante este H. Tribunal.

Licenciado Luis Javier De Lucio Gallo, con numero de gafete 150992 expedido por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal el acredita mi carácter de Agente del Ministerio Público, señalando como domicilio el ubicado en General Gabriel Hernández, Numero 56, colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, en las oficinas de litigación que se encuentran en la planta baja del juzgado de control; y con correo electrónico debidamente registrado ante este H. Tribunal.

Calificación de la legal detención

Su Señoría, con fundamento en lo señalado por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 211 fracción I, 212, 213 in fine, del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente, esta representación social, solicita sea calificada de Legal la detención realizada al señor Jaime Oliver Barón Núñez, esto por su presunta responsabilidad penal en el hecho delictuoso de VIOLACION y LESIONES (EN SEGUNDO GRADO,[art 130frac 2ª] ) cometido en agravio de Norma Patricia Bolaños Fragoso, hechos previstos por los artículos 130 fracción II en relación con el articulo 134 y 138 fracción “primera” inciso e) y fracción III, y del articulo174 párrafo I y II, todos ellos del Código Penal vigente en el Distrito Federal.

Detención que fue realizada por los policías remitentes dependientes de la Secretaria de Seguridad Publica del Gobierno del Distrito Federal, de nombres Juan Robles Pérez y Matías Cuevas Bravo, con número de placas 4825 y 6096 respectivamente.

Ya que en fecha 31 de julio del presente año, la victima Norma Patricia Bolaños Fragoso se encontraba al interior de su domicilio, ubicado en Calle Sadi Carnot, Numero 30, Interior D 304, en la Colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México Distrito Federal, y siendo aproximadamente las veintidós horas con 30 minutos, llega el hoy imputado Jaime Oliver Barón Núñez quien se dedica al oficio de carpintería, he de mencionarle su Señoría que la hoy victima refiere que un día antes había solicitado de los servicios de éste via telefonica, cuando llegó el señor, la hoy victima le permite el acceso y lo dirige hacia la sala, lugar donde le hace referencia del trabajo que ha realizar (sillas), el hoy imputado Jaime Oliver Barón Nuñez comienza a trabajar, la víctima se dirige hacia la cocina y al transurso de aproximadamente de treinta minutos la C. Norma Patricia Bolaños Fragoso estando distraída es atacada por el hoy imputado de forma intempestiva, siendo arrojada al piso y golpeada, que es halada hacia la sala y al ésta oponer resistencia, comienza a ser golpeada de manera brutal, al grado de que el hoy indiciado toma un palo de la pata de la silla la cual estaba arreglando y con esa misma le golpea la cabeza fuertemente, perdiendo instantáneamente el conocimiento la víctima.

Es en ese momento que el hoy imputado abusa sexualmente de la C. Norma Patricia Bolaños Fragoso, motivo por el cual se encuentra acreditado el cuerpo del delito de violación, cometido en agravio de la víctima y en contra del HOY imputado Jaime Oliver Barón Núñez.

Es por esto su Señoría que el día 1° del mes de Agosto, a las cero horas con veinticinco minutos, es puesto a disposición del C. Agente del Ministerio Publico el hoy imputado Jaime Oliver Barón Núñez Dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 párrafo cuarto de la C.P.E.U.M.,

Ya que en el momento que pretende darse a la fuga abandonando el inmueble, es detenido por los elementos de Seguridad Publica, ya referidos.

Reunidos los elementos, fundados y motivados los hechos y acreditada la flagrancia, esta fiscalía solicita que bajo esta temática, tenga a bien, Usía a calificar de legal detención virtual del hoy imputado Jaime Oliver Barón Nuñez, por ser ajustada a derecho.

Es cuanto su Señoria.

Formulación de la Imputación.

Señor Jaime Oliver Barón Núñez, hago de su conocimiento que esta fiscalía le sigue una investigación por su probable responsabilidad de los delitos de VIOLACION tipificado en el artículo 174 del código

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