Introduccion al estudio de los fenomenos sociales.
Federico BensimonApuntes29 de Mayo de 2016
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Introducción al estudio de fenómenos sociales
El estudio de fenómenos sociales
El propósito del curso es dar algunos conocimientos y nociones básicas acerca de los problemas que plantean la sociedad y el estado en la argentina (y su interrelación). Sin embargo, debemos tener en cuenta que nuestro conocimiento sobre fenómenos como la sociedad y el estado es mucho menos completo y riguroso que el que tenemos por ejemplo, sobre fenómenos físicos, químicos o biológicos. En otras palabras, las llamadas ciencias sociales se hallan, por lo general, menos desarrolladas que las ciencias exactas y naturales (se puede decir que gran parte de estas ciencias sociales, se encuentran en estado pre-científica).
Esta etapa pre-científica, se caracteriza por la presencia de obstáculos epistemológicos que impiden la construcción progresiva y sistemática del conocimiento científico. Muchos de estos obstáculos son reflejo de creencias o valores socialmente aceptados que inhiben el conocimiento científico de los fenómenos. En otros términos, la posibilidad de conocer científicamente la sociedad en que vivimos se ve entorpecida por las ideas que, a través de un proceso de aprendizaje social, ya tenemos acerca de la sociedad.
En consecuencia, el hecho de que las ciencias sociales se hallen en el estado actual nos obliga a ser cautos en la exposición de los conocimientos acumulados. No obstante, ello no nos impide avanzar en el análisis de dichos fenómenos.
Nociones básicas
Se busca proporcionar una noción sintética pero completa con respecto a los siguientes conceptos:
- ESTADO
- NACIÓN
- GOBIERNO
- ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Las CONFUSIONES que se verifican frecuentemente obedecen a dos (2) cosas:
- En primer lugar, a una confusión de límites, derivada de la falta de delimitación precisa de los significados de conceptos como Estado, Gobierno y Administración Pública – en cuanto su alcance institucional y organizativo-.
- En segundo lugar, a la confusión que se produce en el habla diaria, donde estos términos son utilizados como sinónimos.
No existe una definición única del concepto de ESTADO, pero una definición válida podría ser: “Conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones públicas que regulan la vida de un país (con el monopolio de la fuerza armada y de la emisión de moneda)”.
Los elementos fundamentales, sin cuya existencia no se puede hablar de ESTADO, son:
- La Nación: conjunto de individuos establecidos en un territorio determinado, unidos por costumbres e intereses comunes.
- El Territorio: base física del estado; comprende al suelo, el subsuelo, el espacio aéreo y las aguas territoriales.
- Los Fines: en términos simples, el fin del estado es constituirse en un instrumento efectivo de promoción humana, social e individual.
- El Poder: facultad del estado para establecer e imponer coercitivamente y a través de los órganos pertinentes de autoridad, las normas reguladoras del orden jurídico, político y social.
- La Soberanía: aptitud exclusiva del estado en virtud de la cual procede a la autodeterminación y auto-obligación jurídicas; el límite está dado por la constitución y las leyes.
El estado, como institución social responsable de ejercer soberanía sobre el territorio y la nación, ampliando el poder para procurar la consecución de los fines que fundamentan su existencia, debe darse una ORGANIZACIÓN adecuada. Esta organización puede ser enfocada desde 2 puntos de vista:
- Por áreas: poderes (ej.: Legislativo).
- Por niveles: político, administrativo.
- Nivel político: Está constituido por el GOBIERNO. Con ello, hacemos referencia a un grupo reducido de funcionarios que se encuentran en la cima del poder político (que incluye al Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete, Ministros, Secretarios y Subsecretarios de Estado).
- Nivel Administrativo: Está constituido por la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Se trata de la actividad administrativa que realizan los órganos del Estado para satisfacer sus fines, y constituye el sistema técnico-logístico imprescindible por las decisiones de nivel político. Esta se caracteriza por la subordinación al poder gobierno de turno, por su menor grado de discrecionalidad, por la permanencia de sus componentes, y por la organización jerárquica y especializada.
ESTADO = NACION = GOBIERNO = Administración Publica [pic 1][pic 2][pic 3]
- ESTADO: hace referencia al conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado.
- NACION: comprende al conjunto de individuos establecidos en un territorio determinado, unidos por costumbres e intereses comunes.
- GOBIERNO: es el grupo reducido de funcionarios que se encuentran en la cima del poder político del Estado.
Administración Pública
Puede definirse como el “CONJUNTO ORDENADO Y SISTEMATIZADO DE INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES QUE APLICAN POLÍTICAS, NORMAS, TÉCNICAS, SISTEMAS Y PROCEDIMIENTOS A TRAVÉS DE LOS CUALES SE RACIONALIZAN LOS RECURSOS PARA PRODUCIR BIENES Y SERVICIOS QUE DEMANDA LA SOCIEDAD”.
En otras palabras, comprende al conjunto de organismos estatales que prestan servicios a los habitantes y realizan las funciones administrativas del Estado; en consecuencia, es la organización que pone en práctica las decisiones tomadas por un gobierno.
Nociones sobre la Administración publica
En general, abarca a los distintos entes y dependencias que integran el Poder Ejecutivo Nacional, los Poderes Ejecutivos Provinciales, así como las Administraciones Locales o Municipales. En consecuencia, no incluye al Poder Legislativo ni al Judicial, ni abarca a las empresas estatales ni entes privados que prestan servicios públicos. Si forman parte de este, las entidades descentralizadas y las especializadas que dependen del sector público.
La Administración Publica como ciencia
Por CIENCIA, nos referimos al conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales. En otras palabras, es el conocimiento científico que ha sido adquirido sistemáticamente a través de un proceso científico.
Ahora, ¿Puede ser considerada la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA como una CIENCIA?
- Para algunos es solo un arte elevado que con el tiempo se convirtió en una ciencia;
- Para otros es una filosofía que puede contribuir a la felicidad;
- Hay quienes la consideran un conjunto de técnicas y habilidades que debidamente aplicadas contribuyen a la eficiencia y la eficacia del gobierno;
- Los más radicales han dicho que sólo puede ser considerada una profesión.
En tal sentido, debemos tener en cuenta que: La Administración Pública es tan antigua como el gobierno, por lo que el estudio del objeto es de naturaleza histórica; y Surgió como arte, pero con la sistematización, especialización y aportes busca transformarse en ciencia.
En consecuencia, la administración pública puede ser considerada una ciencia porque:
- Tiene objeto de estudio y estudio del objeto.
- Aplica un método científico.
- Existen disciplinas que han contribuido a su desarrollo teórico, pero cuenta con un objeto de estudio que le da identidad (con aportes importantes de las ciencias Políticas y de la Administración).
- Se identifica como profesión y tiene un campo profesional para aplicar los conocimientos (el Estado).
- Se estudia en universidades y centros de investigación.
Características generales del Estado
Forma de gobierno
La Constitución Nacional establece los derechos y garantías reconocidas a todos los habitantes del país, y define los poderes del Estado, su conformación y las atribuciones que cada uno posee, estableciendo así las bases para la organización de las instituciones en que se asientan tales poderes. En ella, se declara que la forma de gobierno es: REPRESENTATIVA, REPUBLICANA Y FEDERAL
- REPRESENTATIVA: el pueblo soberano debe delegar en personas, elegidas por él, el ejercicio de las funciones de gobierno.
- REPUBLICANA: las características que hacen a la esencia de la cosa pública son:
• Elección: Todo cargo público surge del voto o sufragio.
• Responsabilidad: Todos los funcionarios son responsables civil, penal, administrativa y políticamente.
• Publicidad: Los actos de gobierno deben ser dados a conocer. • Periodicidad de las funciones: El ejercicio de los cargos públicos electivos tiene una duración limitada a cierto periodo de tiempo.
• División de Poderes: El poder del Estado se fracciona en partes equilibradas e independientes entre sí.
- FEDERAL: el poder se distribuye entre un gobierno central y distintas entidades políticas autónomas (prov.). Las provincias no pueden ser eliminadas, modificadas o divididas sin su consentimiento. Además, poseen gobiernos elegidos localmente, dictan su propia Constitución y se reservan facultades legislativas de relevancia.
Sistema de gobierno
Nuestro país ha elegido el sistema de gobierno denominado PRESIDENCIALISTA, que es aquel en el que, constituida una República, la Constitución establece una división de poderes, y el Jefe del Estado, además de ostentar la representación formal del país, es también parte activa del poder ejecutivo, como Jefe de Gobierno; a su vez, es elegido en forma directa por los votantes y no por el Congreso.
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