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LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO NACIONAL E INTERNACIONAL

Pierre CrespoEnsayo16 de Julio de 2022

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FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

MONOGRAFÍA DE COMPILACIÓN

 LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ÁMBITO NACIONAL E INTERNACIONAL 

OBJETIVO DE DESARROLLO SOSTENIBLE N.° 1:

FIN DE LA POBREZA

EL SISTEMA JURÍDICO DEL CIVIL LAW

                             I CICLO

ASIGNATURA

DOCENTES

SEC.

Introducción al derecho y ética profesional

Cristian Carlos Cáceres Sifuentes

01

Procesos de la Comunicación I

Eliana Arlin Barrantes Miranda

01

AUTORES:

Cancino Quezada, Patricia Elizabeth

Rodríguez Izarra, Christian Alexander

Arone Lorenzo, Miguel Ángel

Mejía Crespo Pierre Ray Bryan

Ponte Ampuero, Verónica

La Rosa Gonzales, Evely

LIMA, PERÚ, MAYO 2021

INDICE

INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………......        III

JUSTIFICACIÓN ……………………………………………………………………...        III

FORMULACIÓN DE LA PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN ..............................        IV

OBJETIVOS        GENERALES Y ESPECÍFICOS …………………………………….        IV

CAPÍTULO I – EL CIVIL LAW ……………………………………………………….        5

1.1 Origen ………………………………………………………………………        5

1.2 Definición ………………………………………………………………….        9

1.3 Características …………………………………………………………….        9

1.4 Países que se rigen mediante el civil law ………………………………        11

CAPITULO II – FRANCIA …………………………………………………………….        12

2.1 Modelo económico ……………………………………………………        12

2.1.1. Los treinta gloriosos y la crisis de los años 70 y 80 ………        12

2.2 Contexto económico social y político………………………………………        16

2.3 Nuevas Políticas Sociales: Del Solidarismo al Estado del Bienestar...…18

        2.3.1 Programas Asistenciales …………………………………………. 20

CAPITULO III – LA POBREZA Y EL GOBIERNO PERUANO …………………….        19

3.1 La pobreza como fenómeno local y multidimensional ………………….        19

3.2 La lucha contra la pobreza en el Perú ……………………………………        19

3.2.1 Salud y Educación ………………………………………………...        19

3.3 La pobreza del Programa Juntos ………………………………………….        19

3.4 La relación entre pobreza y derechos humanos ………………………...        19

CONCLUSIONES ……………………………………………………………………….        20

REFRENCIAS BIBLIOGRÁFICAS …………………………………………………….        21

INTRODUCCIÓN

Las fuentes del derecho, es decir, los orígenes del que emanan las normas jurídicas, se suelen graficar a través de una pirámide, acompañada del nivel de importancia. Asimismo, estas adquieren mayor o menor preponderancia en razón al sistema jurídico del país. Esto es muy importante, pues permite que los operadores de justicia construyan sus fundamentos valorando precedentes o normas, priorizando unas sobre otras o en su defecto armonizándolas.

Esto explicaría que en algunos países les otorgan más peso a ciertas fuentes del derecho que a otras, y que algunos les ponen más énfasis a las decisiones judiciales que otros. En el mundo existen dos principales sistemas jurídicos, el civil law y el common law.  

Por lo tanto, en esta monografía de compilación tomaremos como referencia el civil law y la aplicación de este en Francia, observando los resultados obtenidos en la reducción de la pobreza y en tal sentido si son factibles de replicar en el Perú o en su defecto proponer un marco adecuado a la realidad nacional que derive en el objetivo deseado que es el fin de la pobreza en el país.

JUSTIFICACIÓN

Durante los próximos años y si el modelo de crecimiento económico lo permite, el Estado peruano acentuará su acción social sobre los ciudadanos, imitando las legislaciones de países europeos y de los demás países emergentes, en las que los principios y normas que rigen los derechos de las personas con menos recursos a la seguridad social o a la salud, son capítulos incuestionables del ordenamiento jurídico.

Es entonces que este trabajo de compilación adquiere relevancia y pertinencia al permitirnos posicionarnos en dicho dialogo, entre la realidad y el derecho, para sostener que, no son las diferencias materiales, sino las dinámicas sociales y culturales las cuales deben ser el objeto primordial de las legislaciones y políticas dirigidas hacia la construcción de una sociedad peruana justa e inclusiva, donde las personas compartamos el respeto mutuo de la dignidad humana como valor central de nuestras vidas.

FORMULACIÓN DE LA PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN

¿Qué aspectos del sistema jurídico aplicado en Francia se podría replicar en el Perú para reducir la pobreza?

OBJETIVOS

Generales  

Analizar el sistema jurídico del civil law brindando un concepto marco, características básicas, una breve reseña de su origen y especificando de forma general que países lo utilizan.

Específicos

Determinar si es factible la aplicación de los marcos jurídicos, políticos y económicos del país elegido para ser replicados o en su defecto adecuarlos a la realidad del Perú con el objetivo de reducir la pobreza.

CAPÍTULO I - EL CIVIL LAW

1.1        Origen

El civil law toma como principal inspiración el derecho romano clásico, y en particular el derecho de Justiniano, se expandió y desarrolló de forma considerable a finales de la Edad Media bajo la influencia del derecho canónico. Las doctrinas del Código de Justiniano proporcionaron un modelo sofisticado para los contratos, las normas de procedimiento, el derecho de familia, los testamentos y un fuerte sistema constitucional monárquico. Según Pennigton (1996) el derecho romano fue recibido de manera diferente en distintos países. En algunos entró en vigor al por mayor por acto legislativo, es decir, se convirtió en ley positiva, mientras que en otros fue difundido en la sociedad por expertos y académicos legales cada vez más influyentes.

El derecho romano continuó sin interrupción en el Imperio bizantino hasta su caída final en el siglo XV. Sin embargo, dadas las múltiples incursiones y ocupaciones de las potencias de Europa occidental a finales del período medieval, sus leyes se implementaron ampliamente en Occidente. Fue recibido por primera vez en el Sacro Imperio Romano Germánico, en parte porque se consideraba ley imperial y porque sus estudiantes eran los únicos abogados capacitados. En Inglaterra, se enseñaba académicamente en las universidades de Oxford y Cambridge.

El derecho romano era una fuente secundaria que se aplicaba sólo cuando se comprobaba la falta de costumbres y leyes locales sobre un determinado tema.

Sin embargo, después de un tiempo, incluso el derecho local llegó a interpretarse y evaluarse principalmente sobre la base del derecho romano, ya que era una especie de tradición jurídica europea común y, por lo tanto, influía a su vez en la fuente principal del derecho.

Eventualmente, el trabajo de los llamados “glosadores” y comentaristas civiles condujo al desarrollo de un cuerpo de derecho común y escritura sobre el derecho, un lenguaje legal común y un método común de enseñanza, todo denominado jus commune, o derecho común que consolidó el derecho canónico y el derecho romano y, en cierta medida, el derecho feudal.

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