ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LA ACCESION (634 al 659 Código Civil)


Enviado por   •  6 de Agosto de 2019  •  Apuntes  •  809 Palabras (4 Páginas)  •  103 Visitas

Página 1 de 4

LA ACCESION

(634 al 659 Código Civil)

Es el modo de adquirir por el cual la propiedad de los bienes se extiende a todo lo que ellos producen, o se les une o incorpora, natural o artificialmente.

CLASES DE ACCESION

  • Discreta: Se da cuando se adquiere lo que la cosa produce
  • Continua: Cuando se adquiere lo que se junta a una cosa

La accesión discreta se clasifica en:

Accesión de frutos: es el modo de adquirir lo que la cosa produce.

Clasificación de frutos:

  1. Frutos naturales, son las producciones espontaneas de la tierra y las crías y demás productos de los animales.

Esta clase de frutos pueden encontrarse en tres estados:

  • Pendientes: mientras están adheridos a la cosa que lo produce ejemplo: las plantas arraigadas al suelo.
  • Percibidos: son los que fueron separados de la cosa que los produce ejemplo: cosechas
  • Consumidos: Los que se gastaron o enajenaron ejemplo: venta, donación.

  1. Frutos industriales: Son los elaborados por el hombre ejemplo: mantequilla, vino.
  2. Frutos Civiles: utilidades o rendimientos que se obtienen de una cosa como equivalente del uso o goce que de ella se proporciona a un tercero, los frutos civiles de dividen en:
  • Pendientes, mientras se deben.
  • Percibidos, cundo ya fueron cobrados

Los frutos civiles representan para el propietario los frutos que el habría obtenido de la cosa si la hubiera explotado personalmente.

Como se adquieren los frutos:

Los frutos de cualquier clase que sea pertenecen al dueño de la cosa que los produce por el solo hecho de su producción.

La accesión continua se clasifica en:

Accesión de Suelos:  esta clase de accesión es llamada también accesión de inmueble a inmueble.

Se clasifica en:

  • Aluvión: Aumento que recibe la ribera de un rio, del mar o lago por el lento e imperceptible retiro de las aguas.

Requisitos del aluvión: Que el retiro de las aguas sea lento, si es violento no hay aluvión. Que las aguas se hayan retirado completa y definitivamente por ellas.

  • Avulsión:  Se llama avulsión el crecimiento de un predio, no por la acción lenta e imperceptible de las aguas sino por la brusca de una avenida u otra forma natural o violenta que transporta una porción de suelo de un lugar a otro.
  • Cambio de cauce de rio: Un rio puede cambiar de dos formas diferentes: 1) cargándose a una de las riberas, dejando a la otra definitivamente en seco, y 2) cambiando enteramente de cauce
  1. Cambio de Cauce
  2. Rio que se divide en dos brazos que no vuelve a juntarse
  • Formación de nuevas islas: Se requiere de dos requisitos para esta accesión:
  1. Que la isla se forme en ríos o lagos no navegables, pero si es navegable la isla esta le pertenece al Estado
  2. Que la isla se encuentre formada de forma definitiva

Existen reglas para distinguir a quien le pertenece la Isla:

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5 Kb)   pdf (80 Kb)   docx (10 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com