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LA NÓMINA: ESTRUCTURA DEL RECIBO DE SALARIOS, DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN Y TIPOS DE COTIZACIÓN


Enviado por   •  10 de Marzo de 2021  •  Apuntes  •  1.885 Palabras (8 Páginas)  •  96 Visitas

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LA NÓMINA: ESTRUCTURA DEL RECIBO DE SALARIOS, DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN Y TIPOS DE COTIZACIÓN[pic 1]

Estructura de la Nómina:

En todo caso en el recibo de salarios deben aparecer de forma clara y diferenciada los siguientes elementos:

  • Datos de identificación de la empresa:

Nombre o razón social de la misma, domicilio de la empresa o centro de trabajo, cuando éste no coincida con el de la empresa, Código de Identificación Fiscal (CIF), el código de cuenta de cotización.

  • Datos de identificación del trabajador contratado:

Nombre y apellidos, Numero de Identificación Fiscal (NIF), número en el Libro de Matrícula de la empresa (desde el año 2002 no es obligatorio), número de afiliación a la Seguridad Social, puesto de trabajo que ocupa el trabajador, la categoría profesional y el grupo de cotización al que pertenece.

  • Período de Liquidación:

Recoge los días trabajados del mes al que corresponde la liquidación, incluyendo los festivos. Si el trabajador pertenece a un grupo de cotización de retribución mensual (grupos del 1 al 7), siempre el total de días será 30, aunque el mes sea de 28, 29 o 31 días.

  • Devengos: (todo lo que el empresario paga al trabajador)

Cantidades que percibe el trabajador durante el período de liquidación de la nómina. Dentro de los devengos se incluyen dos apartados bien diferenciados:

  1. Las Percepciones Salariales, que retribuyen el trabajo efectivo del trabajador. Se distinguen entre
  • Salario base y complementos salariales. (Cotizan a la SS).

                2. Las percepciones no salariales, cantidades percibidas por el trabajador si se                         producen determinadas circunstancias, pero sin que guarden una relación directa con                 el trabajo efectivo realizado, compensan los gastos que tiene el trabajador en función                 del trabajo.

                (Algunas cotizan a la SS y otras no c0tizan a la SS)

  1. Las Percepciones No Salariales, son las cantidades percibidas por el trabajador si se producen determinadas circunstancias, pero sin que guarden una relación directa con el trabajo efectivo realizado, compensan los gastos que tiene el trabajador en función del trabajo.

La importancia práctica de esta distinción entre percepciones de carácter salarial y las de carácter no salarial radica en el hecho de que mientras las percepciones de carácter salarial cotizan a la Seguridad Social no sucede lo mismo con las de carácter no salarial, algunas cotizan a la seguridad social , y otras no cotizan.

 En el cuadro siguiente tenéis todas las percepciones no salariales y cuáles cotizan y en qué cuantía y cuáles no cotizan.

Complementos no salariales o extrasalariales

Plus de transporte y plus de distancia

Cotizan ambos por su totalidad

Locomoción o kilometraje

NO Cotizan según factura: total del importe

No Cotizan: 0,19 €/km

Dietas (cuando se produzcan en municipio distinto de la empresa o del trabajador)

Estancia (dormir en hotel): No cotizan los importes que se justifiquen

Manutención(comer):

Máximo 53,34 €/día (si pernocta), por debajo de este máximo no cotiza, por encima de esa cantidad  si que cotiza

Máximo 26,67 €/día (no pernocta) por debajo de este máximo no cotiza, por encima si que cotiza

Indemnizaciones por despidos

Cotiza el exceso de la cantidad legal que

fije el Estatuto por despido improcedente

Indemnizaciones        por        traslados, fallecimientos y suspensiones

Cotiza el exceso de la cantidad que fije el convenio y que entregue voluntariamente la empresa

Prestaciones seguridad social

El importe que abone la seguridad social o la mutua no cotiza, pero sí las mejoras voluntarias de la empresa, distintas a la incapacidad temporal, como son las

aportaciones a planes de pensiones

Las   mejoras   y   asignaciones asistenciales

concedidas        voluntariamente        por        las

empresas

Solo se mantiene exento de cotizar los gastos        de        estudios        del        trabajador        o

asimilado

Finalmente, el Total Devengado es la suma de todas las percepciones del trabajador, tanto de las percepciones salariales, como las no salariales.[pic 2][pic 3][pic 4]

  • Deducciones (todo lo que el empresario le quita al trabajador  una parte por SS   y otra hacienda (IRPF)

Cantidades que se restan al total devengado por el trabajador. Las deducciones más importantes de la nómina son:

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