ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LA ORALIDAD EN EL DERECHO COLOMBIANO


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  477 Palabras (2 Páginas)  •  284 Visitas

Página 1 de 2

La instauración de la oralidad en el proceso judicial colombiano, por ahora se vislumbra como una alternativa encaminada a solucionar los problemas de acceso, congestión, ineficacia e impunidad de la justicia en el país.

Hoy los estrados judiciales se encuentran atiborrados de expedientes y consecuentemente nuestra justicia es tardía, por falta de operadores jurídicos, una logística apropiada y un presupuesto acorde.

La oralidad sinónimo de inmediación, celeridad y concentración del proceso, hace parte en la actualidad de los sistemas: penal, laboral y disciplinario del abogado, a la vez que se avanza en proyectos que buscan alcanzar las demás ramas del derecho como el civil y el contencioso administrativo.

El juicio oral y público permite la actuación efectiva de los intereses individuales y sociales que el proceso debe tutelar, asegurando de paso una justicia más eficaz, expedita y sobretodo que afiance los sentimientos de confianza de los colombianos.

El procedimiento oral, hasta hoy instaurado en el País, resulta garantista, asegura en máximo grado la inmediación, es decir, un contacto directo y simultáneo de los sujetos procesales con los medios de prueba en que debe basarse la discusión plena de las partes y la decisión definitiva del juzgador.

La oralidad es el camino a la corrección de los errores de procedimiento de las acciones y los errores de aplicación del Derecho, la cultura jurídica no inventa la oralidad la retoma de las anteriores décadas, que ya venían siendo aplicado el sistema mixto

Hay que reconocer que la implementación oral dentro del sistema procesal tiene como elemento importante el dinamismo de la prueba tanto en su práctica como en su presentación

Se pretende que al pasar de un sistema escrito a uno de carácter oral, cambie sustancialmente la fase externa del proceso, dándole vida nueva y poniéndolo en directo contacto con la realidad, por ejemplo el principio de la inmediación de la prueba, en cuya virtud aquélla debe ser directamente recibida por el juez, toda vez que la palabra es la manifestación natural y originaria del pensamiento humano. Es la forma racional de descubrir la verdad, base de la justicia.

La oralidad o la escritura, no son rasgos característicos absolutos de ninguna época o modelo jurídico de sociedad (no son verdaderos principios, ni siquiera reglas técnicas absolutas). La oralidad y la escritura son maneras distintas de abordar una de la problemáticas del proceso, prevaleciendo una u otro en los últimos siglos, ya se trate de una u otra etapa del proceso, de una u otra rama del derecho, ya de uno u otro criterio doctrinal dominante (mera ideología), o según los medios y recursos de que se disponga.

No existe, ni puede existir, procedimiento totalmente oral. La oralidad absoluta resultaría inviable para la seguridad jurídica que se procura dentro y fuera del proceso, hay

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com