LEGISLACIÓN SOBRE TRANSPARENCIA EN LATINOAMÉRICA E INDICADORES DE MEDICIÓN DE SU CUMPLIMIENTO
Ladyalca97Ensayo8 de Junio de 2019
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LEGISLACIÓN SOBRE TRANSPARENCIA EN LATINOAMÉRICA E INDICADORES DE MEDICIÓN DE SU CUMPLIMIENTO
Ing. Claudia Zambrano Yépez Lady Alcívar Casquete
Docente Estudiante
Introducción
La Transparencia es un principio de administración pública cuya premisa es la publicidad de sus actos, donde toda persona posee la capacidad de solicitar y recibir información generadas por instituciones públicas y demás entidades de manera adecuada. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, garantiza y norma el ejercicio del derecho fundamental de las personas para la información. (Manrique, 2015).
Mediante esa perspectiva, de acuerdo a Villoria (2016), la transparencia puede ser definida como el flujo incremental de información acertada y confiable de carácter económico, social y político, accesible a todos los actores relevantes, siendo la información, que en el ámbito público, debe permitir evaluar a las instituciones que aportan y forman opiniones racionales y bien sustentadas hacia los que deciden participar en cualquier decisión.
Según Democracia (2015), manifiesta que en la actualidad la mayoría de los gobiernos regionales han presentado un pedido de facultades legislativas, las cuales contienen algunos aspectos que serían evaluados por sus respectivos mandatarios, uno de esos aspectos tiene que ver con la creación de una autoridad nacional y especializada de transparencia y acceso a la información pública. Los poderes legislativos son las instituciones donde se practica la democracia, los congresos, parlamentos o asambleas nacionales atraviesan por una crisis de confianza de parte de la ciudadanía, al exponer en cuestión su legalidad como poder relevante en la constitución del Estado de Derecho y del desarrollo pleno de las democracias.
En presente ensayo, se hará énfasis del uso, cumplimiento, indicadores de medición de la vigente legislación (LTAIP) en los países latinoamericanos.
Desarrollo
Se ha definido la transparencia en la gestión pública como la posibilidad de que la ciudadanía pueda acceder a cualquier tipo de información, en cualquier soporte, generada por las entidades en el cumplimiento de sus funciones. (Chornet, 2016).
Según Vega Lara (2016), a la transparencia se la denomina también como la rendición de cuentas como mecanismo de control que permite a los ciudadanos y ciudadanas informarse acerca de la gestión de sus autoridades regionales y locales. Es un deber del Estado la rendición de cuentas que se desarrollen a través de un diálogo, en el cual las autoridades y funcionarios tienen la obligación de informar a la población sobre la gestión realizada, es decir, respecto a sus cometidos y sus resultados, ya que esos ayudan a los Órganos de Control a realizar su función en la lucha de anticorrupción, sí mismo a la propia institución logrando mejorar la calidad de su funcionamiento, y aún más importante porque la ciudadanía en general necesita de información para ejercer sus derechos.
La responsabilidad y la rendición de cuentas se han definido como uno de los elementos básicos del buen gobierno en las sociedades democráticas, que permite a los gestores de la administración, ser evaluados a partir de sus decisiones y acciones, para así prevenir el mal uso del poder y otras formas de comportamientos inapropiados. (Moreno-Sardà, 2017)
Una de las primeras naciones que promulgó leyes prometiendo acceso público a la información oficial, fue el reino de Suecia en 1976, sin embargo, no fue hasta el siglo XX que otros países comenzaron a seguir su ejemplo. Por su parte, Estados Unidos adoptó su Ley de Libertad de Información en 1966, Canadá aprobó una Ley de Acceso a la Información en 1983, y Colombia hizo lo mismo dos años después, en 1985, convirtiéndose en el primer país latinoamericano con un estatuto reconociendo este principio como derecho de sus ciudadanos. Siendo América del Norte uno de los primeros en implementar estos sistemas, las democracias latinoamericanas que siguieron a partir del año 2000 introdujeron mejoras importantes a los modelos legales ofrecidos por Canadá y los Estados Unidos. (Manrique, 2015)
De acuerdo a la plataforma de información Knight Center (2018) más de 100 países del mundo poseen en su legislación nacional una ley que permite el acceso a la información pública. América Latina es la región con países en vías de desarrollo que más ha avanzado en este aspecto, incluso superando ciertas características de las leyes de países de la Unión Europea.
Las regulaciones de estas regiones, nacen el 29 de mayo de 1917, donde John Fitzgerald Kennedy, quien en un importante discurso a favor de la libertad de información mencionó: “La propia palabra “secretismo” es repugnante dentro de una sociedad libre y abierta; y nosotros, como pueblo, nos oponemos inherente e históricamente a las sociedades secretas, los juramentos secretos y los procedimientos secretos”. Es por esta razón, que en su artículo 19, la Declaración Universal de Derechos Humanos, reconoce al acceso a la información como un derecho de toda mujer y hombre en este planeta.
Según La UNESCO (2017), las leyes que hoy en día garantizan el acceso a la información en países como México, Chile, Brasil y Uruguay eran más detalladas y de mayor alcance, con nuevos sistemas informativos digitales y aplicabilidad legal a todos los niveles de gobierno, tanto nacionales como locales. Casi todos los países latinoamericanos tienen leyes que garantizan el acceso a la información oficial, a excepción de Bolivia, Costa Rica, Cuba y Venezuela.
Estas leyes por su parte, han avanzado más en este campo que en cualquier otra región. Sin embargo, Freedominfo (2016), menciona que estos mecanismos podrían ser mejorados por lo que se recomienda mayor apoyo técnico a nivel regional e internacional para asegurar que todos los países del hemisferio puedan implementar regímenes de acceso a la información.
En el 2015, los Estados Miembros de las Naciones Unidas adoptaron por unanimidad los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que incluyen la promesa de “garantizar el acceso público a la información”. De acuerdo a la ODS la aspiración es alcanzar el cumplimiento universal antes de 2030. (UNESCO, 2017). El texto oficial del ODS16.10, aprobado por unanimidad por la Asamblea General en septiembre de 2015, menciona que:
“Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con la legislación nacional y los acuerdos internacionales.”
Bajo esta referencia, el Indicador general de transparencia y acceso a la información actual es el siguiente:
Indicador 16.10.2, para medir el cumplimiento del “acceso a la información”
“Número de países que adoptan y aplican garantías constitucionales, estatutarias y/o políticas para el acceso del público a la información”
Dicho indicador a cargo de la UNESCO y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, OHCHR.
Para la medición de estos indicadores, existe un modelo general para cada país denominado: Medición Internacional de Transparencia Para la “Red de Transparencia y Acceso a La Información Pública” (RTA) creada en el 2011 y consensuada por Brasilia en el 2014; cuenta con un total de 19 instituciones miembros pertenecientes a 12 países latinoamericanos. La RTA actualmente promueve actividades de cooperación entre países, a través de cinco grupos de trabajo temáticos: archivos, capacitación y trasmisión, indicadores, jurisprudencia y criterios administrativos, y transparencia proactiva y datos abiertos (RTA, 2019).
En este modelo se expone la medición completa considerando las dimensiones, sub-dimensiones y los enunciados respectivos; por otra parte se exponen los resultados generales, considerando una media regional que permite ver la situación de cada país tanto a nivel de dimensiones como los índices generales que fueron desarrollados en una versión ponderada.
Se reconoció la existencia de tres dimensiones en el modelo:
Dimensión 1. Recursos: indicadores que miden el reconocimiento, dentro de la subdimensión uno; y la garantía del derecho de acceso a la información, dentro de la subdimensión dos.
Dimensión 2. Procesos: indicadores referidos al nivel de inclusión y desempeño de funciones garantes, dentro de la subdimensión uno; promotoras, dentro de la subdimensión dos; y la instalación de capacidades básicas en los sujetos obligados, dentro de la subdimensión tres.
Dimensión 3. Resultados: indicadores de calibran resultados en la implementación de las políticas de transparencia y derecho de acceso a la información. Esta última no fue objeto de medición.
Existe una dimensión adicional que presenta dificultad, dado a que ningún dado que ningún país realiza este tipo de medición:
Dimensión 4. Impacto: indicadores de derecho de acceso a la información como “derecho llave”, dentro de la subdimensión uno; derecho de acceso a la información centrada en la gestión pública, dentro de la subdimensión dos; y derecho de acceso a la información y sistema público, dentro de la subdimensión tres.
Las primeras mediciones dentro de Recursos y Procesos, se realizaron en once países: Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Perú, y Uruguay. La síntesis aplicada en estos países manifiesta: alto nivel de reconocimiento del derecho y la garantía del mismo; niveles medios de la función garante; déficit en la función promotora; escaso nivel de instalación de capacidades de los sujetos para cumplir con la ley (RTA, 2019).
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