La Fundación Dónde Estás?
lilianaliagaTarea30 de Marzo de 2019
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- (Denominación, domicilio y forma jurídica).
1) La Fundación Dónde Estás? Bolivia fundación sin ánimo de lucro, fundada el 7 De septiembre del año dos mil dieciocho en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, de carácter estrictamente solidario se encargara de ayudar al reencuentro de personas afectadas por la desaparición, de un ser querido, por razones distintas al secuestro y trata de personas con autonomía patrimonial, administrativa, técnica, jurídica y financiera y que no desarrolla actividades políticas ni religiosas, al amparo de lo previsto en la Ley Boliviana para Asociaciones, Fundaciones, Fraternidades y Sociedades Civiles.
2) La Fundación Dónde Estás? Bolivia tendrá duración indefinida, pudiendo disolverse únicamente por las causales contempladas en el presente Estatuto Orgánico, en el Reglamento Interno y de conformidad a las causales previstas por el artículo 64 del Código Civil y demás disposiciones legales vigentes del departamento de Santa Cruz y del Estado Plurinacional de Bolivia referidas a las fundaciones.
3) Por razones de coordinación, control y acceso geográfico, la Fundación Dónde Estás? Bolivia establece como sede jurídica y domicilio legal el ubicado en la calle Libertad, Nro. 899 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2.- (Principios de gobernanza, Neutralidad y lucha contra la discriminación).
1) La Junta Directiva tendrá libertad plena para determinar las actividades de la Fundación tendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que, a juicio de la Junta y dentro del cumplimiento de sus fines, sean los más adecuados o convenientes en cada momento.
2) La Fundación Dónde Estás? Bolivia, es neutral ante cualquier forma de actividad político partidaria, así como creencias o actividades religiosas de cualquier índole.
3) La discriminación de cualquier tipo contra un país, un individuo o un grupo de personas por cuestiones de etnicidad, color de piel, origen étnico, nacional o social, sexo, discapacidad, lengua, religión, posicionamiento político o de cualquier otra índole, poder adquisitivo, lugar de nacimiento o procedencia, orientación sexual o cualquier otra razón está terminantemente prohibida y es sancionable con suspensión y expulsión o imposición de medidas disciplinarias.
4) La Fundación Dónde Estás? Bolivia tiene el firme compromiso de respetar los derechos humanos reconocidos por la comunidad internacional y realizará todos sus esfuerzos por garantizar el respeto de estos derechos.
Artículo 3.- (Fomento de relaciones amistosas).
1) La Fundación Dónde Estás? Bolivia fomentará las relaciones amistosas entre sus similares, dentro el ámbito nacional e internacional con quienes se mantiene estrecha relación de colaboración y en la sociedad con fines humanitarios.
CAPITULO III
NATURALEZA Y CARÁCTER NO LUCRATIVO
Artículo 4.- (Régimen). La Fundación funciona bajo la estructura orgánica y funcional de una asociación civil sin fines de lucro, amparada por el presente Estatuto y su Reglamento interno, así como por la Constitución Política del Estado, el Código Civil y demás normas legales departamentales y nacionales vigentes en la materia.
Articulo 5.- (Naturaleza y carácter no lucrativo). Debido a la naturaleza y carácter no lucrativo de la Fundación Dónde Estás? Bolivia, los ingresos que obtiene, de donaciones, aportes, o cualquier otro, no son susceptibles de distribución ni directa ni indirectamente y quedan consolidados en su patrimonio para el logro de sus fines establecidos en el artículo 12 del presente Estatuto orgánico.
Artículo 6.- (Limitaciones). El presente Estatuto regula la organización y funcionamiento de la Fundación y se lo aplica en lo que corresponda a las relaciones con personas colectivas e individuales, instituciones públicas y privadas, entidades nacionales e internacionales en los diferentes niveles de relación que establezca.
CAPÍTULO IV
DE LOS FINES Y ACTIVIDADES
Artículo 7.- (Fines). Ayudar a toda persona afectada por la desaparición de un ser querido perteneciente a su Familia, o que por razones afectivas quiera volver a encontrar su núcleo familiar biológico, recibirá apoyo investigativo para iniciar la búsqueda y el reencuentro anhelado con familiares o allegados.
Igualmente ayudamos a todo extranjero que busca familiares perdidos en el territorio boliviano, por razones distintas al secuestro y trata de personas. Iniciamos actividades como grupo en redes sociales Dónde se lograron resultados satisfactorios dentro del territorio nacional y extranjero de la mano de grupos similares en los países de Argentina, Chile, Uruguay logrando ubicar y abrazar a individuos con sus familias.
Para tal efecto la organización cumplirá dichos fines a través de la gestión de los propios recursos, mediante concesión de ayudas económicas, por el patrocinio voluntario de personas particulares, de empresas o de diferentes instituciones.
Artículo 8.- (Actividades). Para el logro de los fines descritos en el artículo anterior, la Fundación Dónde Estás? Bolivia realizará las siguientes actividades:
a) Respetar el Estatuto Orgánico de la Fundación
b) Asignar cada caso a personas responsables y comprometidas con la causa.
c) Obtener una corta reseña biográfica, anecdótica o familiar del desaparecido, datos y señas personales y todo lo que pueda aportar la persona que inicia la búsqueda que pueda llevarnos a conseguir nuestro fin.
d) Iniciar la actividad con los motores de búsqueda informáticos y otros métodos con los que cuenta la Fundación.
e) Al momento de lograr el fin cometido de encontrar a la persona concretar una cita o llamada telefónica según se den las posibilidades, para exponer el caso e informarle que es motivo de búsqueda a solicitud de otra persona.
f) Si el hallado acceda al recuentro, se comunicará al solicitante y se intercambiará direcciones, teléfonos o cualquier otro que el caso en particular ayude a la interacción apuntando por un rencuentro en persona a la brevedad posible.
g) Si el hallado manifestara la negativa a contactarse con la otra persona, se procederá a informar al solicitante y se cerrará el caso.
h) En casos de tratarse de una persona hallada en indigencia, o cualquier otro tipo de vulnerabilidad se procederá a comunicar inmediatamente a los familiares, si este fuera un extranjero se acudirá al Consulado correspondiente. Se buscará un albergue provisional si fuera necesario. Se llevará seguimiento del caso hasta que el solicitante pueda tomar control de la situación.
i) En casos especiales de fallecimiento de la persona buscada se contactará a los familiares más cercanos y se procederá de acuerdo la respuesta que se obtenga de su parte.
j) En otras situaciones no contempladas en los estatutos se procederá de acuerdo a lo aprobado en una reunión de Junta para el caso en particular.
k) Supervisar las búsquedas y hacer el seguimiento respectivo a los informes es proporcionados por los asignados a los casos.
CAPÍTULO V
MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA
ART.9 .- ( Cantidad de miembros de la Junta Directiva)
La Fundación está regida por una Junta Directiva compuesta por un mínimo de cinco miembros y un máximo de siete. La Junta Directiva es el órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación que ejecutará las funciones que le correspondan, con sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico y en los presentes Estatutos.
La Junta Directiva podrá nombrar y cesar Miembros de Honor. Estos podrán participar con voz pero sin voto en las reuniones de la Junta.
Artículo 10.- (Cesación o Vacancia de miembros). Los Miembros de La Junta cesarán en su cargo por muerte o declaración de fallecimiento, así como por extinción de la personalidad jurídica; por renuncia comunicada con las debidas formalidades; por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley; por manifiesto desinterés por parte de un miembro directivo respecto a los asuntos de la Fundación y su falta de asistencia de forma injustificada a tres reuniones de La Junta; por cese en el cargo por razón del cual fueron nombrados miembros de la Junta; por resolución judicial; por el transcurso del periodo de su mandato. En todo caso, la Junta funcionará con el resto de sus miembros directivos siempre que su número sea igual o superior a cinco hasta nueva reelección.
Producida una vacante, en el plazo máximo de dos meses, La Junta Directiva designará una persona para ocupar la misma, teniendo su cargo igual duración que la que restaba por cumplir al directivo cuyo cargo quedó vacante. La renuncia será efectiva desde que se notifique en Asamblea y deberá hacerse en la forma prevista para la aceptación del cargo de directivo.
Artículo 11.- (Admisión, suspensión y expulsión).
1) La admisión de miembros se concederá solo si el solicitante cumple los requisitos previstos en el presente Estatuto Orgánico y el Reglamento Interno.
2) La pérdida de la calidad de miembro no exime a este de sus obligaciones financieras hacia la Fundación Dónde Estás? Bolivia u otros miembros de la misma, pero conlleva la anulación de todos los derechos vinculados a la Fundación Dónde Estás? Bolivia.
3) Solo la asamblea decidirá la admisión, la suspensión o la expulsión
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