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La Ley Del Servicio Civil-Servir 30057

charitomercadoInforme18 de Octubre de 2013

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LA LEY DEL SERVICIO CIVIL-SERVIR 30057

La Ley del Servicio Civil aprobada por el Congreso de la República el día 02 de julio es una de las reformas más ambiciosas y esperadas de los últimos 20 años porque actualmente los sueldos están congelados y las carreras estancadas. Por ello, la reforma del servicio civil es clave para lograr un mejor servicio público al:

• Introducir la Meritocracia para elevar la calidad de los servicios que el Estado brinda a los ciudadanos.

• Mejorar los ingresos de la mayoría de los servidores públicos e incentivar su crecimiento personal y profesional en la administración pública.

La Ley del Servicio Civil, iniciativa del Poder Ejecutivo y que fue promulgada el pasado jueves en medio de violentas protestas en el país, busca sentar las bases para lograr un mayor desempeño de los trabajadores del sector público, a través de capacitaciones, meritocracia y el respeto a los derechos laborales, señaló la Presidencia del Consejo de Ministros en un comunicado.

Según la PCM, organismo presidido por Juan Jiménez Mayor, esta nueva ley permitirá que las instituciones del Estado obtengan mayores niveles de eficacia y eficiencia, lo que traerá, en consecuencia, un mejor servicio a los ciudadanos. Así como establecer un régimen único y exclusivo para los trabajadores del Estado.

A continuación, los beneficios y alcances de la Ley del Servicio Civil, según el gobierno.

INCORPORACIÓN VOLUNTARIA

La incorporación al nuevo régimen del servicio civil es voluntaria y los concursos para trasladarse a este sistema no requieren de la renuncia previa al régimen de los Decretos Legislativos 276, 728 y 1057, señala la PCM.

Con respecto a la aplicación de la meritocracia, esta será tanto para el ingreso al nuevo régimen, como para el ascenso y la permanencia, con el fin de contar con las personas más idóneas para el puesto, garantizando la igualdad en el acceso a la función pública.

Asimismo, se profesionalizará a los servidores a través de la evaluación constante, la capacitación y el cumplimiento de metas. Precisó que los resultados de la capacitación que reciban y su aprovechamiento a favor de la institución deben contar con un método de medición.

EVALUACIONES

Las evaluaciones de desempeño permitirán capacitar a aquellos trabajadores que salgan mal, así como mejorar los ingresos y lograr ascensos de aquellos que salgan bien evaluados, sostuvo la PCM.

La evaluación es obligatoria, integral, sistemática y continúa, y estará sujeta a reglas como:

 Los factores a medir como desempeño deben estar relacionados con las funciones del puesto.

 Se deben realizar en función a factores o metas mensurables y verificables.

 El servidor debe conocer por anticipado los procedimientos, factores o metas con los que es evaluado.

 Se realiza con una periodicidad anual.

 El servidor que no participe por motivos atribuibles a su exclusiva responsabilidad será calificado como personal desaprobado.

ESTABILIDAD Y CTS

Por otro lado, la norma permite que los servidores CAS, y todos aquellos que ingresen al nuevo régimen, cuenten con estabilidad laboral y con un mejor horizonte laboral.

También mantiene el cálculo de la CTS sobre el ciento por ciento de la valorización principal y ajustada, pagada al servidor civil cada mes durante los últimos 36 meses de trabajo, por cada año de servicios efectivamente prestados.

PERIODO DE PRUEBA

Respecto al periodo de prueba para los miembros de este régimen laboral, se aplicará sólo a los nuevos trabajadores y no a quienes formen parte de los regímenes de los decretos 276 y 728 y del Contrato Administrativo de Servicios (CAS).

Asimismo, incluye la posibilidad de solicitar un adelanto de la edad

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