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La Ley Mercantil


Enviado por   •  21 de Marzo de 2015  •  Informes  •  420 Palabras (2 Páginas)  •  199 Visitas

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Artículo 16 del Código de Comercio, impone el deber a los comerciantes a publicar su calidad mercantil. Este deber consiste en que “los comerciantes tienen la obligación de promover la apertura del establecimiento de su propiedad a través de los medios de comunicación que sean idóneos, en las plazas en que tengan su domicilio, sucursales, relaciones o corresponsales mercantiles; esta información dará a conocer el nombre del establecimiento o despacho, su ubicación y objeto; si hay persona encargada de su administración, su nombre y firma; si hay compañía, su naturaleza, la indicación del gerente, la razón social o denominación y la persona autorizada para usar una u otra, y la designación de las casas, sucursales o agencias, si las hubiere; y por último de dar parte, de la misma manera, de las modificaciones que sufra cualquier circunstancia antes mencionada.

Si por alguna razón el comerciante incumple con dicha obligación, se le sancionará de manera indirecta por lo que enmarca el artículo 320, el cual dispone que la revocación del poder del factor no produzca efecto contra un tercero, mientras no haya sido publicada.

Otra obligación fundamental es la del registro de comercio, la cual está instituida en la fracción II del artículo 16 del Código de Comercio, en el cual se señala que los comerciantes deberán inscribir en el Registro de Comercio aquellos documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios.

La Ley Mercantil (2010) refiere que “cualquier sistema de registro que se utilice, se deberá llevar debidamente encuadernado, empastado y foliado el Libro Mayor, y en el caso de las personas morales, el Libro de Actas. La encuadernación de estos libros podrá hacer dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; sin perjuicio de los requisitos especiales que señalen las leyes y reglamentos fiscales para los registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales del comerciante.”

Cuando una actividad mercantil no está regulada por ninguna norma especial, ya sea por su giro o por su campo de ejercicio, el comerciante tendrá los derechos establecidos en el Código de Comercio.

Lo anterior está fundamentando en que, como ya lo hemos mencionado en anteriores ocasiones, para ser considerado comerciante, la compra-venta de artículos debe ser habitual, ya que vender una mercancía de manera espontánea y esporádica no significa tener la calidad de comerciante.

Otro punto importante en cuanto a los derechos del comerciante es el que alude a la facultad para tener un nombre comercial propio que permita identificarlo, así como también un domicilio que facilite la realización de sus negocios mercantiles.

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