La Navegación Aérea
Arturoz0r41Tesis13 de Diciembre de 2019
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INTRODUCCION
El transporte aéreo es la modalidad de transporte más regulada en el globo terrestre. A raíz de la II Guerra Mundial, la mayoría de los países del mundo suscribieron el Convenio de Chicago en 1944 donde se sentaron las bases de las regulaciones del transporte aéreo.
Se entiende como Transporte Aéreo aquel que es capaz de realizar un traslado de pasajeros o de carga utilizando el sistema de transporte por avión, siendo una actividad que tiene como principal objetivo finalidades lucrativas y es hoy el medio más amplio y seguro para el traslado de pasajeros, carga y correo.
Cabe considerar que para hacer del transporte aéreo el medio más seguro y rápido se adoptaron los métodos y recomendaciones, establecidas en el Convenio de Chicago y sus 19 anexos creados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), acogidas por los países que la conformaron en un mutuo acuerdo para las regulaciones entre Estados.
El Convenio sobre Aviación Civil Internacional (1944), también conocido como el Convenio de Chicago tuvo por objeto actualizar las normas sobre Aviación Civil Internacional. Actualmente es el tratado normativo más importante en relación al Derecho Público Internacional Aeronáutico.
En el año 1944 con el final de la II Guerra Mundial, Estados Unidos promovió una Conferencia con el fin de actualizar los acuerdos internacionales sobre aviación civil, estancados prácticamente desde la Convención de París de 1919.
La Conferencia se celebró en Chicago del 1 de noviembre hasta el 7 de diciembre de 1944, con asistencia de delegados de 52 Estados. En ese momento la aviación civil estaba esperando el final de la guerra para su relanzamiento, se había logrado grandes avances tecnológicos en la aeronáutica, el potencial económico de Estados Unidos estaba en pleno auge, mientras que las grandes potencias europeas, la
Unión Soviética y Japón estaban totalmente endeudados con una industria aeronáutica civil prácticamente destruida.
Esto trajo un enfrentamiento con Estados Unidos con una posición económicamente muy fuerte que pretendía una política de libre mercado aéreo internacional frente al resto de los países que querían adoptar una política proteccionista para reconstruir sus industrias aeronáuticas y sus economías.
El convenio, regula de manera liberal los aspectos de navegación y tráfico aéreo, junto con el tráfico aéreo sin remuneración y el transporte aéreo oneroso quedaba al arbitrio de acuerdos bilaterales entre Estados, que serían registrados en la Organización de Aviación Civil Internacional.
Asimismo se acordó constituir un organismo permanente que continuase la tarea de 1919, llamado inicialmente Organización Provisional de Aviación Civil Internacional (OPACI), que en el año 1947 paso a denominarse Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), al ser refrendado el Convenio por los Estados miembros.
Los países que asistieron fueron: Afganistán, Austria, Bélgica, Bolivia; Brasil, Canadá, Chile, China, Checoslovaquia, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominica, Ecuador, Egipto, El Salvador, España, Estados Unidos, Etiopia, Filipinas, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Guatemala, Haití, Holanda, Honduras, India, Irak, Irán, Irlanda, Islandia, Líbano, Luxemburgo, México, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Siria, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Turquía, Venezuela y Yugoslavia.
Según la página oficial del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC):
El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil es la Autoridad Aeronáutica de la República Bolivariana de Venezuela y es un Ente de seguridad de Estado, de naturaleza técnica, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente de la Hacienda Pública Nacional, con autonomía técnica, financiera, organizativa y administrativa.
Compete al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, regular, fiscalizar y supervisar las actividades de la aeronáutica civil, lo cual comprende velar por cumplimiento de los derechos y deberes de los usuarios del servicio público de transporte aéreo, ejercer la vigilancia permanente de la seguridad operacional y protección de la aviación incluyendo los servicios a la navegación aérea, y desarrollar las políticas aerocomerciales del espacio aéreo.
El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil dentro de la estructura organizativa del mismo, cuenta con el apoyo de los Servicios de la Navegación Aérea (SNA).
La Navegación Aérea es un conjunto de técnicas y procedimientos las cuales permiten conducir eficientemente una aeronave a su lugar de destino, asegurando la integridad de los tripulantes, pasajeros y de los que están en tierra.
Los Servicios de la Navegación Aérea se desarrollan con el objetivo de garantizar la seguridad, regularidad, eficiencia y eficacia de la Navegación Aérea, compete al Poder Publico Nacional, dicho Servicio está constituido por:
- Servicio de Tránsito Aéreo (ATS).
- Servicios de Meteorología Aeronáutico (MET).
- Servicios de Telecomunicaciones Aeronáuticas (COM).
- Servicios de Información Aeronáutica (AIS).
- Servicios Aeronáuticos de Sistemas de Ayudas a la Navegación Aérea (CNS).
- Servicios de Búsqueda y Salvamento (SAR).
- Servicios de Extensión e Incendio (SEI).
Específicamente en la República Bolivariana de Venezuela los Servicios de Búsqueda y Salvamento según la Regulación Aérea Venezolana 279 (RAV279) (pag.180) tienen entre sus funciones:
La de supervisión, comunicación, coordinación, asistencia médica inicial o evacuación médica en una situación de peligro, así como sustento aéreo en situaciones de desastres naturales mediante la utilización de recursos públicos y privados, incluyendo aeronaves, buques y otras embarcaciones e instalaciones que colaboren en las operaciones.
En Venezuela este servicio de divide en tres aéreas:
- Centro de Control de Misión (MCC).
- Centro Coordinador de Salvamento (RCC).
- Centro de Operaciones Aéreas.
El Servicio de Búsqueda y Salvamento en Venezuela es un servicio que funciona las 24 horas del día, para garantizar el soporte de vida en caso de accidentes aéreos ocurridos en territorio venezolano, para ello cuenta en la actualidad con un sistema satelital de búsqueda COSPAS-SARSAT, tres (3) aeronaves de ala rotatoria tipo MI-172, seis (6) aeronaves de ala fijas tipo DIAMOND, suficiente personal capacitado y el equipo necesario para garantizar un servicio de excelencia y calidad durante las misiones.
Durante las misiones de Búsqueda y Salvamento, existen una gran cantidad de elementos, que pueden afectar el buen desempeño, tales como reducción del tiempo de respuesta en las operaciones, tiempo que es de gran valor para los posibles supervivientes en el supuesto caso de un accidente aéreo; por otra parte están las posibles complicaciones en el sitio del siniestro que puedan generar cuantiosas pérdidas, tanto material, como del recurso más valioso con el que cuenta el SAR como lo es su personal, ya que en los momentos de apremio un simple error, puede llegar a traer consecuencias incalculables, otro elemento que puede afectar tanto positiva, como negativamente son los medios de comunicación, al trasmitir información sobre el suceso, en los medios que esta información sea objetiva y veraz.
Las personas al tomar un vuelo están expuestas a cualquier accidente aéreo, cuando esto ocurre, se activan las fases de emergencia y al declararse la aeronave como perdida, entra en acción el Servicio de Búsqueda y Salvamento a través de sus oficiales SAR quienes han sido debidamente capacitados para estos tipos de eventualidades.
Cuando ocurre un accidente aéreo, con pérdidas de vida humana, se plantea entonces, la situación de la comunicación, entre los Organismos Oficiales, los familiares, los medios de comunicación, las líneas aéreas, entre otros.
Cuando pasa un accidente y se ven afectadas vidas humanas, los medios de comunicación van a querer estar al tanto de la diversas situaciones tales como: cuantas personas están involucradas, lugar del acontecimiento, causas del accidente, piloto al mando, modelo de la aeronave, aeródromo de despegue, aeródromo de destino y toda la información que puedan obtener.
Resulta claro que la comunicación es un elemento importante en las operaciones SAR y debe ser parte integrante del sistema, si los medios de comunicación no obtienen información de primera mano, intentarán obtenerla de otras fuentes y esto podría dar lugar a informaciones incorrectas engañosas que no redundarían en beneficio de nadie y que podrían provocar una inquietud innecesaria en los familiares más próximos
Dado que las operaciones SAR a menudo son públicas, es importante que la información difundida sea correcta, por lo tanto, el servicio SAR debería tener la responsabilidad de garantizar que se dé una imagen fiel de la realidad y le correspondería anticiparse e informar los hechos y así no retener la información que dé lugar a que los medios de comunicación difundan informaciones incorrectas.
La situación que se presenta, es que al ocurrir un accidente aéreo, el Servicio de Búsqueda y Salvamento, a través de la Autoridad Aeronáutica no participa en el suministro de información; llevando la batuta de la información sobre el accidente, otros organismos concurrentes en labor de rescate, como por ejemplo, Protección Civil, los Bomberos, entre otros, porque los Servicios de Búsqueda y Salvamento no cuentan con este aspecto en la Regulación Aérea Venezolana 279 (RAV279) o un manual que les instruya sobre la actuación a seguir según en el Manual Internacional de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos de Búsqueda y Salvamento (IAMSAR).
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