Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota de doce por ciento sobre salario base de cotización
Danielo borgesBiografía21 de Febrero de 2017
557 Palabras (3 Páginas)447 Visitas
Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota de
- uno por ciento sobre salario base de cotización
- doce por ciento sobre salario base de cotización
- once por ciento sobre salario base de cotización
- tres por ciento sobre salario base de cotización
Mínimo de cotizaciones para que el asegurado que quede privado de trabajo renumerado tenga derecho a recibir la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria
- un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas
- un mínimo de seis cotizaciones semanales ininterrumpidas
- un mínimo de cinco cotizaciones semanales ininterrumpidas
- un mínimo de doce cotizaciones semanales ininterrumpidas
Completa la frase:
Los trabajadores que se encuentren en estado de _______, recibirán las prestaciones médicas durante____________.
- Ebriedad- el tiempo que dure aquél
- Huelga- el tiempo que dure aquél
- Huelga-12 meses
- Vegetativo -5 dias
Los recursos necesarios para cubrir las prestaciones en dinero, las prestaciones en especie y los gastos administrativos del seguro de enfermedades y maternidad, se obtendrán:
- las cuotas de los patrones , los trabajadores y la contribución del Estado
- por parte del fondo monetario internacional
- de las cuotas de los patrones y sus descendientes
- de las cuotas de los trabajadores y del Estado, excepto los patrones.
Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el artículo 101, se requiere:
- 30 cotizaciones semanales en 12 meses anteriores, embarazo certificado ante el IMSS y no ejecute trabajo alguno mediante retribución
- 70 cotizaciones semanales en 12 meses anteriores, embarazo certificado ante el IMSS.
- 17 cotizaciones semanales en 9 meses anteriores, embarazo no certificado ante el IMSS y no ejecute trabajo alguno mediante retribución
- 4 cotizaciones semanales en 24 meses posteriores
Mínimo de cotizaciones para que familiar del asegurado o pensionado fallecido pueda percibir prestación en dinero.
- once cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento
- doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento
- diez cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento
- siete cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento
Requisitos que debe presentar el familiar del pensionado o asegurado fallecido para percibir prestaciones en dinero por enfermedad y maternidad.
- copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral
- copia de curp y facturas por combustible
- cuenta original de gastos de funeral y copias de certificado de embarazo
- acta de nacimiento, curp, ine y pedrial
Las prestaciones en dinero por enfermedades y maternidad se financiaría :
- patrones 70% trabajadores 25% y gobierno 5%
- patrones 50% trabajadores 25% y gobierno 25%
- patrones 40% trabajadores 35% y gobierno 25%
- patrones 10% trabajadores 85% y gobierno 5%
Completa el sig. enunciado
“Las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, se financiarán:
...