Ley General Colombia
kepaorbu26 de Junio de 2011
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El Congreso de Colombia,
DECRETA:
LIBRO I
lA PROTECCIÓN;INTEGRAl
TíTULO ;1
DISPOSICIONES GENERALES
CAPíTULO 1:PRINCIPIOS Y DEFINICIONES
ARTíCULO 1!!. FINALIDAD. Este Código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y
a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y
de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el
reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.
ARTíCULO 2!!. OBJETO. El presente Código tiene por objeto establecer normas sustantivas y
procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el
ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de
derechos humanos, en la Constitución Polftica y en las leyes, as( como su restablecimiento.
Dicha garanHa y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
ARTíCULO 3!!.SUJETOS TITULARES DE DERECHOS. Para todos los efectos de' esta ley son
sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo
establecido en el articulo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los
Oy los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad.
PARÁGRAFO 1°. En caso de duda sobre la mayor(a o minor(a de edad, se presumirá esta.
En caso de duda sobre la edad del niño, niña o adolescente se presumirá la edad inferior. Las
autoridades judiciales y administrativas, ordenarán la práctica de las pruebas para la
determinación de la edad, y una vez establecida, confirmarán o revocarán las medidas y
ordenarán los correctivos necesarios para la ley.
PARÁGRAFO 2°. En el caso de los pueblos ind(genas, la capacidad para el ejercicio de
derechos, se regirá por sus propios sistemas normativos, los cuales deben guardar plena
armon(a con la Constitución Polftica.
ARTíCULO 4. ÁMBITO DE APLICACiÓN. El presente código se aplica a todos los niños, las
niñas y los adolescentes nacionales o extranjeros que se encuentren en el territorio nacional, a
los nacionales que se encuentren fuera del pa(s y a aquellos con doble nacionalidad, cuando
una de ellas sea la colombiana.
ARTíCULO 5. NATURALEZA DE lAS NORMAS CONTENIDAS EN ESTE CÓDIGO. Las
normas sobre los niños, las niñas y los adolescentes, contenidas en este código, son de orden
público, de carácter irrenunciable y los principios y reglas en ellas consagrados se aplicarán de
preferencia a las disposiciones contenidas en otras leyes.
ARTíCULO 6. REGLAS DE INTERPRETACiÓN Y APLICACiÓN. Las normas contenidas en la
Constitución Polftica y en los Tratados o Convenios Internacionales de derechos humanos
ratificados por Colombia, en especial la Convención sobre los Derechos del Niño, harán parte
integral de este Código, y servirán de gura para su interpretación y aplicación. En todo caso, se
aplicará siempre la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adole~cente.
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La enunciación de los derechos y garantfas contenidos en dichas normas, no debe entenderse
como negación de otras que, siendo inherentes al niño, niña o adolescente, no figuren
expresamente en ellas.
ARTrCULO 7. PROTECCiÓN INTEGRAL. Se entiende por protección integral de los niños,
niñas y adolescentes el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantfa y cumplimiento de
los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento
inmediato en
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